Complemento de maternidad: requisitos, cambios y cómo solicitarlo

Hay novedades con el complemento de maternidad. El Consejo de Ministros aprobó ayer extender este derecho, que funciona como un plus a la pensión. Pero no ha sido por iniciativa propia, sino para adaptarse a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de diciembre de 2019 y acabar así con la brecha de género y la discriminación hacia los hombres. Veamos todo lo que hay que saber sobre esta nueva ventaja, los requisitos, los cambios y cómo solicitarlo.

Dos puntos importantes a conocer es que la cuantía será fija y no como porcentaje -como anteriormente- y se aplicará desde el primer hijo. En total serán 378 euros anuales (en mensualidades de 27 euros) por cada hijo hasta un máximo de cuatro. Recordemos que, hasta ahora, este complemento de la pensión sólo se le reconocía a las mujeres madres y además con dos o más hijos. Quedaban excluidos los padres y las madres con un sólo vástago.

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Quiénes podrá solicitarlo

A25S0037 Moncloa

Para beneficiarse del complemento de maternidad, no sólo podrán optar las familias con hijo regularizadas, sino que también accederán temporeros o personas sin hogar que residen temporalmente con familiares o en albergues, centros de acogida o pisos tutelados, gracias a la flexibilización de los requisitos de acceso al ingreso mínimo vital (IMV). También llegarán a las personas en situaciones más complejas, como el caso de las personas en situaciones de convivencia transitoria como el caso de recientes divorcios o desahuciados.

El objetivo es llegar por tanto al mayor número de personas. La clave consiste en «flexibilizar lo que se entiende por unidades de convivencia», explicó Escrivá. Pretenden alcanzar a «un mayor número de personas que estaban siendo rechazadas o que ni siquiera llegaban a pedirlo».

Y por supuesto en todos los casos habituales: todas las mujeres con uno o más hijos y que cobren una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, más ahora las madres con una jubilación voluntaria anticipada, a los que hay que sumar con la reforma los padres que acrediten perjuicio en su trayectoria laboral.