La Justicia avala la limitaciĆ³n de reuniones y el registro de clientes de ocio decretados por Madrid

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nĆŗmero 8 de Madrid ha avalado las nuevas medidas decretadas por la Comunidad de Madrid para combatir el coronavirus, que pautan la limitaciĆ³n de reuniones de personas y la puesta en marcha de registros para clientes de locales de ocio nocturno y salones de fiestas.

En este sentido, estima Ā«oportunasĀ», Ā«proporcionadasĀ» y Ā«necesariasĀ» estas disposiciones aƱadidas para evitar la propagaciĆ³n de la enfermedad a la propia idiosincrasia de los actuales brotes detectados en Madrid, para agregar que aportan Ā«mĆ”s beneficioĀ» al interĆ©s general que perjuicios a otros derechos y libertades.

AsĆ­ lo pauta en un auto, tras un escrito remitido por los servicios jurĆ­dicos de la Comunidad de Madrid en el que se solicita la ratificaciĆ³n de la orden de la ConsejerĆ­a de Sanidad que introduce mĆ”s medidas preventivas ante la actual situaciĆ³n de la pandemia.

La magistrada Berta MarĆ­a GosĆ”lbez, titular del Juzgado, expone que ante la posible afectaciĆ³n a las libertades pĆŗblicas o derechos fundamentales por estas medidas, decretadas como Ā«urgentes y necesariasĀ» para la salud pĆŗblica, se recabĆ³ el Ā«oportunoĀ» informe del Ministerio Fiscal, que no se opone a dicha ratificaciĆ³n Ā«al no existir otra alternativa que cause menor afectaciĆ³n a los citados derechos.

La juez analiza el impacto de estas actuaciones en aspectos esenciales del marco constitucional como la libertad de reuniĆ³n o el derecho a la intimidad y la evoluciĆ³n epidemiolĆ³gica de la pandemia del Covid-19.

Para ello, aparte del informe del Ministerio Fiscal se aportĆ³ una DirecciĆ³n General de Salud PĆŗblica, que ponen de manifiesto de forma Ā«exhaustivaĀ» la situaciĆ³n actual, que motiva las restricciones ordenadas, al evidenciar que la tendencia decreciente en los casos de Covid-19 en la Comunidad de Madrid ha cambiado Ā«ligeramenteĀ» al pasar de 480 nuevos casos de enfermedad a mediados de julio a 1.227 en la posterior.

Los citados informes ponen, ademĆ”s, de manifiesto que Ā«se observa un patrĆ³n de enfermedad mĆ”s leve que en los meses de marzo y abril, que afecta mayoritariamente a personas mĆ”s jĆ³venes con mayor relaciĆ³n social y, como consecuencia, con un nĆŗmero mayor de contactos estrechos (la media de contactos por caso ha crecido de tres contactos a mĆ”s de 20 por caso)Ā».

Ā«A esto se suma que desde el 26 de junio en la Comunidad de Madrid se realiza toma de muestra de PCR a todos los contactos estrechos de los casos confirmados, aunque no presenten sĆ­ntomas, lo que en consecuencia supone un aumento de la detecciĆ³n de casosĀ», argumenta el auto.

La magistrada respalda las conclusiones de los informes recabados, que especifican que los brotes notificados en las Ćŗltimas semanas y Ā«su peculiar idiosincrasiaĀ», evidencia Ā«la voluntad de adoptar una actuaciĆ³n orientada a disminuir la transmisiĆ³n de la enfermedad y a conseguir la necesaria protecciĆ³n de la salud pĆŗblicaĀ», apreciĆ”ndose en principio, tanto su Ā«idoneidadĀ» –pues Ā«no parece que existan medidas menos gravosas o lesivasĀ» para la consecuciĆ³n del objeto– como su Ā«necesidad y proporcionalidadĀ», en el sentido de que Ā«razonablemente pueden reportar mĆ”s beneficios al interĆ©s general que desventajas o perjuicios a otros bienes o derechosĀ».

Ā«Atendidas las circunstancias puestas de manifiesto, compartiendo con el Ministerio Fiscal que no parece existir otra alternativa que cause menor afectaciĆ³n a los derechos fundamentales y que efectivamente , la ratificaciĆ³n judicial tiene una relevancia limitada a aquellos casos en que se manifieste explĆ­citamente o por hechos concluyentes una oposiciĆ³n a la observancia y cumplimiento voluntario de las medidas ordenadas por la Autoridad SanitariaĀ», zanja el auto que subraya tambiĆ©n que se tratan de medidas temporales y que su duraciĆ³n se mantendrĆ” hasta que el Gobierno central declare la finalizaciĆ³n de la situaciĆ³n de crisis sanitaria. Por tanto, concluye el Juzgado que resulta Ā«procedenteĀ» la ratificaciĆ³n.

El pasado 28 de julio el Ejecutivo estatal presentĆ³ estas nuevas medidas, en el marco del plan ‘Madrid no se para’, que establecĆ­an el uso obligatorio de la mascarilla al cien por cien de las situaciones y limita la asistencia en terrazas y reuniones privadas en espacios interiores y al aire libre a grupos no superiores a 10 personas.

AdemĆ”s, se decretaba para locales de ocio nocturno y terrazas el cierre a las 1.30 horas y se habilitaba un registro de entrada para anotar el nĆŗmero telefĆ³nico de contacto, nombre o direcciĆ³n de cara a facilitar el trabajo de los tĆ©cnicos de salud que buscan posibles casos.

El Gobierno regional tambiĆ©n harĆ” muestreos serolĆ³gicos selectivos en colegios y en los institutos, sobre todo a partir de 2Āŗ de Bachillerato, aunque se harĆ”n de manera Ā«periĆ³dica y masivaĀ» en los colegios de EducaciĆ³n Especial.