El inquilino afectado por el caso del ariete, en el que se investiga a seis policĂas por irrumpir a la fuerza en una fiesta ilegal en el barrio de Salamanca, ha solicitado al juez Jaime Serrat, a travĂ©s de su defensa, que testifique el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska.
La solicitud de testifical se enmarca en la baterĂa de diligencias solicitadas hoy por el abogado del morador, el letrado Juan Gonzalo Ospina, en el marco de la audiencia celebrada entre las partes para trasladar a los seis agentes implicados en la causa su procesamiento por un delito de allanamiento de morada.
El procedimiento tiene su origen en una querella interpuesta por el morador y a instancias de que los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid ordenaran investigar los posibles excesos policiales llevados a cabo en la intervenciĂłn policial realizada el pasado 21de marzo.
En la vista, el fiscal ha solicitado archivar la causa respecto a cinco de los policĂas y mantener la acusaciĂłn solo para el responsable del operativo policial desplegado el pasado 21 de marzo para frenar una fiesta ilegal que se estaba celebrando a pesar de las restricciones sanitarias por la pandemia.
El letrado Juan Gonzalo Ospina ha solicitado la testifical del ministro en aras de acreditar que «el Ministerio del Interior no autorizĂł de manera previa la actuaciĂłn de los agentes de la PolicĂa Nacional para infringir el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se cometan infracciones administrativas».
AsĂ como acredite si «apoyĂł la actuaciĂłn de los agentes a posteriori de sus acciones, entendiendo que dicha actuaciĂłn es lĂcita, sin embargo, dicha funciĂłn no es del Ministerio de Interior, sino de los propios tribunales».
DILIGENCIAS SOLICITADAS
Entre otras diligencias, tambiĂ©n ha solicitado que se cite a declarar en calidad de testigo al representante jurĂdico de Netpol Seguridad S.L.; asĂ como a su directora ejecutiva e incluso al administrador de dicha empresa, a efectos de que comparezcan a manifestar si tienen algĂşn grado de parentesco o relaciĂłn análoga con los agentes investigados.
La solicitud está encaminada a conocer «el grado y conocimientos jurĂdicos sobre los hechos enjuiciados, sus conocimientos sobre los delitos de allanamiento de morada y contra la inviolabilidad del domicilio, asĂ como sobre los supuestos errores de prohibiciĂłn de los investigados, y si los mismos han tenido formaciĂłn en dicha academia».
RECURSOS DE LOS AGENTES
El caso está pendiente de un recurso de apelaciĂłn interpuestos por los agentes en la Audiencia Provincial de Madrid. En su recurso, las defensas de los policĂas sostienen que «el inmueble donde sucedieron los hechos no constituye morada, sino que, por el contrario, se trata de un piso que fue alquilado con la exclusiva finalidad de celebrar fiestas, incumpliendo la normativa existente como consecuencia del Estado de Alarma decretado por la pandemia».
La impugnaciĂłn recalca que es «un hecho acreditado que durante el Estado de Alarma, y más en concreto en las fechas en las que sucedieron los hechos, se alquilaron pisos turĂsticos que, bajo la apariencia de pisos destinados al alojamiento de turistas, se destinaron Ăşnicamente a la celebraciĂłn de fiestas, eludiendo la normativa impuesta.
El recurso recoge que los agentes declararon ante el juez que pudieron observar que «se trataba de un piso utilizado para la celebración de fiestas ilegales y no de un piso utilizado como vivienda, ni siquiera de carácter temporal».
«ConclusiĂłn a la que llegaron tras observar, entre otras cosas, que no constaba nombre identificativo en el buzĂłn de la correspondencia, que la puerta del inmueble disponĂa de un sistema de apertura telemático o tipo WiFi de los que habitualmente se utilizan en los pisos turĂsticos y que, los propios vecinos, moradores del piso 1Âş C, y requirentes, manifestaron que se trataba de un piso utilizado Ăşnicamente para hacer fiestas de jueves a domingo.
La investigaciĂłn penal se abriĂł a raĂz de una querella del inquilino y despuĂ©s de que la Audiencia Provincial de Madrid ordenara investigar a los agentes por excederse en su intervenciĂłn policial.
AMPARADOS POR LA LEY
Los policĂas defendieron ante el juez que su intervenciĂłn se realizĂł conforme derecho en defensa del descanso vecinal. Manifestaron entonces que estaban amparados por la ley al considerar que se estaba cometiendo un delito de desobediencia al negarse el inquilino y las personas que estaban celebrando la fiesta en el interior a identificarse.
Sin embargo, el abogado del inquilino, el letrado Juan Gonzalo Ospina, se mostrĂł contrario a la postura de los agentes al manifestar que en el caso de que no se hubieran identificado se hubiera incurrido en una infracciĂłn administrativo y no en un delito flagrante tipo un intento de homicidio, en cuyo caso los agentes podrĂan haber actuado.