Los turistas nacionales vacunados ya no tendrĂ¡n que presentar una prueba PCR al entrar en Canarias

Los turistas nacionales que hayan recibido la vacuna contra la COVID-19 o hayan pasado la enfermedad ya no tendrĂ¡n que presentar una prueba PCR o un test de antĂ­genos para entrar en Canarias, una vez que el BoletĂ­n Oficial de Canarias (BOC) ha publicado hoy lunes la Orden del consejero de Sanidad, Blas Trujillo.

En concreto, los viajeros nacionales deberĂ¡n disponer del documento oficial acreditativo de haber recibido la pauta completa de vacunaciĂ³n contra la COVID-19 o al menos una dosis de vacuna autorizada, con una antelaciĂ³n superior a 15 dĂ­as, disponible para su descarga en www.miscs.org. Esta nueva Orden, con efecto desde el momento de la firma, el viernes 28, se publica en el BOC para general conocimiento.

La medida modifica puntualmente la disposiciĂ³n vigente desde el 10 de abril, por la que establece la realizaciĂ³n de cribados mediante PDIA a los viajeros y viajeras que entren a la Comunidad AutĂ³noma procedentes del territorio nacional, por vĂ­a aĂ©rea o marĂ­tima, para contener la propagaciĂ³n de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

Por tanto, estĂ¡n excluidos de presentar una prueba COVID-19 a la entrada en Canarias, ademĂ¡s de las personas en trĂ¡nsito en un puerto o aeropuerto canario con destino final a otro paĂ­s u otro lugar del territorio nacional, las personas que acrediten haber estado fuera de las Comunidad AutĂ³noma de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia.

TambiĂ©n los pasajeros que dispongan del documento oficial acreditativo de haber recibido la pauta completa de vacunaciĂ³n dentro de los 8 meses previos al desplazamiento, o al menos una dosis de una vacuna autorizada por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) contra la COVID-19 -en este segundo caso con mĂ¡s de 15 dĂ­as de antelaciĂ³n al desplazamientodentro de los cuatro meses previos, o que acrediten por medio de un certificado mĂ©dico oficial o documento pĂºblico, que han pasado la enfermedad hace menos de 6 meses.

CĂ“MO OBTENER LA CARTILLA.

La cartilla o documento acreditativo del Servicio Canario de la Salud de haber recibido la pauta completa o una primera dosis de vacuna contra el COVID-19 puede obtenerse accediendo a miSCS (www.miscs.org), dentro del espacio web miHistoria.

Este espacio alojarĂ¡ tambiĂ©n, cuando estĂ© disponible, el Certificado UE COVID-19 para viajar, que acredita si se estĂ¡ vacunado o si se dispone de PCR negativa o de inmunizaciĂ³n por haber pasado la enfermedad.

Se puede acceder desde la web del SCS o a travĂ©s de las apps iOS o Android. Al contener informaciĂ³n de alta seguridad requiere darse de alta en identidad digital, la cual se puede obtener mediante certificado digital o sistema Cl@ve en www.miscs.org, donde se detallan los pasos a seguir para darse de alta; o bien, mediante usuario y contraseña que facilita la unidad administrativa del centro de salud al que se estĂ© adscrito.

SUPUESTOS DE EXCLUSIĂ“N.

Por lo que respecta a los puntos 2 y 3 del apartado Cuarto de la Orden de 10 de abril permanecen vigentes en su totalidad, por lo que no se exige la presentaciĂ³n de PDIA negativa en el momento de la entrada a Canarias a aquellas personas que acrediten una reserva en un establecimiento turĂ­stico de alojamiento inscrito en el Registro General TurĂ­stico de Canarias, y estĂ©n sujetos el rĂ©gimen de control de salud pĂºblica en la admisiĂ³n a un establecimiento alojativo de acuerdo con el Decreto ley 17/2020, de 29 de octubre, de medidas extraordinarias en materia turĂ­stica para afrontar los efectos de la crisis sanitaria y econĂ³mica producida por la pandemia ocasionada por la COVID-19.

El aislamiento que deberĂ¡n mantener los pasajeros y pasajeras que no se hubieran realizado la PDIA en las 72 horas previas a la llegada no serĂ¡ aplicable cuando la urgencia del desplazamiento impida su realizaciĂ³n, en los supuestos recogidos en la Orden.