Quim Torra mantendrĂ¡ el sueldo y los honores de expresidente

El expresidente de la Generalitat Quim Torra mantendrĂ¡ el sueldo y los honores de expresidente despuĂ©s de que, en la vista de ejecuciĂ³n de la condena de inhabilitaciĂ³n de este miĂ©rcoles en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la FiscalĂ­a no se ha opuesto a que los conserve.

Fuentes presentes en la sala han explicado que la sentencia del TSJC especifica los cargos por los que se inhabilita a Torra, pero no los honores, y el Ministerio PĂºblico no se ha opuesto a que conserve el sueldo de expresidente.

Las fuentes consultadas han explicado que el fiscal considera que el salario de expresidente no se puede entender como un honor, sino una forma de evitar que quienes han ocupado el cargo pasen a trabajar en la empresa privada.

AsĂ­, la defensa de Torra, que ejerce el abogado Gonzalo Boye, y la FiscalĂ­a han coincidido en que Torra mantenga las condiciones como expresidente, incluyendo la oficina de expresidente, a pesar de la condena a 18 meses de inhabilitaciĂ³n, aunque las partes han disentido en cĂ³mo computar el tiempo de inhabilitaciĂ³n fijado en la sentencia.

Por una parte, el fiscal sostiene que deben contarse los 18 meses a partir del dĂ­a en que Torra fue condenado y cesado como presidente: la sentencia del Supremo que avalĂ³ la condena fue el 28 de septiembre de 2020, y el Diario Oficial de la Generalitat (Dogc) publicĂ³ la sustituciĂ³n de Torra por el vicepresidente Pere Aragonès dos dĂ­as despuĂ©s, por lo que en este escenario la inhabilitaciĂ³n terminarĂ­a a finales de marzo de 2022.

En cambio, la defensa ha esgrimido que debe tenerse en cuenta el tiempo desde que Torra no tiene escaño en el Parlament -a raĂ­z de una resoluciĂ³n de la Junta Electoral Central (JEC) del 3 de enero de 2020-, porque ya ocho meses antes de la sentencia se le privĂ³ de uno de sus dos cargos pĂºblicos.

En este escenario, fuentes presentes en la sala han explicado que el tribunal tambiĂ©n estudiarĂ¡, a peticiĂ³n de la defensa de Torra, la posibilidad de que estos ocho meses desde que dejĂ³ el escaño hasta la sentencia puedan contabilizarse en parte, al menos en un 50%, como cumplimiento de la condena, ya que durante ese tiempo solo ejerciĂ³ la mitad de sus cargos pĂºblicos.

La condena de Torra tambiĂ©n implica una multa de 30.000 euros en total, y su letrado presentarĂ¡ en los prĂ³ximos dĂ­as el tribunal un documento con una propuesta sobre cĂ³mo pagarla, y despuĂ©s los magistrados de la Sala Civil y Penal decidirĂ¡n los detalles sobre el cumplimiento de la condena.

CONDICIONES DE EXPRESIDENTE

Las atribuciones a los expresidentes de la Generalitat las fija la Ley del estatuto de los expresidentes, de 2003, que establece que quienes salgan del cargo «tienen derecho a percibir, por un periodo equivalente a la mitad del tiempo que han estado en el cargo y, como mĂ­nimo, por una legislatura, una asignaciĂ³n mensual equivalente al 80%» del sueldo que tenĂ­an como presidente, y una pensiĂ³n vitalicia del 60% del sueldo de presidente a partir de los 65 años.

Cobrar el sueldo o la pensiĂ³n de expresidente es incompatible con cargos pĂºblicos o cualquier trabajo en el Ă¡mbito pĂºblico o privado asĂ­ como con la participaciĂ³n en consejos de administraciĂ³n.

Uno de los supuestos que la Ley recoge para revocar las prerrogativas de expresidentes es una condena penal firme, para lo que es necesario una mayorĂ­a de dos tercios en el Parlament.