EN 30 SEGUNDOS
- ¿A quién afecta? A los más de 1,3 millones de hogares de Madrid capital que pagaron la tasa de basuras durante 2025.
- ¿Cuándo ocurre? El Ayuntamiento prepara el recurso de casación ante el Supremo en las próximas semanas, tras la sentencia del TSJM conocida esta semana.
- ¿Qué cambia hoy? Almeida confirma que no habrá devolución del dinero cobrado mientras el recurso esté en marcha, pese a la anulación judicial del tributo.
El Ayuntamiento de Madrid recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia del TSJM que anula la tasa de basuras de 2025, pero José Luis Martínez-Almeida ha avanzado que no procederá a devolver lo cobrado a los vecinos. La decisión, anunciada este miércoles por el alcalde, abre un nuevo frente jurídico y político en una legislatura ya marcada por la pulsión recaudatoria del Consistorio.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, hecha pública en los últimos días, considera que la ordenanza que reguló el tributo en 2025 no respetó los principios de equivalencia y proporcionalidad exigidos por la Ley de Haciendas Locales. En román paladino: el Ayuntamiento no acreditó que lo recaudado por cada hogar guardara una relación razonable con el coste real del servicio que recibía.
Por qué Almeida no piensa devolver el dinero pese a la anulación
El argumento del equipo de Gobierno municipal se sostiene en un cálculo procesal. Mientras el recurso de casación esté admitido a trámite, la sentencia del TSJM no es firme. El Consistorio se acoge a esa ventana para mantener congelada cualquier devolución, una estrategia que ya ensayó con las multas de la Zona de Bajas Emisiones tras la anulación parcial del Supremo.
En aquel precedente, el Ayuntamiento sostuvo durante meses que las sanciones impuestas seguían siendo válidas porque el fallo no era firme y porque la ordenanza posterior había subsanado los defectos detectados. La calle dice otra cosa. Un porcentaje notable de afectados acabó recurriendo individualmente y la conflictividad judicial se disparó.
La tasa de basuras se aprobó en 2024 con efectos desde enero de 2025, en cumplimiento de la Directiva europea de Residuos transpuesta por la Ley 7/2022 estatal, que obliga a los municipios a financiar el servicio mediante un tributo específico y no con cargo al IBI. Madrid, como buena parte de las grandes ciudades españolas, optó por una tasa con tramos vinculados al valor catastral, fórmula que la sentencia del TSJM cuestiona frontalmente.
Lo que está en juego para los bolsillos madrileños
La cifra no es menor. Según los presupuestos municipales aprobados, la tasa de basuras supuso una recaudación cercana a los 280 millones de euros en 2025, con una factura media por hogar que osciló entre los 80 y los 250 euros anuales según el valor catastral del inmueble. Para una familia de Carabanchel con vivienda media, el desembolso rondó los 110 euros. En zonas de Salamanca o Chamberí, superó los 220.
Si finalmente el Supremo confirma la anulación, el Ayuntamiento se enfrentaría a un escenario complejo: devolver lo cobrado con intereses, rediseñar la ordenanza desde cero y, además, encajar el agujero en las cuentas municipales de 2026 y 2027. La oposición, liderada por Más Madrid y PSOE, ya ha exigido la devolución inmediata por la vía administrativa sin esperar al Supremo.
El Ayuntamiento ha encontrado en el recurso de casación una palanca para ganar tiempo, pero cada mes de demora suma intereses de demora y desconfianza vecinal.
Los grupos de la oposición han registrado iniciativas para forzar un debate monográfico en el próximo pleno de mayo. La portavoz socialista ha advertido de que mantener el cobro tras una sentencia anulatoria abre la puerta a una avalancha de reclamaciones individuales, como ya ocurrió con la plusvalía municipal tras el fallo del Constitucional de 2021.
Un patrón que se repite: del SER a la ZBE, del IBI a las basuras
Analizamos esta decisión como parte de un patrón reconocible en la gestión tributaria de Cibeles durante esta legislatura. Cuando un tribunal cuestiona una figura recaudatoria, el Ayuntamiento opta por agotar los recursos antes que asumir la devolución, aun a riesgo de engordar la factura final. Lo vimos con las tarifas del SER revisadas tras varios autos del TSJM, lo vimos con las multas de la ZBE de Distrito Centro y lo estamos viendo ahora con la tasa de residuos.
La comparación con Barcelona es ilustrativa. El Ayuntamiento que dirige Jaume Collboni también afronta litigios por su tasa de residuos, pero ha optado por una fórmula mixta que vincula parte del tributo a la generación real de residuos por hogar, lo que reduce la exposición jurídica. En Valencia, la tasa equivalente se aprobó con un informe técnico-económico mucho más detallado, precisamente para blindarla frente a recursos como el que ahora ha prosperado en Madrid.
Cabe recordar que la financiación municipal en España atraviesa un momento delicado. La supresión de la plusvalía tradicional, la pérdida de ingresos por el IBI en algunos tramos y la obligación europea de financiar la recogida de residuos con tasa específica han dejado a los consistorios con menos margen del habitual. Eso no exime al Ayuntamiento de Madrid de la obligación de aprobar ordenanzas técnicamente sólidas. La sentencia del TSJM apunta justamente a ese flanco.
El siguiente hito será la admisión a trámite del recurso por parte del Supremo, que suele tardar entre seis y nueve meses. Hasta entonces, los vecinos que quieran recuperar lo pagado tendrán que recurrir individualmente o esperar a un pronunciamiento firme. El reloj empieza a correr.

