La Fiscalía General del Estado alerta de que menores de 10 y 11 años acceden a contenidos perjudiciales que ya llegan a los juzgados españoles.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué advierte la Fiscalía? Elvira Tejada, fiscal de Sala Coordinadora contra la Criminalidad Informática, constata el acceso temprano de menores a pornografía, violencia extrema y contenidos manipulados con inteligencia artificial.
- ¿Qué base jurídica aplica? La Ley Orgánica 8/2021 introdujo los delitos de riesgo por difusión de contenidos que incitan al suicidio, a las autolesiones o a los trastornos alimentarios.
- ¿Qué impacto tiene? Los expedientes por delitos sexuales con agresor menor crecen un 53 % según la Memoria de la Fiscalía, mientras las reformas en curso prevén la retirada cautelar de contenidos y la verificación de edad.
El diagnóstico de la Fiscalía sobre el entorno digital
Elvira Tejada de la Fuente, fiscal de Sala Coordinadora contra la Criminalidad Informática, expuso este cuadro durante las XX Jornadas de Documentos Jurídicos y Psiquiátricos, celebradas en Sevilla el viernes y el sábado previos. La criminalidad informática contra menores deja de ser un supuesto hipotético y se traslada a las fiscalías y a los órganos judiciales.
Los datos que maneja la fiscal miden la extensión del fenómeno. El 99,9 % de los jóvenes de entre 16 y 25 años utiliza Internet a diario y, entre los niños de 10 a 15 años, el porcentaje alcanza el 97,5 % de los menores de esa franja. Cerca del 90 % de los adolescentes usa habitualmente redes sociales, con edades de inicio que se sitúan en los 10 y 11 años.
El foco se desplaza a conductas con relevancia penal. Seis de cada diez menores reconocen haber presenciado actos de violencia digital; la mitad admite haber sido víctima, y uno de cada cuatro declara haber ejercido esa violencia. La Memoria de la Fiscalía General del Estado registra un incremento del 53 % de expedientes por delitos sexuales con agresor menor y un 15 % en delitos de violencia contra la mujer o doméstica protagonizados por menores.
Las reformas legales en tramitación

Buena parte de los cambios anunciados afecta a las reformas en tramitación. Se plantea elevar de 14 a 16 años la edad para consentir autónomamente el tratamiento de datos personales, prohibir los mecanismos aleatorios de recompensa en juegos digitales e imponer a los fabricantes y distribuidores de dispositivos conectados la incorporación de controles parentales por diseño.
El eje más sensible es la verificación de edad para impedir el acceso a pornografía o violencia extrema. La fiscal resumió el conflicto entre proteger a los menores y salvaguardar la intimidad y la privacidad de los usuarios. Las reformas prevén además que un juez pueda prohibir a una persona acceder a espacios de Internet o comunicarse con otros usuarios, incluso de forma cautelar.
La Fiscalía General del Estado sitúa la retirada cautelar de contenidos y la verificación de edad como ejes de la reforma penal digital.
Las nuevas conductas se tipifican de forma progresiva. Se plantea agravar la responsabilidad de quienes empleen identidades falsas para aproximarse a menores y la tipificación de contenidos creados con inteligencia artificial de carácter sexual, humillante o denigrante. La fiscal advirtió de que existen depredadores sexuales que, aun sometidos a un procedimiento judicial, «siguen yendo a los mismos foros a buscar a los niños para continuar sus prácticas».
La doctrina jurisprudencial
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, introdujo los delitos de riesgo vinculados a la difusión de contenidos que incitan al suicidio, a las autolesiones o al desarrollo de trastornos alimentarios. El criterio interpretativo consolidado sobre estos tipos no exige la producción del resultado lesivo: basta la difusión. El juez puede ordenar la retirada del contenido incluso cuando no haya podido identificarse al responsable.
El criterio previo en materia de criminalidad informática se apoyaba en la lesión consumada o en la tentativa, con las dificultades probatorias que ello implicaba. El giro hacia los delitos de riesgo adelanta la barrera punitiva y habilita la tutela cautelar. El child grooming queda encuadrado en los delitos contra la libertad sexual del menor.
Sobre la práctica procesal, el impacto es directo. Los expedientes por delitos sexuales con agresor menor crecen un 53 % y los de violencia de género o doméstica protagonizados por menores un 15 %, según la Memoria de la Fiscalía. La tipificación expresa de contenidos manipulados con inteligencia artificial y la agravación por uso de identidad falsa amplían los títulos de imputación a disposición de los operadores jurídicos.
Las reformas se encuentran en tramitación y su entrada en vigor depende del calendario legislativo. La verificación de edad y el control parental por diseño trasladan obligaciones a fabricantes y plataformas, cuyo régimen de responsabilidad queda por definir. La fiscal concluyó que la respuesta no puede agotarse en el Derecho penal y exige prevención, formación y cooperación entre administraciones.
FICHA DEL CASO
- El caso: Ponencia de la Fiscalía de Sala Coordinadora contra la Criminalidad Informática sobre la protección de menores en el entorno digital, expuesta en las XX Jornadas de Documentos Jurídicos y Psiquiátricos de Sevilla.
- Datos importantes: La Ley Orgánica 8/2021 introdujo los delitos de riesgo por difusión de contenidos que incitan al suicidio o a las autolesiones; la Memoria de la Fiscalía registra un aumento del 53 % de expedientes por delitos sexuales con agresor menor. No hay sentencia asociada a esta información.
- Fecha de los juicios: Jornadas celebradas el fin de semana previo a la publicación de la fuente, el 4 de octubre de 2026. Las reformas legales analizadas permanecen en tramitación.
- Personas acusadas y por qué: N/A. La información no versa sobre un proceso con acusados identificados.

