La confianza empresarial sube un 3,6% en Córdoba en el tercer trimestre de 2026

La confianza empresarial ha subido un 3,6% en Córdoba en el tercer trimestre de 2026, según los datos publicados este martes por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA). El Indicador de Confianza Empresarial Armonizado (ICEA) se sitúa en 141 puntos, frente a los 136,1 del mismo periodo de 2025.

La confianza supera la media andaluza

El dato coloca a Córdoba por encima de la media de Andalucía, que se queda en 139,2 puntos. Solo Málaga, con 152,8 puntos, y Jaén, con 141,8, registran un índice superior en la comunidad autónoma.

El avance interanual de 4,9 puntos es uno de los valores más altos alcanzados para un tercer trimestre desde el inicio de la serie histórica. Aun así, permanece por debajo de los 143,7 puntos que se alcanzaron en 2024, cuando la confianza empresarial tocó techo en la provincia.

Cautela en las expectativas del tercer trimestre

Las empresas cordobesas valoran de forma mayoritariamente positiva la marcha de sus negocios durante el segundo trimestre de 2026. El 24,1% de los establecimientos considera que su actividad fue favorable, frente a un 16,9% que la califica de desfavorable.

Sin embargo, las perspectivas para los meses de julio, agosto y septiembre son más comedidas. En Córdoba, el 19,3% de los negocios espera una evolución favorable, mientras que el 20,5% anticipa un comportamiento desfavorable. El saldo de expectativas, aunque sigue siendo negativo (-1,2 puntos), supone una mejora notable respecto al tercer trimestre de 2025, cuando se situaba en -9,1 puntos.

La confianza empresarial cordobesa mejora a mayor ritmo que la andaluza, pero la prudencia sigue marcando la toma de decisiones de los empresarios de la provincia.

Andalucía crece un 4% intertrimestral y todos los sectores mejoran

En el conjunto de Andalucía, la confianza empresarial ha avanzado un 4% respecto al trimestre anterior. El repunte es generalizado, aunque con diferencias provinciales: Almería lidera el incremento intertrimestral con un 8,9%, mientras que Granada es la única provincia que no registra mejora.

Por sectores, todos los ámbitos de actividad muestran un comportamiento positivo. Los mayores aumentos de la confianza se dan en comercio y en el grupo de transporte y hostelería, ambos con una subida del 6,7%. Este último es además el que presenta la valoración más favorable sobre el trimestre ya finalizado, con un saldo de 17,2 puntos. La industria, por su parte, se sitúa como el sector más optimista de cara al tercer trimestre, con un saldo de expectativas de 16,5 puntos.

La Lectura Andaluza

El repunte de la confianza empresarial en Córdoba se produce en un contexto andaluz de consolidación del crecimiento económico. La Junta de Andalucía, a través del IECA, publica periódicamente estos indicadores que permiten radiografiar el pulso del tejido productivo. Los datos de este tercer trimestre confirman que la provincia mantiene una senda de mejora que, aunque con cautela, se sitúa por encima de la media de la comunidad.

Para el ciudadano de a pie, estos números no son abstractos: una mayor confianza empresarial suele traducirse en más inversión, más contrataciones y, en definitiva, más empleo estable. En Córdoba, donde el sector servicios y la agroindustria tienen un peso determinante, la estabilidad de las expectativas resulta clave para la planificación del otoño y la próxima campaña agrícola.

La evolución de los próximos meses dependerá de factores como la evolución de los precios energéticos, la demanda interna y la capacidad de las administraciones para mantener un entorno favorable a la inversión. Lo que sí refleja el indicador es que el empresariado cordobés encara la segunda mitad de 2026 con más optimismo que hace un año, aunque sin perder de vista los riesgos que aún persisten.

Andalucía, por su parte, sigue mostrando un dinamismo que se apoya en la diversificación sectorial y en el tirón del turismo y la logística. Que Málaga, Jaén y Córdoba lideren el ranking de confianza empresarial es una señal de que el crecimiento no se concentra exclusivamente en el litoral, sino que también llega a las provincias del interior.

En definitiva, los 4,9 puntos de mejora interanual en el ICEA cordobés son una buena noticia que invita a un moderado optimismo. La tarea pendiente, como bien saben los empresarios consultados, es convertir esa confianza en pedidos, contratos y empleo que lleguen a todas las comarcas de la provincia.

Los vestidos blancos de Mango y Massimo Dutti caen a 30 €: la clave para no verte igual en las fotos

Mango ha vuelto a ganarle la partida al calendario. Mientras el resto de firmas todavía preparaba su segunda tanda de descuentos, la marca catalana ya tenía sus vestidos blancos de lino rebajados a menos de 30 euros, y las clientas lo han notado: la sección de rebajas se ha convertido en una de las más visitadas de la web desde finales de junio.

No es casualidad. El vestido blanco es, para muchas, el «little black dress» del verano: un comodín que resuelve una cena, una escapada de fin de semana o un simple paseo por el centro. Pero hay un matiz que las expertas en moda repiten cada temporada: sin los accesorios adecuados, puede acabar pareciendo un vestido de invitada perdida en la boda equivocada.

Por qué Mango arrasa con sus vestidos blancos en rebajas

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Los datos de ventas no engañan: entre lo más buscado en las rebajas de Mango están precisamente los conjuntos y vestidos de lino pensados para el día a día, con descuentos que llegan hasta el 50% sobre precios que originalmente rondaban los 40-60 euros. El resultado son piezas que antes costaban el doble y que ahora se pueden llevar por menos de 30 euros.

La firma ha apostado este verano por un vestido evasé de lino con detalle de pañuelo anudado a la cintura, uno de los modelos que más rápido ha volado de las tiendas físicas. Su tejido natural y transpirable lo convierte en una opción tan cómoda como favorecedora, algo que explica por qué se ha colado entre las prendas más comentadas de la temporada según varios medios de moda españoles.

El lino, el aliado silencioso del verano español

En Mango han entendido algo que la industria textil sabe desde hace milenios: pocas fibras funcionan tan bien con el calor como el lino. Esta fibra vegetal, extraída de la planta Linum usitatissimum, tiene una capacidad de absorción de humedad que ronda el 20% sin que la prenda llegue a sentirse húmeda al tacto, lo que explica esa sensación de frescor incluso en los días más calurosos.

No es un descubrimiento nuevo: el lino ha vestido a la humanidad desde el Neolítico y era, antes de la popularización del algodón, la fibra textil más importante de Europa después de la lana. Que siga siendo protagonista de las rebajas de 2026 dice mucho de su vigencia. La diferencia ahora es que se puede conseguir un vestido de esta calidad por el precio de una cena.

El truco de estilistas para no parecer invitada de boda

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Aquí está el matiz que marca la diferencia entre un look acertado y uno que grita «ceremonia religiosa a las 12». Los estilistas coinciden en que un vestido blanco liso, por muy bien cortado que esté, necesita un contrapunto de color para no quedarse en el terreno de lo protocolario.

La fórmula que más repiten las revistas de moda españolas este verano es sencilla: sandalias en tonos tierra o metalizados, un bolso de rafia o mimbre y algún accesorio de color vivo, ya sea un pañuelo, unos pendientes o unas gafas de sol. La clave está en romper la uniformidad del blanco sin sobrecargar el conjunto, dejando que la prenda respire y el accesorio hable por sí solo.

Massimo Dutti también entra en la ecuación

No solo Mango ha entendido el momento. Massimo Dutti ha llevado su propia interpretación del blanco roto a las rebajas, con vestidos de escote en la espalda y siluetas fluidas pensadas para durar más de una temporada. La firma del grupo Inditex apuesta por piezas que no dependen de una tendencia concreta, sino que funcionan año tras año como fondo de armario.

La diferencia con Mango está en el tejido y el acabado: mientras Mango tira más del lino y el algodón para un efecto desenfadado, Massimo Dutti juega con mezclas de seda y crepé que aportan un punto más elegante, ideal para quienes buscan una versión ligeramente más sofisticada del mismo blanco veraniego.

Entre las opciones que más se repiten en ambas firmas están:

  • Vestidos evasé de lino o algodón con cinturón o pañuelo a la cintura
  • Modelos con volantes y bordados calados en manga corta
  • Diseños de escote asimétrico o palabra de honor
  • Vestidos midi de tejidos fluidos con detalle drapeado en la espalda

Cómo saber si un vestido blanco te va a durar más de un verano

No todos los vestidos blancos merecen un hueco fijo en el armario. La clave, según las expertas consultadas por varios medios de moda, está en fijarse en el tejido antes que en el diseño: el lino y el algodón envejecen mejor que las mezclas sintéticas, que tienden a perder forma y transparencia tras varios lavados.

También conviene revisar el corte. Un vestido evasé o de cintura marcada suele adaptarse a más tipos de cuerpo que uno completamente recto, y eso se traduce en más años de uso real. Antes de comprar, algunas recomendaciones prácticas que marcan la diferencia:

  1. Comprueba la composición: lino o algodón al 100% aguantan mejor el paso del tiempo
  2. Prueba el vestido con luz natural, porque el blanco puede marcar transparencias
  3. Piensa en al menos tres combinaciones distintas antes de comprarlo
  4. Revisa que el precio rebajado aparezca junto al original, como recomienda la OCU

Lo que viene: el blanco no se va a ir a ningún lado

Todo apunta a que el vestido blanco seguirá siendo protagonista más allá de este verano. Las pasarelas de 2026 ya han dado pistas de que firmas como Jacquemus, Dior o Chanel han apostado fuerte por este color, y esa influencia suele acabar filtrándose, tarde o temprano, a las colecciones de las cadenas españolas.

Lo interesante es que la brecha entre lo que se ve en pasarela y lo que se puede comprar en Mango o Massimo Dutti cada vez es más pequeña. Si algo ha demostrado esta temporada de rebajas es que no hace falta gastar mucho para acertar, siempre que se elijan bien los tejidos y se sepa jugar con los accesorios. El resto, como en toda buena estrategia de estilo, es cuestión de confianza.

El Supremo manda al Congreso el suplicatorio del diputado de Sumar Félix Alonso por indicios de prevaricación

El magistrado de la Sala Penal Vicente Magro ha acordado hoy en un auto elevar al Congreso el suplicatorio para la suspensión de la inmunidad del diputado de Sumar En Comú Podem Félix Alonso Cantorné, a quien considera presunto responsable de un delito de prevaricación en relación a adjudicaciones indebidas de contratos a varias empresas cuando era alcalde de Altafulla (Tarragona).

En una resolución de 12 folios, el magistrado instructor recoge los indicios que ha acumulado hasta este momento de las diligencias practicadas, incluida la declaración voluntaria del diputado prestada el pasado 15 de junio, y después de que el Supremo abriese la causa penal tras recibir una exposición razonada del Tribunal de Instancia número 4 de El Vendrell. Según recoge el auto, el fiscal instó el pasado 2 de julio pedir el suplicatorio al Congreso, mientras que el diputado solicitó que no se elevase la petición.

Tras el repaso a las diligencias, el instructor destaca los indicios de que se produjo un uso indebido de la figura del contrato menor para satisfacer necesidades recurrentes de la corporación municipal contrario a la normativa de contratación pública. Añade que en las actuaciones existió “una absoluta falta de procedimiento, de presupuesto, y se hace un uso indebido de la prórroga y del contrato menor con la voluntad del investigado de introducir empresas con vinculación política y por tanto usando la fórmula del contrato menor sea eludido la aplicación de la legislación estatal en materia de contratación administrativa”.

Con ello, entiende que hay elementos bastantes para considerar provisionalmente al investigado Félix Alonso Cantorné, posible responsable de los hechos que revisten caracteres de delito de delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal.

Y añade que ha llegado un momento en el que la constancia de indicios cualificados de su posible participación en los hechos hace imprescindible para avanzar en el camino procesal recabar la autorización prevista en el artículo 71 de la Constitución para actuar contra parlamentarios. Por ello, acuerda dirigir suplicatorio a la Presidencia del Congreso a través del presidente de la Sala de lo Penal para, previo refrendo de la Sala, su remisión por conducto de la presidenta del Tribunal Supremo.

El TSJ de Murcia declara nulo el despido de un trabajador tras baja por ansiedad por discriminación por salud

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado la nulidad del despido disciplinario de un comercial que fue cesado al día siguiente de iniciar una incapacidad temporal por ansiedad. La resolución aplica la Ley 15/2022 y la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tras apreciar que la empresa no acreditó la disminución del rendimiento invocada. El fallo ratifica la condena a la readmisión del trabajador, el pago de salarios de tramitación, una indemnización de 6.000 euros por daños morales y el abono de cantidades salariales pendientes, además de las costas procesales.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sala de lo Social del TSJ de Murcia confirma la nulidad del despido del trabajador y mantiene la readmisión, los salarios de tramitación y la indemnización de 6.000 euros.
  • ¿Qué base jurídica aplica? Ley 15/2022 (arts. 2.2 y 30), jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo sobre no discriminación por estado de salud.
  • ¿Qué impacto tiene? Reitera la doctrina de la sala: la falta de prueba del bajo rendimiento convierte el despido en discriminatorio si coincide con una baja por enfermedad, con inversión de la carga probatoria.

Antecedentes del proceso: baja por ansiedad y despido inmediato

El trabajador, un comercial, inició una incapacidad temporal derivada de un cuadro de ansiedad. Al día siguiente, la empresa le entregó una carta de despido disciplinario en la que le imputaba una disminución voluntaria y continuada del rendimiento del 30 % respecto de otros comerciales del mismo centro de trabajo. Sin embargo, la misiva no contenía ningún estudio comparativo concreto ni cifras que permitieran al empleado conocer la base de esa comparación y poder rebatirla.

El trabajador impugnó el despido ante el Juzgado de lo Social 2 de Murcia, que dictó sentencia declarando la nulidad del cese por discriminación al apreciar que la compañía no había desvirtuado los indicios de que la verdadera causa era la situación de incapacidad temporal. El fallo de instancia condenó a la readmisión, al pago de los salarios de tramitación, a 6.000 euros de indemnización por daños morales y al abono de las retribuciones pendientes. La empresa recurrió en suplicación ante el TSJ de Murcia.

El fallo de la Sala de lo Social: ausencia de prueba y discriminación

La Sala de lo Social desestima íntegramente el recurso de la empresa. En su análisis, comparte la valoración probatoria del juzgado de instancia y señala que “no solo no se dice en la carta de despido cuál fue esa disminución más allá de decir que era de un 30 % en relación con otros trabajadores al no hacer un estudio comparativo”, sino que tampoco quedó acreditado que esa bajada de rendimiento hubiera existido realmente. La falta de concreción y de prueba objetiva resulta determinante.

La sentencia del TSJ de Murcia reitera que, en este contexto, la empresa no logró aportar una justificación objetiva y razonable de la medida adoptada. Al contrario, el cese se produjo de forma inmediata a la baja por ansiedad, lo que convierte el despido en discriminatorio por razón del estado de salud del trabajador. La Sala confirma así todos los pronunciamientos de la instancia, incluidas las costas de la suplicación, que ascienden a 800 euros por los honorarios del letrado del empleado.

La falta de acreditación de la disminución del rendimiento convierte el despido en nulo por discriminación vinculada al estado de salud del trabajador.

La Doctrina del Tribunal

La Sala de lo Social del TSJ de Murcia construye su argumentación sobre la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y sobre la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El artículo 2.2 de dicha ley incorpora la enfermedad o la condición de salud entre las circunstancias respecto de las que “nadie podrá ser discriminado”. Por su parte, el artículo 30 desplaza la carga de la prueba: cuando la parte actora presenta indicios fundados de discriminación, es la empresa quien debe acreditar una justificación objetiva, razonable y proporcionada.

En el caso analizado, el indicio de discriminación radica en la inmediatez entre el inicio de la incapacidad temporal y el despido, unido a la indefinición de la carta de cese. La compañía no logró probar la realidad de la baja de rendimiento ni, por tanto, desvirtuar la conexión con el estado de salud del trabajador. La resolución refuerza una línea jurisprudencial que, en aplicación de la Ley 15/2022, asimila el despido durante una baja por ansiedad no justificada por causas ajenas a la enfermedad a un acto discriminatorio, con la consiguiente declaración de nulidad. La sentencia es susceptible de recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Despido disciplinario de un comercial al día siguiente de iniciar una incapacidad temporal por ansiedad. La empresa alegó una disminución del rendimiento del 30 % sin concretar comparativa ni prueba.
  • Datos importantes: Aplicación de la Ley 15/2022 (arts. 2.2 y 30); doctrina del TJUE y del TS; nulidad del despido con readmisión, salarios de tramitación, indemnización de 6.000 euros por daños morales y costas de 800 euros.
  • Fecha de los juicios: No consta en la fuente la fecha exacta de la vista oral ni de la sentencia de suplicación, que resuelve el recurso contra el fallo del Juzgado de lo Social 2 de Murcia.
  • Personas acusadas y por qué: N/A (procedimiento laboral, no penal).

El Tribunal Supremo anula varios preceptos del nuevo Reglamento de Extranjería y avala su estructura general

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que estima parcialmente el recurso interpuesto contra el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprobó el nuevo Reglamento de Extranjería. El fallo, cuyo texto íntegro aún no se ha publicado en el CENDOJ, anula varios preceptos de la norma reglamentaria pero confirma la validez de la estructura general de la reforma migratoria.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contra el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) y anula preceptos concretos sobre reagrupación familiar y protección de menores extranjeros, entre otros.
  • ¿Qué base jurídica aplica? El control de legalidad de las disposiciones generales conforme al artículo 106 de la Constitución y la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La sentencia examina la adecuación de los preceptos reglamentarios a la normativa de extranjería y a las directivas europeas de protección internacional.
  • ¿Qué impacto tiene? Los artículos anulados quedan sin efecto desde la notificación del fallo. El resto del Reglamento, incluyendo sus ejes principales sobre arraigo y permiso de residencia, permanece en vigor y plenamente aplicable.

El recurso contra el Reglamento y los antecedentes del litigio

El Real Decreto 1155/2024, aprobado en Consejo de Ministros el pasado noviembre, introdujo una reforma de calado en el marco normativo de la extranjería. Pocas semanas después de su entrada en vigor, varias organizaciones de defensa de los derechos de las personas migrantes presentaron un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo. Los recurrentes argumentaban que determinados preceptos reglamentarios excedían la habilitación legal e infringían los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, así como la normativa comunitaria en materia de asilo y protección internacional.

La impugnación se dirigía contra aspectos centrales del Reglamento, entre ellos la reagrupación familiar de familiares de españoles, las condiciones de residencia de los menores extranjeros no acompañados, la figura del arraigo y el estatuto de los solicitantes de protección internacional. La vista se celebró en la sede del alto tribunal en los primeros meses de 2026, y la deliberación quedó vista para sentencia poco después.

Fallo: anulación de preceptos concretos y confirmación parcial

La sentencia ahora dictada estima de forma parcial el recurso y, en consecuencia, declara la nulidad de varios artículos del Reglamento. Según la nota informativa difundida por el propio Tribunal Supremo, los preceptos anulados afectan principalmente a la reagrupación familiar —en particular de los ascendientes de ciudadanos españoles— y a la protección de los menores extranjeros, así como a ciertos extremos del procedimiento de arraigo. El tribunal considera que esas disposiciones carecían de cobertura legal suficiente o imponían restricciones no previstas por el legislador.

No obstante, el fallo avala la estructura general de la reforma y mantiene incólumes la mayor parte de las novedades introducidas por el Ejecutivo. Las modificaciones relativas al permiso de residencia por circunstancias excepcionales, la simplificación de trámites y la ampliación de los plazos de estancia legal no resultan afectadas. El alto tribunal subraya que el Reglamento, en su conjunto, se ajusta a la habilitación legal conferida por la Ley Orgánica 4/2000, sin perjuicio de los excesos puntuales que se corrigen mediante la anulación parcial.

El Supremo reafirma que el desarrollo reglamentario en materia de extranjería no puede desbordar el marco legal ni restringir derechos fundamentales de los extranjeros reconocidos en las directivas europeas de protección internacional.

La doctrina del Tribunal Supremo

La resolución refuerza una línea jurisprudencial consolidada según la cual las disposiciones reglamentarias en el ámbito migratorio tienen un carácter estrictamente ejecutivo, sin que puedan innovar el ordenamiento jurídico más allá de lo estrictamente indispensable para su aplicación. El Tribunal Supremo ya había advertido en anteriores pronunciamientos —entre ellos la STS 1123/2023, de 10 de octubre— que las normas reglamentarias que imponen condiciones adicionales al reconocimiento de derechos de los extranjeros son nulas si no encuentran amparo expreso en la ley.

En esta sentencia, el alto tribunal aplica la misma doctrina para declarar la invalidez de los preceptos relativos a la reagrupación familiar, al considerar que la exigencia de ciertos requisitos económicos o de vínculo parental no estaba debidamente amparada por la Ley Orgánica 4/2000. Respecto de los menores extranjeros, la sala recuerda que la protección de la infancia es un principio rector que debe inspirar cualquier norma administrativa, por lo que las disposiciones que dilaten o dificulten la obtención de la residencia del menor solo pueden admitirse cuando exista una razón imperiosa de orden público y siempre bajo control judicial.

El impacto práctico para los operadores jurídicos es inmediato: los preceptos anulados dejan de ser aplicables desde la fecha de la sentencia, y cualquier solicitud pendiente deberá resolverse con arreglo a la normativa vigente sin las restricciones declaradas ilegales. Asimismo, la doctrina fijada tendrá efectos orientativos para los juzgados de primera instancia y las Salas de lo Contencioso de los TSJ ante futuros recursos contra actos administrativos dictados al amparo del Reglamento.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Recurso contencioso-administrativo interpuesto por varias organizaciones de defensa de los derechos de los migrantes contra el Real Decreto 1155/2024, que aprueba el Reglamento de Extranjería. Se impugnaban preceptos sobre reagrupación familiar, protección de menores, arraigo y derechos de los solicitantes de protección internacional.
  • Datos importantes: La sentencia estima parcialmente el recurso y anula varios artículos del Reglamento. El Real Decreto se mantiene vigente en todo lo no afectado por la anulación. El fallo es unánime (no se ha hecho pública la existencia de votos particulares).
  • Fecha de los juicios: La vista oral se celebró en los primeros meses de 2026; la sentencia fue dictada en julio de 2026 y su texto íntegro está pendiente de publicación en el CENDOJ.
  • Personas acusadas y por qué: N/A (se trata de un control de legalidad de una disposición reglamentaria, no de un proceso penal).

INCIBE alerta de una vulnerabilidad crítica en dispositivos WAGO que permite acceso remoto no autenticado durante el arranque

El Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) ha emitido este 14 de julio de 2026 un aviso de seguridad crítico sobre una vulnerabilidad en dispostivos de E/S de WAGO que permite el acceso remoto no autenticado durante la secuencia de arranque, comprometiendo potencialmente la integridad total del sistema industrial afectado.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha ocurrido? El INCIBE ha coordinado la publicación de una vulnerabilidad crítica (CVE-2026-4769, CVSS 9.8) que afecta a varios modelos de la serie I/O System Field de WAGO.
  • ¿Dónde y cuándo? La alerta se ha difundido el 14 de julio de 2026 y aplica a sistemas de control industrial con firmware no actualizado.
  • ¿Qué resultado? Un atacante remoto no autenticado podría acceder a funciones de diagnóstico internas durante el arranque, exponiendo el sistema a un compromiso completo.

La vulnerabilidad y los dispositivos afectados

La vulnerabilidad, identificada como CVE-2026-4769 y con una puntuación de gravedad de 9.8 sobre 10 en la escala CVSS, reside en una funcionalidad de diagnóstico no documentada que se activa durante el arranque de los dispositivos de la serie WAGO System I/O Field. Según el aviso del INCIBE, coordinado con CERTVDE y el propio fabricante, esta característica permanece accesible sin ningún tipo de autenticación durante un breve lapso de tiempo en la fase de arranque.

Los modelos concretos afectados son aquellos con versiones de firmware anteriores a las indicadas: 0765-110x/0100-0000 (versión 1.2.1.100), 0765-120x/0100-0000 (1.2.7.100), 0765-150x/0100-0000 (1.2.7.103), 0765-210x/0100-0000 (1.2.1.102), 0765-2102/0100-0000 (1.2.5.101), 0765-410x/0100-0000 (1.2.1.100), 0765-420x/0100-0000 (1.2.7.100) y 0765-450x/0100-0000 (1.2.7.103). Un atacante podría aprovechar esta exposición para interactuar con los procesos internos del sistema, escalar privilegios o alterar el funcionamiento del control industrial sin necesidad de credenciales.

Solución y respuesta del fabricante

El fabricante WAGO ya ha liberado las actualizaciones de firmware que resuelven la deficiencia. El INCIBE insta a todos los administradores de sistemas de control industrial a aplicar los parches de forma inmediata, siguiendo las referencias proporcionadas en el aviso oficial. Las nuevas versiones incluyen la desactivación de la función de diagnóstico no documentada durante el arranque, eliminando así la ventana de exposición.

La coordinación entre el equipo de respuesta a incidentes del INCIBE (INCIBE-CERT) y el fabricante ha sido ágil, lo que ha permitido que la vulnerabilidad se publique junto con la solución. No se ha confirmado, hasta el momento, la explotación activa de esta brecha, pero el INCIBE recomienda no demorar la actualización, especialmente en infraestructuras críticas.

La vulnerabilidad, con una puntuación de 9.8 sobre 10, permite el acceso remoto no autenticado durante el arranque, comprometiendo la seguridad del sistema industrial en su totalidad.

El panorama de la ciberseguridad

Este aviso se enmarca en una tendencia creciente de amenazas contra sistemas de control industrial (ICS). Según los datos del propio INCIBE, las vulnerabilidades críticas detectadas en dispositivos industriales aumentaron un 22% en 2025 respecto al año anterior, reflejando el interés de los ciberdelincuentes por estos entornos, a menudo menos protegidos que las redes corporativas convencionales.

La respuesta coordinada entre el INCIBE, CERTVDE y WAGO demuestra la eficacia del modelo español de ciberseguridad, que integra a los centros de respuesta ante incidentes con los fabricantes para acortar el tiempo de exposición. El INCIBE continuará monitorizando la evolución de esta vulnerabilidad y emitirá nuevas alertas si se detectan intentos de explotación activa, con el objetivo de proteger la infraestructura digital del país.

Nissan presenta arquitectura X-in-1: reduce ruido un 72% y mejora eficiencia térmica al 42%

Nissan ha presentado la arquitectura modular X-in-1, un sistema de propulsión electrificada que reduce el ruido percibido en el habitáculo en un 72 % y eleva la eficiencia térmica del motor térmico asociado hasta el 42 %. La nueva plataforma, que debutará en modelos como el Qashqai e-POWER, promete menos vibraciones, consumos inferiores a 4,5 litros y emisiones por debajo de los 100 g/km de CO₂.

Un solo módulo que integra motor, inversor y reductor

La clave de la tecnología X-in-1 reside en empaquetar en un único bloque componentes que hasta ahora funcionaban por separado. La variante 3-en-1 agrupa motor eléctrico, inversor y reductor; la 5-en-1 suma, además, el generador y el sistema increaser, pieza exclusiva de la familia e-POWER.

Al reducir el número de uniones mecánicas y conexiones eléctricas, se gana rigidez estructural y se simplifica el montaje en cadena. Nissan explica que esta arquitectura modular permite usar la misma base tanto en sus vehículos 100 % eléctricos como en los híbridos en serie, una estrategia que abarata la producción y puede acelerar la llegada de modelos electrificados al gran público.

Un descenso del ruido que se nota al volante

El fabricante japonés ha puesto el foco en las vibraciones, la aspereza y el ruido (NVH). Gracias al rotor six-stage skew y al ensamblaje press-fit, las oscilaciones mecánicas se amortiguan antes de llegar al chasis. El resultado es una caída de 5,6 decibelios en la medición interior, lo que equivale a una reducción del 72 % de la energía sonora.

Eso se traduce en un habitáculo mucho más silencioso, sobre todo en ciudad, donde el motor de gasolina funciona como generador sin conectar las ruedas. La sensación de refinamiento, según las primeras unidades del Qashqai e-POWER, coloca al modelo cerca de un eléctrico puro en términos de confort acústico.

📊 Impacto ecológico en cifras

  • Reducción de ruido: 5,6 dB menos, un 72 % de energía sonora eliminada en el interior.
  • Consumo y emisiones: 4,4 l/100 km WLTP y menos de 100 g/km de CO₂ en el Qashqai e-POWER.
  • Eficiencia térmica: 42 % en el motor de gasolina que actúa únicamente como generador.
  • Equivalencia tangible: Un SUV familiar capaz de circular en modo eléctrico la mayor parte del tiempo con un gasto inferior al de muchos diésel equivalentes.
coches eléctricos Nissan

Eficiencia térmica del 42 % y menos de 100 g/km de CO₂

En la serie e-POWER de tercera generación, el propulsor de gasolina no arrastra las ruedas; solo produce electricidad. Al desconectarlo mecánicamente de la tracción, los ingenieros pueden operarlo en su punto óptimo de revoluciones de forma casi constante. Así se alcanza esa eficiencia térmica del 42 %, una cifra elevada para un motor de ciclo Otto sin electrificación de la transmisión.

El Nissan Qashqai e-POWER homologa 4,4 l/100 km en ciclo WLTP y emite menos de 100 gramos de CO₂ por kilómetro. Con 151 kW (205 CV) de potencia combinada, la respuesta al acelerador es inmediata y no hay brusquedades. La propuesta, por tanto, mantiene las prestaciones de un SUV medio sin la penalización clásica en el surtidor.

La arquitectura X-in-1 demuestra que la innovación en movilidad eléctrica no depende únicamente de aumentar la capacidad de las baterías, sino también de optimizar cada elemento del sistema de propulsión.

Una evolución de diez años que impulsa la electrificación accesible

La familia e-POWER echó a andar en 2016 con el Nissan Note en Japón. Desde entonces, cada iteración ha afinado el rendimiento energético, la acústica y el comportamiento dinámico. La tercera generación añade un motor diseñado específicamente como generador y procesos de fabricación de alta precisión que elevan la fiabilidad.

Con la arquitectura X-in-1, Nissan apuesta por una plataforma que puede montarse indistintamente en eléctricos puros y en modelos de gasolina electrificada. Esto le permite compartir piezas entre segmentos muy distintos, algo que presiona a la baja el coste unitario y puede facilitar que la tecnología llegue a utilitarios sin disparar el precio final.

En un mercado donde buena parte de los competidores centran sus esfuerzos en desarrollar plataformas específicas para baterías de gran tamaño, la estrategia de Nissan recuerda que la eficiencia del conjunto y la modularidad son palancas igual de relevantes para recortar emisiones sin renunciar al volumen.

Un objetivo de emisiones se mide en gramos de CO₂ por kilómetro, pero la clave para generalizar la electrificación también está en abaratar lo que cuesta fabricar cada kilovatio de potencia.

Los primeros resultados del Qashqai e-POWER muestran que un sistema con un motor de gasolina actuando únicamente como generador puede lograr cifras de consumo y emisiones que hace una década parecían exclusivas de híbridos enchufables. La ventaja añadida es que el conductor no necesita enchufar; el sistema se recarga solo.

Este enfoque, que integra componentes y comparte tecnología entre toda la gama electrificada, pone de manifiesto que la electrificación asequible pasa tanto por la reducción de piezas como por la de costes de desarrollo. Cuantos menos elementos independientes, menos fallos potenciales y más fácil escalar la producción.

🌍 El Impacto Real para el Futuro

  • Beneficio medible: Menos de 100 g/km de CO₂ y consumos de 4,4 l/100 km en un SUV familiar, con una reducción del 72 % de la energía sonora interior.
  • Modelo que cambia: La arquitectura modular X-in-1 sustituye la dispersión de componentes por un bloque único que sirve tanto para eléctricos puros como para híbridos, abaratando la fabricación.
  • Para las próximas generaciones: Una tecnología que puede escalar a segmentos de volumen sin disparar precios acerca la movilidad de bajas emisiones a miles de hogares que no pueden permitirse un eléctrico de batería grande.

La energía solar en la UE bate récords: 25% de la electricidad en junio con Alemania y España líderes

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? La energía solar generó el 25% de la electricidad de la UE en junio de 2026, récord histórico, superando al carbón (8%), gas (15%), nuclear (21%), eólica (14%) e hidráulica (12%).
  • ¿Quién está detrás? El liderazgo lo encabezan Alemania (36% de solar), España (34%) y Polonia (24%), según el análisis del laboratorio de ideas Ember.
  • ¿Qué impacto tiene? La expansión solar reduce la dependencia energética europea, abarata las facturas de los hogares españoles unos 10 euros al mes y acelera el cumplimiento del Pacto Verde Europeo.

El sol ha marcado un hito histórico en el sistema eléctrico de la Unión Europea. Por primera vez, la energía solar ha generado una cuarta parte de toda la electricidad del bloque en un solo mes, desbancando a fuentes tradicionales como la nuclear y el gas.

La energía solar desbanca al carbón, el gas y la nuclear en el mix eléctrico de la UE

Según los datos del think tank Ember, la producción solar alcanzó los 52 TWh en junio, un salto del 11 % respecto al récord anterior de 47 TWh registrado en mayo. Es el tercer mes consecutivo en el que la energía fotovoltaica se convierte en la primera fuente de electricidad de la UE, tras junio de 2025 y el propio mayo de 2026.

En junio de 2021, apenas cuatro años atrás, la solar no llegaba al 10 % de la generación, con solo 21 TWh. El ritmo de crecimiento ha sido superior al 20 % anual, impulsado por la instalación de 65,1 GW de nueva capacidad solo en 2025. El carbón, que hace una década era dominante, se ha reducido al 8 %, una cifra que hubiera parecido ciencia ficción al inicio de la anterior Comisión Europea.

La producción récord ha coincidido con picos de demanda provocados por olas de calor sin precedentes en el sur de Europa. En plena canícula, la solar sostuvo el suministro mientras la eólica flaqueaba y las centrales térmicas luchaban contra las restricciones de refrigeración. Para la Comisión Europea, este respaldo es la confirmación de que la transición energética no solo es verde, sino también resiliente.

El tridente que impulsa la revolución solar: España, Alemania y Polonia

España ha marcado un nuevo techo: por primera vez, la solar generó el 34 % de su electricidad en junio. El país ha duplicado su capacidad eólica y solar desde 2019, sumando más de 40 GW, la mayor expansión de toda la UE salvo la de Alemania, cuyo mercado eléctrico es el doble de grande. El resultado es tangible para los consumidores: cada hogar español ahorra 10 euros al mes en el recibo desde que el estrecho de Ormuz quedó prácticamente cerrado en marzo, según los cálculos de Ember.

La generación con carbón es ya residual: en agosto de 2025, España no quemó ni un solo gramo de este combustible fósil para producir electricidad. Las emisiones per cápita del sistema eléctrico se sitúan en 0,9 toneladas de CO₂, muy por debajo de la media comunitaria de 1,3 toneladas.

Alemania ha alcanzado el 36 % de solar en junio, apoyada en el mayor parque fotovoltaico en funcionamiento de Europa, construido sobre una antigua mina de carbón. Pero el verdadero fenómeno está en los balcones: más de un millón de kits solares enchufables se han instalado entre 2022 y 2025, con precios reducidos a la mitad —un modelo pequeño cuesta en torno a 200 €— y un retorno de la inversión de dos a seis años. La combinación con baterías domésticas ha permitido trasladar parte de ese autoconsumo a las horas de mayor demanda, aliviando la presión sobre la red.

Polonia, tradicionalmente dependiente del carbón, ha logrado que la solar aporte el 24 % de su electricidad en junio. Desde 2020 ha pasado de apenas 2 GW de potencia instalada a 23 GW, un crecimiento que ningún otro país de la UE iguala en velocidad relativa. Sin embargo, los expertos advierten de que el freno a la eólica terrestre —paralizada legislativamente desde 2016 y solo liberalizada de forma parcial hace dos años— lastra una transición que necesitará más músculo cuando el sol no brille.

récord solar

La energía solar no solo es una cuestión climática: es ya la herramienta más eficaz de soberanía energética que tiene Europa frente a la volatilidad de los mercados globales.

El Eje del Poder Europeo

El vuelco en el mix eléctrico reordena la jerarquía energética dentro de la UE. Alemania afianza su doble condición de potencia industrial y fábrica solar, España se proyecta como referente de un modelo exportable de descarbonización acelerada, y Polonia acelera su divorcio del carbón con una velocidad que sorprende en el Grupo de Visegrado. Pero la ecuación no es tan sencilla: el sol produce electricidad en las horas centrales y obliga a redoblar la inversión en almacenamiento e interconexiones.

La Comisión Europea, que hace apenas un año revisó al alza los objetivos del Pacto Verde, ve en estas cifras la prueba de que la apuesta por las renovables es compatible con la seguridad de suministro. Sin embargo, los países que aún dependen del gas —Italia, Países Bajos y varios Estados del este— presionan para que el nuevo diseño del mercado eléctrico no penalice la generación firme. El pulso entre los «frugales» y los defensores de una transición 100 % renovable se libra en cada reunión del Consejo de Energía.

Para España, el liderazgo solar es un activo diplomático de primer orden. Moncloa lo utiliza como carta de presentación en Bruselas para reclamar más fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y para defender una reforma fiscal que grave los beneficios caídos del cielo de las energéticas. No obstante, la oposición interna advierte de que la penetración masiva de renovables exige acelerar las redes de transporte y las plantas de bombeo, donde los permisos acumulan meses de retraso.

La lectura a largo plazo es clara: la solar ya no es una promesa, sino la columna vertebral de la electricidad europea. La próxima cumbre del Consejo Europeo, prevista para octubre, tiene en su agenda la revisión del Mecanismo de Conectividad, el instrumento donde se decidirá la financiación de las interconexiones que permitan que los excedentes solares peninsulares viajen hacia Centroeuropa. Ese será el verdadero examen para saber si el récord de junio es un pico estacional o el inicio de una nueva era.

La coalición antimisiles Europa se lanza con diez países, incluido España, ante Rusia

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? Diez países, entre ellos España, han lanzado en París la ‘coalición contra los misiles balísticos’ para desarrollar sistemas antimisiles autónomos.
  • ¿Quién está detrás? Francia lidera la iniciativa, con Alemania, Italia, Reino Unido, Países Bajos, Dinamarca, Noruega, Suecia, España y Ucrania.
  • ¿Qué impacto tiene? España se incorpora a un proyecto que puede reducir la dependencia de sistemas estadounidenses como el Patriot y reforzar la defensa europea ante el pulso con Rusia.

Diez países europeos, con España entre ellos, han acordado este lunes en París el lanzamiento de una ‘coalición contra los misiles balísticos’, un proyecto de defensa antimisiles de vocación autónoma que nace para complementar al norteamericano Patriot y que se suma al nuevo capítulo de rearme estratégico del continente.

Una carrera antimisiles con sello europeo

El encuentro, previo a la reunión de la Coalición de Voluntarios para Ucrania, ha reunido a los líderes de Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Países Bajos, Noruega, España, Suecia, Reino Unido y Ucrania. Todos han subscrito un documento en el que se comprometen a «trabajar sin descanso para desarrollar una capacidad antibalística» que pueda neutralizar misiles como los que Rusia sigue lanzando contra territorio ucraniano.

La arquitectura prevista no parte de cero. Incluye el sistema francoitaliano SAMP/T, ya desplegado en Ucrania y en fase de actualización, así como otro sistema diseñado en Alemania. La intención es que todas estas piezas puedan integrarse en una defensa balística europea robusta e integrada, aprovechando además la experiencia operativa que Ucrania ha acumulado durante más de dos años de guerra.

Pensamos que la protección de Europa necesita una solución global, sobre la forma de una arquitectura integrada de defensa antimisil, a fin de disuadir y de neutralizar las futuras amenazas de misiles», recoge el comunicado conjunto. La coalición se declara «abierta a otras naciones que comparten sus principios y sus objetivos», aunque de momento llama la atención la ausencia de Polonia, tradicional aliado duro del Este.

España, en el club de los diez: qué implica el nuevo escudo

defensa europea

La presencia de España en el grupo fundador tiene lectura estratégica. El Gobierno de Pedro Sánchez, que ya había incrementado su implicación en la Coalición de Voluntarios, da ahora un paso hacia una defensa antimisil cooperativa que podría traducirse en contratos para la industria nacional, acceso a tecnología y una redefinición de su postura en la seguridad europea. La Moncloa no ha detallado aún qué sistema aportará ni qué inversión destinará, pero fuentes del Ministerio de Defensa reconocen que se estudian opciones de coproducción con socios.

Mientras, el presidente francés, Emmanuel Macron, aprovecha sus últimos meses en el Elíseo para apuntalar el pilar europeo de defensa. En su discurso a las fuerzas armadas francesas, la víspera del desfile nacional del 14 de julio, afirmó que Europa «se está convirtiendo en una potencia», deseosa de paz «pero dispuesta a combatir y a pagar el precio en sangre, si hace falta». Francia confirmó además la venta a Ucrania de 16 cazas Rafale y de baterías SAMP/T de nueva generación, así como licencias para fabricar en territorio ucraniano bombas guiadas y misiles de crucero.

El lanzamiento de esta coalición responde a un temor que el Kremlin ha alimentado deliberadamente: el misil balístico Oreshnik, capaz de portar carga nuclear, ha vuelto a poner en el mapa la vulnerabilidad europea.

El Eje del Poder Europeo

La iniciativa antimisiles se inscribe en un giro geopolítico donde el paraguas estadounidense ya no se da por seguro. La actitud más cooperadora de Donald Trump en las últimas cumbres ha rebajado la tensión inmediata, pero el recuerdo de sus años de amenazas a la OTAN sigue vivo. De ahí que el eje franco-británico, que lidera la Coalición de Voluntarios, impulse ahora una capacidad autónoma que pueda funcionar incluso si Washington vuelve a desentenderse.

Para España, el reto es doble. Por un lado, debe encontrar un encaje presupuestario en un contexto donde Bruselas aprieta la regla fiscal. Por otro, la coalición le ofrece la oportunidad de situarse en el corazón de la nueva defensa europea y, de paso, reforzar su posición en las siempre delicadas negociaciones sobre la relación transatlántica. El precedente de los euromisiles de los años ochenta —cuando la OTAN instaló misiles de crucero para contrarrestar los SS-20 soviéticos— muestra que estas apuestas no son gratuitas: entonces generaron un enorme rechazo social y político. Hoy, sin embargo, el miedo no es a las armas propias, sino a la parálisis.

La ausencia de Polonia en la coalición inicial sugiere que el este de Europa sigue prefiriendo el vínculo directo con Washington. Varsovia, que ha invertido fuertemente en sistemas Patriot y en la presencia militar estadounidense, no parece dispuesta a apostar por una alternativa en la que París y Berlín marquen la pauta. Esa división interna es el talón de Aquiles de cualquier proyecto de autonomía estratégica.

La cumbre de París ha dejado claro que el despertar estratégico europeo, como lo ha bautizado Macron, ya no es solo teoría. Pero la velocidad de esta carrera antimisiles dependerá de que los Veintisiete —o al menos los diez comprometidos— logren superar las rivalidades industriales y las tentaciones de comprar directamente a Estados Unidos. La nueva coalición es un primer paso, pero la verdadera prueba será si es capaz de poner en el campo un sistema operativo antes de que el Kremlin decida probar los límites.

David Sánchez se libra de la cárcel: 9 años de inhabilitación

-La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Badajoz ha publicado en el día de hoy la Sentencia que resuelve el Procedimiento Abreviado nº 51/2025, que contiene el siguiente fallo:

   “Que debemos condenar y condenamos, como autores de los siguientes delitos, a los siguientes acusados y a las penas que se dirán:

-A MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA, mayor de edad y sin antecedentes penales, como autor de DOS DELITOS DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA, ya definidos, correspondientes a los Bloques A) y B) del párrafo de hechos probados, A SENDAS PENAS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por tiempo de NUEVE AÑOS.

-A ELISA MORIANO MORALES Y A CRISTINA NÚÑEZ FERNÁNDEZ, ambas mayores de edad y sin antecedentes penales, como autoras por cooperación necesaria de UN DELITO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA, ya definido, correspondiente al Bloque A) del párrafo de hechos probados, A LA PENA, para cada una de ellas, DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por tiempo de NUEVE AÑOS.

-A FÉLIX GONZÁLEZ MÁRQUEZ, mayor de edad y sin antecedentes penales, como autor por cooperación necesaria de UN DELITO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA, ya definido, correspondiente al Bloque A) del párrafo de hechos probados, A LA PENA DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por tiempo de NUEVE AÑOS.

-A JUANA CINTA CALDERÓN ZAZO, M.ª EMILIA PAREJO GALA Y FRANCISCO MARTOS ORTIZ, todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales, cómo autores por cooperación necesaria de UN DELITO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA, ya definido, correspondiente al Bloque B) del párrafo de hechos probados, A LA PENA, para cada uno de ellos, DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por tiempo de NUEVE AÑOS.

-A DAVID SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN, mayor de edad y sin antecedentes penales, como autor por cooperación necesaria de UN DELITO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA, ya definido, correspondiente al Bloque B) del párrafo de hechos probados, A LA PENA DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por tiempo de NUEVE AÑOS.

-A LUIS MARÍA CARRERO PÉREZ, mayor de edad y sin antecedentes penales, como autor por cooperación necesaria de UN DELITO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA ya tipificado, correspondiente al Bloque C) del párrafo de hechos probados, A LA PENA DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por tiempo de NUEVE AÑOS.

-A RICARDO CABEZAS MARTÍN Y A MANUEL CANDALIJA VALLE, ambos mayores de edad y sin antecedentes penales, como autor el primero y autor por cooperación necesaria el segundo, de UN DELITO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA ya definido, correspondiente al Bloque C) del párrafo de hechos probados, A LA PENA, para cada uno de ellos, DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAFGIO PASIVO por tiempo de NUEVE AÑOS.

ABSOLVEMOS LIBREMENTE A LOS ACUSADOS DEL RESTO DE LAS INFRACCIONES PENALES QUE SE LES IMPUTABAN.

NO HACEMOS PRONUNCIAMIENTO EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR FALTA DE LEGITIMACIÓN DE LAS PARTES ACUSADORAS.

IMPONEMOS A LOS ACUSADOS PRORRATEADAS LA MITAD DE LAS COSTAS PROCESALES, INCLUYENDO LAS OCASIONADAS POR LAS ACUSACIONES POPULARES, ATRIBUYENDO AL ACUSADO MIGUEL ÁNGEL GALLARDO MIRANDA DOS DUODÉCIMAS PARTES DE LAS MISMAS Y AL RESTO DE LOS ACUSADOS UNA DÉCIMA PARTE A CADA UNO.

DECLARAMOS DE OFICIO LA OTRA MITAD DE LAS COSTAS GENERADA POR LOS DELITOS OBJETO DE PRONUNCIAMIENTO ABSOLUTORIO.”

2.-La Sentencia declara probados tres bloques de hechos, nominados A), B) y C)

que se refieren:

-Bloque A) , a la creación por parte de la Diputación de Badajoz, entre los años 2016 y 2017, de la plaza de Coordinador de actividades de los Conservatorios de esta ciudad y a la adjudicación de la misma, como personal de Alta Dirección, al acusado David Sánchez Pérez-Castejón.

Tal creación no se estima ni necesaria ni urgente, estando vacía de contenido dicha plaza cuya génesis obedeció al interés particular de su adjudicatario y no al interés general.

-Bloque B) , al cambio de nomenclatura de la plaza anteriormente indicada en el año 2022 para pasar a denominarse Jefatura de la Oficina de Artes Escénicas en lo que supuso una transformación sustancial del puesto adjudicado como personal de Alta Dirección, suprimiendo la incompatibilidad del mismo con el propósito de adaptarla a las apetencias personales de David Sánchez Pérez-Castejón.

-Bloque C) , a la creación por parte de la misma Entidad Local con carácter urgente a finales de 2023 de la plaza de Jefatura de la Sección de Coordinación de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas adjudicada con la misma urgencia en comisión de servicios al acusado Luis María Carrero Pérez, íntimo amigo del Sr. Sánchez Pérez-Castejón y colaborador suyo en precedentes proyectos operísticos ,todo ello con el afán de que siguiera ayudando a este en sus actividades relativas a la ópera ,aun cuando prestaban teóricos servicios en departamentos administrativos diferentes.

3.-La Resolución extractada estima probados los hechos fundamentalmente en base al resultado que arroja la prueba indiciaria que se deriva de los correos electrónicos analizados por la UCO, amén de la documentación remitida por la Diputación de Badajoz y de las testificales practicadas de los Directores de los Conservatorios, etc., además de las propias declaraciones prestadas en fase de instrucción por el acusado David Sánchez que fueron introducidas en el acto del juicio.

Al tratarse de una actividad criminal “de despacho”, organizada y en el seno de una Corporación de pequeña entidad, piramidal, fuertemente jerarquizada, de carácter presidencialista, es difícil la existencia de prueba directa (declaraciones de testigos altos cargos mediatizados por sus superiores, algunos de los cuales han promocionado profesionalmente durante el proceso)

  Carece de relevancia acreditativa la prueba propuesta por las defensas orientada a demostrar el cumplimiento de los trámites administrativos en los procedimientos de creación, adjudicación y modificación de las plazas, procedimientos estos de carácter cosmético, al igual que pretendida dotación de contenido de las plazas creadas con el exclusivo designio de favorecer los intereses personales de los adjudicatarios y no de atender necesidades de interés general.

4.- Antes de calificar los hechos la Sentencia realiza la siguiente reflexión:

  “El nepotismo es una práctica consistente en el trato de favor o “enchufismo” hacia familiares o amigos en orden a la obtención de puestos, ascensos o beneficios, ignorando los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen (artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución española) el acceso a los cargos públicos, la promoción en los mismos o la obtención de ventajas derivadas del ejercicio de funciones administrativas.

Hemos de convenir en que esta práctica poco ética daña la salud democrática, fomenta la corrupción y la desigualdad de oportunidades, con merma de la eficiencia en el desempeño del empleo en las administraciones públicas.

De igual manera, debemos recordar que el interés general y no el particular de los futuros adjudicatarios de las plazas de empleo público, debe presidir la creación de las mismas.

Y la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales, según el artículo 103.1 de la Constitución española.

Empero, no toda falta de probidad, éticamente censurable, inherente a la lacra del nepotismo es constitutiva de delito.

Tan solo lo es cuando los hechos en que consista la indebida práctica sean incardinables en tipos penales concretos, con arreglo al principio de legalidad y, por lo que respecta a las conductas objeto de enjuiciamiento, si fueran subsumibles en los tipos penales objeto de acusación de prevaricación y/o tráfico de influencias.

Del mismo modo, hemos de convenir con la defensa del Sr. Sánchez Pérez-Castejón en que el absentismo laboral no constituye, ni ha constituido en nuestro país, infracción penal alguna.

Pero no es ese el objeto de enjuiciamiento, sino si han sido o no cometidos unos hechos que pudieran ser considerados como torcimiento grosero y arbitrario del derecho ,o si han sido nombrados por autoridad competente ,a sabiendas de su ilegalidad, determinadas personas para cargos públicos sin que concurrieran en las mismas los requisitos legalmente establecidos para ello, o si ha mediado  aprovechamiento, presionando o prevaliéndose de una posición de predominio jerárquico o de otra índole, obteniendo un trato de favor en la obtención de plazas de empleo público.”

5.-La Resolución comentada estima que los hechos ,por cada bloque descriptivo ,son constitutivos de un delito de prevaricación administrativa (tres en total ) del artículo 404 del Código Penal al realizarse por los acusados un ejercicio arbitrario del poder de forma grosera con la finalidad exclusiva de favorecer a concretas personas adjudicatarias de las plazas creadas o modificando el contenido de una de ellas para adaptarla a las inquietudes operísticas de David Sánchez ,creando la adjudicada al Sr. Carrero para que siguiera auxiliando a aquel en sus proyectos relacionados con el bel canto.

Considera incompatible con el delito de prevaricación el de nombramiento ilegal y aceptación del mismo de los artículos 405 y 406 del Código Penal: o los hechos son constitutivos de prevaricación o lo son de nombramiento ilegal y se opta por la primera hipótesis dada la infracción de los principios previstos en los artículos 9.3,23.2 y 103 de la Constitución Española.

Se descarta la comisión del delito de tráfico de influencias por falta, tanto de concreta descripción de los hechos en que consistiría la acción de prevalimiento o de presión ejercida sobre los responsables de la creación, adjudicación y modificación de las plazas, descripción esta que correspondería a las acusaciones; como de acreditación de dichas conductas.

Se ignora, quien o quienes ejercieron ascendencia o influjo sobre los responsables de realizar la labor de torcimiento del derecho, ni en que concretos actos se materializó.

Y se puede contra conjeturar que las conductas prevaricadoras obedecieron al interés del acusado Miguel Ángel Gallardo Miranda de congraciarse con quien sería reelegido Secretario General del PSOE.

6.-La Sentencia considera autores (bien por autoría material o por cooperación necesaria) a todos los acusados que intervinieron de forma concertada y sucesiva y se les impone la pena única prevista en el artículo 404 del Código Penal: inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve años.

En el caso del acusado Miguel Ángel Gallardo, al ser autor de dos delitos, se le imponen sendas penas de inhabilitación.

Las penas impuestas producen la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recaen y de los honores que le sean anejos.

Produce, además, la incapacidad para obtener el mismo u otros empleos o cargos análogos durante el tiempo de la condena.

Valoración de las acusaciones populares

La acusación popular de Liberum explica que «aunque no han sido condenados a cárcel ninguno de los imputados, sí los han condenado a INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO Y PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO por 9 años. En el caso de Gallardo, es por dos delitos, entendemos que serán 9+ 9, aunque hay que leerla completa.

Resumiendo, NO PODRÁN PRESENTARSE A ELECCIONES, ni TRABAJAR PARA LA ADMINISTRACIÓN.

Si tenemos en cuenta que, todos trabajan de una u otra forma para el Estado, quizá sea más ejemplarizante esta condena, -a ver de qué viven-, porque probablemente no hayan trabajado en su vida, salvo para el Estado, que una condena de cárcel irrisoria, que no entrarían en prisión.

Incluso una vez sea firme la condena, pasarán a tener penales, lo que significa que ni en el extranjero lo podrán hacer. A diferencia de España, en todos los países piden un certificado de penales para trabajar.

La condena podría haber sido más contundente, SÍ, pero quizá más demoledora sea de esta forma. Estamos contentos, ha quedado demostrado que han prevaricado».

Otra de las acusaciones populares de la causa, la representada por Hazte Oír ya ha declarado que «la Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado hoy, 14 de julio de 2026, a David Sánchez, hermano de Pedro Sánchez, y a Miguel Ángel Gallardo, junto a otros nueve acusados, por prevaricación administrativa. La pena: nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público y para el sufragio pasivo a cada uno. Gallardo, condenado por dos delitos, acumula dos penas de nueve años. La sentencia declara probado que el puesto de David Sánchez en la Diputación de Badajoz se creó en 2016 a su medida, se adjudicó mediante un proceso amañado y se transformó en 2022 bajo un falso «cambio de nomenclatura», amparado en un reglamento que jamás fue aprobado ni publicado».

Y añaden que «el Ministerio Fiscal no formuló acusación: la condena se ha obtenido exclusivamente gracias a las acusaciones populares, entre ellas Hazte Oír, personada desde la instrucción. Los condenados pagarán además las costas de las acusaciones populares. El secretario y letrado jefe de HO, Javier Mª Pérez-Roldán subraya que «el fiscal no acusó; la sociedad civil sí. Sin acusación popular, hoy no habría condena: esto es exactamente lo que el Gobierno pretende suprimir».

Asimismo, apuntan al alcance del fallo, destacando que «la Diputación de Badajoz se convirtió en la agencia de colocación de la familia Sánchez: un puesto inventado, un proceso a medida y un sueldo público sin trabajo real».

Fuentes de la organización añaden que «Hazte Oír prometió llegar hasta el final y hoy cumple: defenderemos esta condena ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura frente a los recursos que vengan». 2Esta sentencia demuestra que las cloacas de Leire, la directora de la Guardia Civil y el general Llamas fracasaron porque no contaron con la perseverancia de las acusaciones populares», concluyen.

España y ocho países más se unen a la coalición para fabricar el sistema antimisil Freyja en 12 meses

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? España se ha sumado este lunes a una coalición de nueve países europeos que, liderada por Ucrania, acelerará la producción del sistema antimisil Freyja, una alternativa al Patriot estadounidense.
  • ¿Quién está detrás? El proyecto lo encabeza Kiev y cuenta con el respaldo de Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, Países Bajos, Noruega, Suecia, España y Reino Unido. Bruselas y la OTAN lo consideran prioritario.
  • ¿Qué impacto tiene? Freyja quiere estar operativo en 12 meses, lo que reduciría la dependencia de Europa de los interceptores estadounidenses y fortalecería la capacidad antimisil del continente frente a amenazas balísticas desde el flanco este.

España se ha subido este lunes al proyecto más ambicioso de cooperación industrial en defensa antimisil desde el final de la Guerra Fría. El presidente ucraniano Volodímir Zelenskyy ha anunciado en París que nueve países —entre ellos el nuestro— han formalizado una coalición para fabricar y desplegar el sistema antimisil Freyja en el plazo récord de un año. La iniciativa, presentada por primera vez en la cumbre de la OTAN en Ankara la semana pasada, busca romper la dependencia europea del Patriot estadounidense y construir una arquitectura de defensa aérea soberana.

Freyja, el sistema que aspira a sustituir al Patriot en el flanco europeo

La escasez global de interceptores antimisil —agravada por la guerra en Irán y el goteo constante de misiles balísticos rusos sobre Ucrania— ha empujado a los aliados a buscar soluciones propias. Como explicó Zelenskyy, «la amenaza de los misiles balísticos solo va a aumentar. Esta es una de las principales consecuencias de las guerras en Rusia e Irán». Freyja es la respuesta: un sistema completo que pivota sobre el interceptor FP-7.X de la empresa ucraniana Fire Point, diseñado para impactar blancos balísticos a unos 24 kilómetros de altitud.

Mientras un Patriot tarda 24 meses en fabricarse, el objetivo de la coalición es recortar ese plazo a la mitad. Para lograrlo, cada país aportará una pieza del rompecabezas: radares, seguimiento, mando y control, subsistemas de comunicaciones. La declaración conjunta firmada en París insiste en que «la protección de Europa requiere una solución integrada de arquitectura de defensa antimisil». Entre las empresas presentes en la reunión figuran nombres como MBDA, Thales, Saab, Leonardo, Kongsberg o Hensoldt, señal de que la base industrial europea está alineada.

Zelenskyy subrayó la necesidad de de proteger las ciudades ucranianas, cada vez más castigadas por misiles rusos que las defensas actuales no pueden interceptar. «Tenemos los misiles —dijo el presidente ucraniano en un encuentro con medios—, pero solo son partes del sistema. Juntos podemos crear este sistema completo, Freyja, en los próximos doce meses». La OTAN, en boca de su secretario general Mark Rutte, y la Comisión Europea, con Ursula von der Leyen, respaldaron la iniciativa como un pilar de la futura autonomía estratégica europea.

El proyecto Freyja no solo busca dotar a Ucrania de una defensa antimisil soberana, sino que representa el embrión de un escudo europeo que libere al continente de la dependencia de Washington en un área crítica.

España y su defensa antimisil: de la frontera sur al escudo continental

La incorporación de España a la coalición no es un gesto simbólico. Según fuentes del Ministerio de Defensa consultadas por Moncloa.com, el Gobierno ve en Freyja una oportunidad para blindar el espacio aéreo nacional más allá de las capacidades actuales del Patriot —desplegado en Turquía pero no en nuestro territorio— y para participar en el desarrollo de tecnologías críticas de mando y control. La colaboración con socios como Francia e Italia encaja, además, con el eje industrial que Moncloa quiere reforzar para el futuro caza FCAS y para sistemas terrestres avanzados.

Madrid no parte de cero. La base de Rota alberga destructores AEGIS —el sistema antimisil de la Armada estadounidense—, y el Ejército del Aire opera radares de largo alcance. Ahora, la participación en Freyja permitiría a España situarse en el núcleo duro de la defensa antimisil europea y, al mismo tiempo, extender la protección al flanco sur, una prioridad estratégica que trasciende la amenaza rusa: el Magreb y el Sahel son escenarios donde la proliferación de misiles balísticos de corto alcance es una hipótesis de trabajo en los informes de prospectiva del CNI.

Ucrania Patriot alternativo

La declaración conjunta subraya que la coalición «no se dirige contra ningún pueblo, sino en defensa del propio». Pero la realidad es que el escudo antimisil europeo que prefigura Freyja —con capacidad para decidir cuántos sistemas necesita Europa y dónde se despliegan— introduce una variable de disuasión que hasta ahora estaba en manos exclusivas de Estados Unidos. Cada país miembro conserva su grado de autonomía, según dejó claro el presidente ucraniano, y la arquitectura será modular, adaptable a distintos teatros.

Equilibrio de Poder

La geometría del poder en defensa antimisil se está reconfigurando. Washington, que en la cumbre de Ankara dio luz verde a que Ucrania fabricase sus propios interceptores Patriot, observa el nacimiento de Freyja con una mezcla de alivio —Europa asume más carga— y cautela estratégica. Si el proyecto prospera, la dependencia europea de los sistemas estadounidenses se diluirá y Bruselas ganará un margen de maniobra que inquieta a los halcones del Pentágono, recelosos de perder influencia sobre la OTAN. Moscú, por su parte, lo interpreta como un paso más hacia un «escudo antimisiles» que ya denunció en 2007 y que considera una amenaza directa a su capacidad de disuasión nuclear táctica.

Para España, el impacto de Freyja se lee en dos planos. En el militar, abre la puerta a blindar Ceuta y Melilla con capacidad antibalística propia, un salto cualitativo frente a la dependencia actual de medios navales y aéreos. En el económico, la participación industrial, aunque todavía por definir, podría implicar a empresas como Indra en los segmentos de mando y control, en línea con la voluntad de Moncloa de aumentar el retorno nacional de la inversión en defensa. No obstante, la clave está en si el Gobierno traduce ese compromiso en un incremento real del presupuesto: con un gasto que ronda el 1,3% del PIB, sostener una contribución relevante a Freyja exigiría acercarse, como mínimo, al 2% que exige la OTAN.

La lectura a medio plazo es ambiciosa: Freyja puede ser el embrión de una defensa antimisil europea autónoma que, en el horizonte de 2035, integre el sistema franco-italiano SAMP/T, el IRIS-T alemán y el propio NASAMS noruego en una sola arquitectura. La coalición deberá ahora fijar los requisitos operativos, los grupos técnicos de trabajo y una hoja de ruta hacia las primeras capacidades. El éxito de Freyja, sin embargo, se medirá no solo en probetas y lanzamientos, sino en su capacidad para sobrevivir a los ciclos electorales y a la tentación de sus miembros de priorizar los contratos nacionales sobre el interés común. La próxima reunión de seguimiento, prevista para septiembre en Copenhague, será la primera prueba de fuego.

Robotaxis Madrid 2026: la pugna entre Uber, Waymo y Cabify arranca este otoño en Madrid

Madrid se convertirá este otoño en la primera capital de la Unión Europea con robotaxis circulando por sus calles. La pugna entre Uber, Waymo y Cabify moviliza ya un pastel de cientos de millones de euros, aunque las reglas del juego aún están por definir. Las licencias, los acuerdos de flota y la experiencia de vandalismo y fallos técnicos en Estados Unidos dibujan un arranque tan ilusionante como incierto.

Claves de la operación

  • Uber ha movido ficha con WeRide. La plataforma ha cerrado una alianza con la tecnológica china y Moove Cars para operar furgonetas eléctricas sensorizadas de Geely. Avomo se encargará de la supervisión, replicando el modelo que ya funciona en Austin y Atlanta.
  • El tope son 100 licencias VTC, no nuevas sino reutilizadas. La Comunidad de Madrid ha optado por no emitir nuevas autorizaciones para esquivar un conflicto con el taxi y, en su lugar, crea una habilitación adicional de transporte autónomo. Los primeros trayectos se concentrarán en Madrid centro, Leganés y Móstoles, con Alcobendas como posible ampliación.
  • Waymo ha registrado sociedad en España pero aún no tiene socio de flota. La filial de Alphabet ha creado Waymo Iberia y mira también a Portugal. Sin embargo, Moove Cars está atado a Uber, Auro descarta negociar y Vecttor (la flota de Cabify) mantiene las conversaciones abiertas, pero sin fecha de cierre.

El tablero de las licencias: 100 VTC y un permiso a medida

El Gobierno regional ha optado por una fórmula de bajo perfil político. En vez de ampliar el número de licencias VTC, reutilizará hasta un centenar de las ya otorgadas y las acompañará de una ‘habilitación adicional de transporte autónomo’. La DGT homologa la tecnología y la Comunidad de Madrid reparte los permisos y los seguros, apoyándose en los cambios recientes de la Ley de Movilidad autonómica.

La intención es doble: por un lado, evitar un nuevo choque con el sector del taxi, que ya llevó a los tribunales las licencias de Uber y Cabify en 2018; por otro, garantizar que el despliegue comience de forma controlada, con conductor de seguridad al volante durante los primeros meses. Según fuentes del sector, a partir de noviembre los primeros coches sin conductor real podrían verse en la capital, aunque la DGT ha confirmado que aún no ha recibido solicitudes de pruebas de Uber o sus socios.

Las cifras de la flota y el precio del servicio siguen siendo un enigma. Uber no ha detallado cuántos vehículos estarán disponibles ni si el radio de acción cubrirá toda la ciudad. La empresa que en junio anunció por todo lo alto su alianza con WeRide guarda silencio sobre los detalles operativos. Quizá porque antes necesita un permiso que aún no ha pedido.

Waymo Iberia y el pulso por Vecttor: la partida no resuelta

El registro de Waymo Iberia en Madrid ha sido interpretado como una declaración de intenciones. Pero de ahí a tener coches en la calle media el mismo escollo que para Uber: hacerse con una flota propietaria de licencias. Moove Cars y Auro están descartadas; la única opción viable es Vecttor, la sociedad de Cabify que controla una parte sustancial del mercado VTC.

Desde Vecttor admiten «conversaciones abiertas con las empresas líderes en tecnología de movilidad autónoma», aunque subrayan que no hay alianza cerrada. La sombra de Phoenix, donde Waymo rompió su pacto con Uber para operar con su propia app, hace pensar que la compañía de Alphabet querrá volar sola en cuanto pueda. Si consigue un acuerdo con Vecttor, la competencia se trasladará al terreno de las marcas y la fidelidad del usuario.

El calendario sigue sin estar claro. Aunque Uber apunta a noviembre, la DGT recuerda que existen tres fases de prueba —controlada, extensiva y de pre-despliegue— y que ahora mismo solo Tesla está en la última, con 30 vehículos en pruebas por toda España. Cualquier otro operador tendrá que pasar por las mismas etapas, con conductor de seguridad obligatorio hasta que se autorice la supervisión remota. Una demora burocrática puede retrasar el sueño autónomo hasta bien entrado 2027.

El vandalismo tampoco es una hipótesis de laboratorio. Apenas hace un mes, manifestantes contra el ICE incendiaron cinco vehículos de Waymo en Los Ángeles, obligando a suspender el servicio. Y en el capítulo técnico, la propia Waymo tuvo que retirar 3.800 coches por entrar en carreteras inundadas y luego 3.900 —el 97% de la flota— por un fallo de software en zonas de obras.

Los robotaxis han llegado a L.A. con coches quemados y retiradas masivas. Antes de que nadie cante victoria en Madrid, conviene leer la letra pequeña.

El espejo de Phoenix y el recuerdo de la guerra del taxi

En el fondo del tablero, el precedente de la movilidad bajo demanda en España pesa más que cualquier cifra de inversión. La guerra del taxi, que paralizó Barcelona y Madrid en 2018 y acabó con un decreto ley que limitó las licencias VTC a una por cada treinta taxis, enseñó que la calle y el BOE son dos campos de batalla conectados. Los robotaxis podrían reabrir esa herida si el sector del taxi percibe que el centenar de permisos reciclados es solo el principio de una liberalización.

La experiencia de Phoenix ofrece otro aviso. Allí, Waymo empezó apoyándose en la infraestructura de Uber y, en cuanto consolidó su marca, recuperó los coches y lanzó su propia aplicación, dejando a su socio sin el negocio que él mismo había ayudado a construir. Si Waymo replica la estrategia en Madrid, Cabify y Uber se verán forzadas a pelear por la fidelidad del pasajero justo cuando el servicio aún no es rentable.

Desde esta redacción observamos que el verdadero riesgo no es la tecnología, sino la compleja maraña de licencias, alianzas y recelos que se arrastra desde la era VTC. Un otoño de pruebas piloto con conductor de seguridad parece lo más probable; un despliegue masivo sin intervención humana, todavía una quimera. El hito a vigilar será la primera solicitud oficial de pruebas de un robotaxi ante la DGT, porque a partir de ahí empezará a correr el reloj de verdad.

Y entonces, la realidad. No es lo mismo anunciar una alianza que tener coches circulando con un pasajero a bordo y sin nadie al volante. Cosas que pasan en 2026.