El decreto de vivienda ya está en vigor tras publicarse en el BOE, con prórrogas obligatorias de alquiler y límites a las subidas de precio. La norma cambia de un día para otro la situación de unos 5 millones de inquilinos bajo 1,8 millones de contratos que vencen antes del 31 de diciembre de 2028, según el texto recogido por el Boletín Oficial del Estado.
Qué cambia exactamente en tu contrato desde hoy
El decreto, aprobado por el Consejo de Ministros (el órgano colegiado del Gobierno que aprueba decretos y proyectos de ley), permite a los inquilinos con contrato en vigor solicitar una prórroga extraordinaria de dos años. Esa prórroga es de obligado cumplimiento: la prórroga obligatoria de dos años impide subir el alquiler y bloquea que el casero eche al inquilino para alquilar a otra persona.
La medida cubre los contratos que vencen antes del 31 de diciembre de 2028. Los caseros no podrán subir el alquiler con el cambio de contrato durante esos años, a no ser que el inquilino decida irse por voluntad propia.
La prórroga estará activa al menos un mes, hasta que la convalide la Diputación Permanente del Congreso. Solo quedará sin efecto si existe un acuerdo entre las partes para un nuevo contrato o si el propietario necesita la vivienda para residir.
Congelación de precios y topes al alquiler
Además de la prórroga, los precios no pueden subir con las novaciones anuales. Las novaciones anuales quedan congeladas por encima del índice de referencia y topadas a un máximo del 2% cuando el piso está por debajo, según detalla el decreto.
Los contratos de temporada y de habitaciones también cambian. En los futuros contratos de temporada, el arrendador deberá acreditar la temporalidad con pruebas; si no lo hace, el contrato se considerará de vivienda habitual. Las habitaciones pasan a regirse por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y no por el Código Civil, con lo que tendrán la misma protección que el alquiler de una vivienda entera.
El escudo no solo protege al inquilino: las comunidades que no ofrezcan alternativa residencial tendrán que cubrir de su bolsillo la deuda del impago.
Más protección frente a los desahucios
Los inquilinos vulnerables amenazados de desahucio por impago estarán más protegidos, pero también sus caseros. La norma reitera la obligación de las administraciones autonómicas, y locales de ofrecer una alternativa residencial. Si no lo hacen, deberán cubrir las deudas del impago, que después abonará el Gobierno central.
También se limita la compra de viviendas por parte de empresas a un precio del 70% del valor de mercado o inferior. La compra de viviendas por empresas se limita al 70% del valor, lo que busca reducir la compraventa de casas con inquilino que en ocasiones precede a desalojos forzosos.
La votación que decidirá su continuidad
La prórroga es casi idéntica a la que el Congreso tumbó en junio, pero esta vez el Gobierno no depende de Junts. El PNV ya ha anunciado que apoyará la convalidación en la Diputación Permanente, el órgano que vela por el Congreso cuando no está en periodo de sesiones. La norma debe superar esa votación en el plazo máximo de un mes para seguir en vigor.
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Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? El decreto de vivienda ha entrado en vigor tras su publicación en el BOE, con prórrogas y topes al alquiler.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? El Gobierno central, los inquilinos y los caseros; la norma afecta a unos 5 millones de inquilinos.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? La Diputación Permanente del Congreso debe convalidar el decreto en un plazo máximo de un mes.

