TSJ de Cataluña anula la ruptura de Barcelona con Israel y tumba el veto a sus empresas

La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo considera que el acuerdo de 2023 discrimina a terceros y excede el carácter político de una declaración institucional. El Ayuntamiento de Collboni anuncia que recurrirá.

El TSJ de Cataluña deja sin efecto la ruptura de Barcelona con Israel y anula el veto municipal a las empresas israelíes. La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo estima parcialmente el recurso de la entidad Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) contra la declaración institucional que el Ayuntamiento aprobó en noviembre de 2023.

La resolución, adelantada por El Mundo, tumba los dos apartados del acuerdo con efectos prácticos: la cláusula que excluía a empresas israelíes de la contratación municipal y la interrupción de relaciones institucionales con Israel. El fallo no discute el derecho del consistorio a posicionarse sobre un conflicto internacional. Lo que niega es el blindaje jurídico de ese posicionamiento cuando genera consecuencias concretas para terceros.

El texto lo presentó el grupo de los comunes y salió adelante en el pleno con el voto afirmativo del Ejecutivo municipal del PSC y de Esquerra Republicana. Junts, el Partido Popular y Vox votaron en contra. Entre los apartados aprobados figuraba el de interrumpir las relaciones con el Gobierno ‘actual’ de Israel ‘hasta que no haya un alto al fuego definitivo y no se garantice el respeto a los derechos básicos del pueblo palestino.

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Del pleno de noviembre de 2023 al correctivo judicial

Antes de que el asunto llegara al TSJC ya había pronunciamiento en primera instancia. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Barcelona anuló la declaración municipal, y el tribunal superior confirma ahora el fondo al borrar del ordenamiento local tanto la exclusión de licitadores como la suspensión de los vínculos institucionales.

El razonamiento de la sala sostiene todo el fallo. Sobre la interrupción de relaciones, los magistrados consideran que la medida ‘implica una discriminación de terceros‘ y que excede el carácter ‘político’ propio de una declaración institucional amparada por la autonomía municipal. La sentencia añade que el apartado no puede considerarse ‘carente de efectos prácticos directos’. Traducido: no es solo un gesto, y por eso el tribunal entra.

La reacción del consistorio llegó por boca de la primera teniente de alcalde, Laia Bonet. El Ayuntamiento de Barcelona está ‘a la espera de los detalles’ del texto completo y ha anunciado que recurrirá la sentencia. Nadie ha concretado todavía por qué vía.

Una declaración de intenciones puede ser política; una cláusula que cierra la puerta a un contratista ya no lo es, y ahí es donde entra el tribunal.

Lo que cambia en los contratos y en la relación institucional

ruptura relaciones Israel Barcelona

El efecto práctico del fallo se nota en los expedientes. Sin la cláusula de exclusión, los servicios jurídicos municipales deben revisar los pliegos para dejar constancia de que no existen vetos por razón de nacionalidad del licitador. El Ayuntamiento es una de las mayores administraciones contratantes de España, así que el criterio no es un detalle menor para las áreas de movilidad, obras servicios sociales o mantenimiento.

En paralelo, la interrupción de relaciones institucionales se queda sin efecto legal. Eso no obliga a la alcaldía a firmar convenios con Israel ni a recibir a sus representantes, pero sí impide sostener la ruptura como una decisión administrativa con consecuencias sobre terceros. El gesto simbólico sigue siendo posible. Lo que ya no cabe, según la sala, es darle cobertura normativa.

Ahí aparece la incomodidad política. El PSC y ERC votaron el mismo texto y comparten ahora el mismo correctivo judicial, en un mandato en el que ambos sostienen a la vez el Govern catalán y buena parte del tablero municipal. La sentencia no deja margen a lecturas amables. Quien defienda el acuerdo tendrá que explicar por qué vetar a una empresa por su origen no era discriminar.

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El coste de convertir la política exterior en un gesto local

Lo que observamos es un patrón que se repite en Cataluña desde hace una década: consistorios que aprueban declaraciones de política exterior con vocación de efecto real y acaban corregidos por los tribunales. Las declaraciones institucionales gozan de un espacio protegido enorme mientras se mantienen en el terreno de la expresión. El problema empieza cuando el gesto baja al articulado: ahí ya no se aplica criterio político, se aplica derecho administrativo.

La lectura de fondo incomoda más. Barcelona ha construido buena parte de su proyección exterior sobre una identidad de ciudad global, mediadora y comprometida, y ese relato exige una coherencia que ningún tribunal está obligado a comprar. En esta redacción entendemos que el fallo no cierra el debate sobre Gaza en la política catalana, pero fija un límite nítido: los símbolos caben, los vetos no.

Al Ayuntamiento le queda una decisión procesal y otra política. La primera pasa por llevar el asunto al Tribunal Supremo mediante recurso de casación o por asumir la sentencia en segunda instancia. La segunda consiste en explicar ante su propio electorado una retirada que ERC defenderá con incomodidad en el próximo ciclo de negociación municipal. Nadie en el consistorio quiere poner el foco ahí. De momento, la pelota está en los despachos.