La otra España se prepara: los madrileños calientan motores para el puente tras reabrir Madrid

  • El TSJ ha rechazado el cierre de Madrid que impuso el Ministerio de Sanidad alegando que se ven afectados los derechos y libertades fundamentales
  • Pedro Sánchez no descarta un nuevo estado de alarma en la Comunidad de Madrid
  • Ayuso insta a los madrileños a no desplazarse durante el puente del Pilar
  • El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha tumbado la ratificación de las medidas preventivas que establecían las restricciones de los municipios acordadas por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid . El TSJ ha rechazado así el cierre de la capital que impuso el Ministerio de Sanidad alegando que se ven afectados los derechos y libertades fundamentales. Por su parte la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, presentó un recurso en la Audiencia Nacional para suspender la orden del Gobierno que acordaba el cierre perimetral de Madrid y de nueve municipios madrileños con el fin de frenar la expansión del coronavirus.

    Los magistrados han establecido en la resolución que se encuentran «ante un marco legal que difiere sustancialmente del que fue objeto de análisis, coincidiendo con la ratificación de las medidas sobre áreas sanitarias, de 24 de septiembre y 1 de octubre, ya que, como reconoce el propio letrado de la Comunidad de Madrid, lo que se solicita en esta ocasión es la ratificación del mandato obligado del ministro de Sanidad por el que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2″.

    El auto ha realizado, además, una crítica al Gobierno puesto que consideran que es “llamativo” que en el escenario sanitario que se está viviendo no se haya abordado una reforma del marco normativo para ajustarlo así a las necesidades que ha provocado la pandemia y que hay que combatir. Los magistrados han concluido que son «conscientes de la gravedad de la crisis sanitaria sin precedentes, ante la que se enfrentan los poderes públicos y que padece nuestra sociedad, constatada ya el 11 de marzo de 2020, cuando la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19 a pandemia internacional. También lo es de la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces de diversa índole para proteger la salud de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud, entre las que cabría incluir medidas limitativas de derechos fundamentales de mayor o menor alcance. Para ello nuestro sistema constitucional articula instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes para delimitar, modular, restringir, e incluso suspender los derechos fundamentales de las personas, respetuosos con las garantías constitucionales».

    INCERTIDUMBRE EN EL SECTOR

    Este anuncio ha levantado ampollas entre determinados sectores de la población que consideran que reabrir la capital supondrá el éxodo de los madrileños en el puente del Pilar que arranca mañana a pesar de las recomendaciones de Ayuso, que insta a los ciudadanos a no desplazarse.

    La Confederación Empresarial de Hosteleros Españoles considera que abrir Madrid si que supondrá un incremento de los ingresos en el sector, a pesar de que continúen vigentes las restricciones en el aforo y el horario, pero se quejan de la falta de planificación con la que cuentan los negocios para adaptarse a los constantes cambios por parte del Gobierno y una gran sensación de inseguridad que impide el correcto funcionamiento de los establecimientos. Respecto a los consumidores, consideran que el ir y venir de las decisiones provoca en la población un descontento que provoca que no salgan.

    ESTADO DE ALARMA

    Pedro Sánchez no descarta solicitar el estado de alarma en Madrid tras la decisión del TSJM, que ha rechazado aplicar las medidas dictadas por el ministerio de Sanidad para algunos municipios de esa comunidad. El TSJ considera que el cierre afecta a los derechos fundamentales de los ciudadanos situación que, solo se puede declarar a través de la declaración del estado de alarma.