El exministro del Interior Jorge Fernández Díaz ha mostrado su disconformidad con el hecho de que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, que investiga la denominada ‘operación Kitchen’, espere a conocer si la Unidad de Asuntos Internos (UAI) de la Policía Nacional tiene interés en seguir indagando en el móvil del expolítico antes de devolvérselo.
Fernández Díaz, investigado por su presunto conocimiento del operativo parapolicial montado en 2013 para espiar al extesorero del PP Luis Bárcenas, entregó su terminal a requerimiento del titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 para examinar si en el teléfono se encontraban los mensajes que el ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez –también imputado– había protocolizado ante notario y que, según él, demostraría que el exministro le dio instrucciones de recabar información sobre la operación.
En un escrito, la defensa del exministro, que siempre ha negado la versión del que fuera su ‘número dos’, indica que en el dispositivo móvil entregado –que no es el que Fernández Díaz usaba en el momento de la ‘Kitchen’, sino el que utilizó después– se «comprobó que no existían los mensajes». Añade que tras practicar esta diligencia no se le ha devuelto el terminal, sino que se ha condicionado esta decisión a la opinión de la UAI.
El pasado 23 de febrero, la Letrada de la Administración de Justicia emitió una diligencia de ordenación, en la que, «previo a la devolución del teléfono móvil» a Fernández Díaz, se requiere a dicha unidad policial «que informe a este juzgado sobre las diligencias que puedan ser objeto de interés para la investigación en la presente pieza separada».
ES «IMPROCEDENTE E INÚTIL»
El abogado Jesús Mandri, que ejerce la defensa de Fernández Díaz, considera que esta decisión es «improcedente e inútil», por lo que pide al magistrado Manuel García Castellón que deje sin efecto el requerimiento.
Por un lado, argumenta que la decisión de «suma relevancia» de seguir practicando diligencias de investigación tiene que ser acordada por el juez instructor y no se puede «delegar tal función» a la Unidad de Asuntos Internos de la Policía.
Por ello considera que de ser así, la diligencia sería «claramente prospectiva», ya que se haría una «investigación genérica» del móvil de Fernández Díaz. Según indica el letrado en el escrito, no se concretan ni los «límites ni fines concretos», lo que, a su juicio, conllevaría una vulneración del derecho fundamental a la intimidad de su cliente.
En este sentido, apunta que esta decisión además es contraria a los requerimientos que el propio juez hizo en noviembre de 2020 y enero de 2021 a Fernández Díaz y en los que ciñó el análisis del terminal móvil a buscar rastro de las conversaciones que Martínez registró ante notario.
Insiste la defensa de Fernández Díaz en que el teléfono puede contener «información muy sensible que no guarda relación con los hechos que son objeto de investigación en esta causa», ya que pertenece a alguien que ha sido ministro del Interior durante cinco años. Por este motivo, exigió que se adoptaran medidas de seguridad oportunas y necesarias para garantizar la confidencialidad y la reserva respecto al contenido del móvil.
EL REQUERIMIENTO NO LO HACE EL JUEZ
Por otra parte, el abogado del que fuera ministro del primer Gobierno de Mariano Rajoy también rechaza que el requerimiento efectuado a la Unidad de Asuntos Internos se haga mediante una diligencia de ordenación de la Letrada de Administración de Justicia y no a través de una providencia o auto del juez instructor.
Explica que la vía empleada causa «indefensión formal y material», ya que prescinde de motivar la decisión y, por tanto, impide que pueda ser «combatida con garantías» a través de un recurso ante la Sala, que es el órgano superior jerárquico al Juzgado de Instrucción.