El TSJA confirma la condena de prisiĆ³n al autor de abusos sexuales a un menor en 2018

La SecciĆ³n de ApelaciĆ³n de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de AndalucĆ­a (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla contra Ɠscar R.B. que le condenaba a la pena de cuatro aƱos de prisiĆ³n como autor responsable de un delito de abusos sexuales a un menor de 16 aƱos, con lo que desestima asĆ­ el recurso presentado por la defensa del condenado, segĆŗn establece la sentencia facilitada por el TSJA.

En ese recurso, el condenado alegaba que la relaciĆ³n Ā«fue consentida por el menor, estando en la creencia de que se trataba de un mayor de 16 aƱosĀ». Sin embargo, el Tribunal de instancia ha contado Ā«con pruebas suficientesĀ» para el dictado de sentencia condenatoria, Ā«como lo son la declaraciĆ³n del menor en el plenario, donde manifestĆ³ haber comentado al acusado antes de la relaciĆ³n sexual consentida con el mismo, que contaba en aquella fecha con 14 aƱosĀ».

Asimismo, la sentencia destaca el informe del forense que, tras la ocurrencia de los hechos, examinĆ³ a la vĆ­ctima, Ā«indicando que su apariencia y constituciĆ³n morfolĆ³gica era inferior a su edad, con peso y talla inferior a la mediaĀ». Por Ćŗltimo, el Tribunal apreciĆ³ en el acto del juicio oral, dos aƱos despuĆ©s de los hechos, y contando ya con 16 aƱos, Ā«que aparentaba una edad inferior a la realĀ».

La alegaciĆ³n de la defensa Ā«no coincide con lo declarado por el menor, ni con las apreciaciones forenses y el TribunalĀ», por lo que Ā«ha de concluirse que no es apreciable por esta Sala sea real dicha alegaciĆ³nĀ». La propia Sala Ā«ha podido apercibirse de la imposibilidad de error alguno por parte del acusado en cuanto a la minorĆ­a de 16 aƱos de la vĆ­ctima, dado su aspecto fĆ­sicoĀ»; requisito tĆ­pico este abarcado, al menos, Ā«por el dolo eventual del autor acusadoĀ».

Los hechos tuvieron lugar el pasado dĆ­a 22 de febrero de 2018, cuando el procesado, de 32 aƱos de edad, conociĆ³ a un menor de 14 aƱos en las inmediaciones del Charco de la Pava, Ā«abandonando ambos el lugar y dirigiĆ©ndose juntos hasta el domicilio de ƓscarĀ», sin que conste que el menor Ā«accediera al interior del domicilio y mantuvieran relaciones sexuales completasĀ».

Tres dĆ­as mĆ”s tarde, el menor estuvo de nuevo en el domicilio del acusado, Ā«con el que consintiĆ³ mantener relaciones sexuales con penetraciĆ³n, abandonando el mismo cuando su madre acudiĆ³ en su bĆŗsquedaĀ». Ā«No consta que el menor permaneciera en el domicilio desde el dĆ­a 23 hasta su abandono de la vivienda el dĆ­a 25Ā».

La Audiencia de Sevilla le impuso tambiĆ©n al acusado una pena de diez aƱos de prohibiciĆ³n de aproximaciĆ³n al menor y a su domicilio de 300 metros, asĆ­ como de comunicaciĆ³n con Ć©l a travĆ©s de cualquier medio. AdemĆ”s, la sentencia establecĆ­a la inmdemnizaciĆ³n al menor con 6.000 euros por daƱos morales.