El TSJ de Madrid confirma el despido improcedente de Mercadona a una trabajadora por simular una baja

La Sala de lo Social aplica el convenio colectivo de la compañía y distingue entre una justificación médica defectuosa y una simulación dolosa de enfermedad. El fallo confirma la indemnización de 1.966 euros o la readmisión.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la improcedencia del despido disciplinario de Mercadona a una trabajadora de tienda, en su sentencia 428/2026, al desestimar el recurso de suplicación interpuesto por la compañía.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso de suplicación de Mercadona y confirma, en la sentencia 428/2026, la improcedencia del despido disciplinario de una trabajadora.
  • ¿Qué base jurídica aplica? El convenio colectivo de Mercadona —faltas graves y muy graves—, en conexión con el régimen del despido disciplinario del Estatuto de los Trabajadores; el tribunal distingue entre justificación insuficiente y simulación dolosa.
  • ¿Qué impacto tiene? Mercadona debe optar entre la readmisión o una indemnización de 1.966 euros, y se consolida la exigencia de dolo acreditado para sancionar la simulación de enfermedad.

Antecedentes: la ausencia de dos días y el despido disciplinario

Con categoría de gerente A y contrato indefinido a tiempo completo desde octubre de 2023, la trabajadora no acudió a su puesto los días 8 y 9 de noviembre de 2023. El día 8 comunicó a la organizadora de su turno que se encontraba mal y no podría asistir; a las 18:00 horas escribió que le habían diagnosticado gripe y le habían prescrito dos días de reposo, y a las 18:11 llamó al call center indicando que acababa de salir de urgencias.

La empresa consideró que estas comunicaciones no encajaban entre sí y apreció un posible engaño. Al reincorporarse, el coordinador le solicitó el justificante médico y la trabajadora entregó una cita programada el 8 de octubre, un mes anterior a los hechos. Mercadona subrayó además que los días 8 y 9 de noviembre se sumaban a los descansos programados del 7 y el 10, de modo que la ausencia generaba cuatro días de libranza consecutivos.

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Sobre esa base, la compañía acordó el despido disciplinario el 29 de noviembre de 2023. La trabajadora impugnó la decisión ante el Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid, que en sentencia de 23 de marzo de 2026 estimó la demanda y declaró el despido improcedente, condenando a Mercadona a la readmición o, alternativamente, a una indemnización de 1.966 euros.

El fallo: el TSJM confirma la improcedencia del despido

TSJM

Mercadona interpuso recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, integrada por los magistrados María Aurora de la Cueva Aleu —presidenta y ponente—, María Begoña García Álvarez y María Lourdes Meléndez Morillo-Velarde. La empresa insistió en la falta de justificación de las dos ausencias y en la mala fe de la empleada, a la que atribuía la intención de fingir una enfermedad para obtener cuatro días de descanso.

El TSJM distingue de forma expresa entre una justificación insuficiente o defectuosa y una simulación dolosa de enfermedad, y niega que existan indicios de esta última.

El tribunal parte de dos reglas del convenio colectivo de Mercadona. La falta de asistencia al trabajo sin justificación suficiente constituye falta grave, sanción que no habilita por sí sola el despido disciplinario. La simulación de enfermedad, en cambio, se tipifica como falta muy grave, pero el convenio la circunscribe a los supuestos en que media una incapacidad temporal.

Conforme a esta lectura, el TSJM razona que Mercadona incurrió en una confusión de categorías jurídicas: que el justificante aportado fuese defectuoso o extemporáneo no equivale a una simulación dolosa de la enfermedad. La trabajadora, además, comunicó su situación a la empresa en varias ocasiones, lo que descarta el dolo exigible a la falta muy grave.

El fallo es desestimatorio del recurso de suplicación y confirma íntegramente la sentencia de instancia. Mercadona deberá optar entre la readmisión de la trabajadora y el abono de la indemnización de 1.966 euros fijada en la instancia. La resolución no aprecia los indicios de fraude que la empresa sostenía; las sentencias de la Sala de lo Social del TSJM se publican en el CENDOJ.

La Doctrina del Tribunal

La resolución consolida la frontera doctrinal entre la justificación insuficiente y la simulación dolosa de enfermedad, dos categorías que el convenio colectivo sanciona con distinta intensidad. El tribunal rechaza que quepa subsumir en la falta muy grave de simulación cualquier ausencia acompañada de un justificante defectuoso, aunque el relato revele para la empresa un posible engaño.

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Su base jurídica se asienta en la graduación de faltas y sanciones del propio convenio colectivo de Mercadona, en conexión con el régimen del despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y con la calificación del despido improcedente del artículo 56. El tribunal aplica un método interpretativo restrictivo: la simulación de enfermedad exige dolo acreditado y su alcance se limita a los supuestos de incapacidad temporal.

La consecuencia práctica es relevante para los litigantes de la jurisdicción social. El despido improcedente de Mercadona por esta causa no prospera cuando la empresa solo acredita una justificación defectuosa, y la carga de probar la simulación recae sobre quien la invoca. La línea casa con la doctrina del Tribunal Supremo, que exige indicios sólidos antes de calificar como fraudulenta la conducta del trabajador.

En cuanto a la proyección procesal, la sentencia de suplicación es firme en la vía ordinaria salvo la eventual preparación de un recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, dado que la materia afecta a la calificación del despido disciplinario. Persiste la cuestión de si el mismo conflicto interpretativo reaparece en los juzgados de lo social que aplican convenios con idéntica tipificación de faltas.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Despido disciplinario de una trabajadora con categoría de gerente A, impugnado ante el Juzgado de lo Social y, en suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  • Datos importantes: Sentencia 428/2026 del TSJM; despido declarado improcedente; indemnización de 1.966 euros o readmisión; aplicación del convenio colectivo de Mercadona y del régimen del despido del Estatuto de los Trabajadores; fallo por unanimidad.
  • Fecha de los juicios: Hechos los días 8 y 9 de noviembre de 2023; despido el 29 de noviembre de 2023; sentencia de instancia de 23 de marzo de 2026; sentencia 428/2026 del TSJM.
  • Personas acusadas y por qué: N/A. Se trata de un litigio laboral entre una trabajadora y su empleadora, sin acusados identificados.