La Asociación de Fiscales pide a Teresa Peramato que aclare la comunicación de la Fiscalía a la Comisión Europea

La Comisión Ejecutiva de la Asociación de Fiscales pide por carta de 19 de agosto que se aclare si la comunicación remitida a Bruselas incluyó valoraciones sobre otro órgano nacional. La solicitud apunta al artículo 124 de la Constitución y a la posición institucional del Ministe

La Asociación de Fiscales pide a la fiscal general del Estado, Teresa Peramato, que aclare la comunicación de la Fiscalía a la Comisión Europea. La solicitud se formaliza mediante una carta fechada el 19 de agosto y firmada por la Comisión Ejecutiva de la asociación.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha reclamado la asociación? La Asociación de Fiscales pide a la fiscal general que aclare públicamente el contenido y el alcance de la respuesta remitida por la Fiscalía a la Comisión Europea.
  • ¿Qué base institucional invoca? El papel constitucional del Ministerio Fiscal en la defensa de la legalidad y de la independencia judicial, conforme al artículo 124 de la Constitución.
  • ¿Qué impacto tiene? La controversia se sitúa en el ámbito de las relaciones entre instituciones nacionales y europeas, sin resolución judicial ni procedimiento abierto.

Antecedentes institucionales de la controversia

El escrito de la asociación sostiene que el Ministerio Fiscal «puede y debe colaborar» con las instituciones europeas cuando estas soliciten información sobre la Justicia, el Estado de Derecho o la independencia judicial en España. La respuesta a la consulta europea se enmarca, por tanto, en las funciones ordinarias del Ministerio Público.

La Asociación de Fiscales introduce, sin embargo, una distinción relevante. Considera que informar objetivamente a una institución europea forma parte de las funciones del Ministerio Fiscal, pero incorporar discrepancias sobre la actuación de otro órgano nacional podría situar a la Fiscalía en una posición ajena a su papel constitucional.

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El escrito advierte de que las discrepancias entre instituciones deben resolverse dentro del ordenamiento constitucional español y en el ámbito judicial. Rechaza convertir a una institución política europea en destinataria de una controversia institucional concreta.

La asociación subraya que la respuesta de la Fiscalía General del Estado a la Comisión Europea debería limitarse a ofrecer información objetiva y jurídicamente fundada sobre el funcionamiento de la Justicia española. Sin exteriorizar discrepancias institucionales ni propiciar, siquiera de forma indirecta, un pronunciamiento político europeo sobre la actuación de un órgano jurisdiccional nacional.

Esa apariencia resulta especialmente delicada para una institución cuya legitimidad constitucional se apoya en los principios de legalidad e imparcialidad y en la misión de velar por la independencia de los tribunales, conforme al artículo 124 de la Constitución y a la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

La Asociación de Fiscales distingue entre colaborar con la Comisión Europea y trasladar a Bruselas controversias institucionales que el ordenamiento español reserva a sus propios cauces judiciales.

La petición de aclaración formulada a la fiscal general

La Asociación de Fiscales solicita a Teresa Peramato que confirme el contenido y el alcance de la comunicación enviada a Bruselas. En concreto, pide que explique si en ese escrito se cuestiona la actuación o la independencia de otro órgano nacional en relación con un asunto que afecta a un particular, y cuál fue la finalidad de incluir esas consideraciones en la respuesta remitida a la Comisión Europea.

La carta reclama asimismo conocer si el contenido del escrito constituye una posición institucional de la Fiscalía General del Estado. Y si fue sometido al conocimiento o consideración de los órganos colegiados de la institución que pudieran resultar concernidos.

La asociación concluye que formula esta petición desde una posición «estrictamente institucional» y con pleno respeto tanto a las competencias de la Comisión Europea como a las funciones de la fiscal general del Estado.

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La lectura doctrinal

La controversia planteada por la Asociación de Fiscales no se sitúa en el terreno de la jurisprudencia, sino en el de la configuración constitucional del Ministerio Fiscal. La distinción entre colaborar con órganos de la Unión Europea y trasladar a una instancia política europea una controversia sobre la actuación de un órgano jurisdiccional nacional remite al artículo 124.1 de la Constitución, que encomienda al Ministerio Fiscal promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, así como velar por la independencia de los tribunales.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, aprobado por la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, refuerza esa posición institucional. El Ministerio Fiscal no es un órgano de expresión de posiciones políticas, sino un órgano de legalidad. De ahí que la Asociación de Fiscales subraye la necesidad de no exteriorizar discrepancias institucionales ante una instancia europea.

En términos procesales, no hay aún un procedimiento abierto ni una resolución que enjuiciar. La solicitud de aclaración es una actuación de control institucional interno, habitual en las asociaciones profesionales del ámbito jurídico. La respuesta de la fiscal general, si se produce, determinará si la comunicación a la Comisión Europea incorporaba elementos ajenos a la respuesta objetiva solicitada.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Petición institucional de la Asociación de Fiscales a la fiscal general del Estado para que aclare el contenido y el alcance de una comunicación de la Fiscalía a la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho.
  • Datos importantes: Carta de 19 de agosto, firmada por la Comisión Ejecutiva de la Asociación de Fiscales. No hay número de sentencia ni procedimiento judicial. Referencia normativa central: artículo 124 de la Constitución y Ley 50/1981.
  • Fecha de los juicios: No aplica: no existe procedimiento judicial. La carta está fechada el 19 de agosto de 2026.
  • Personas acusadas y por qué: N/A. No hay acusación penal ni imputación. La destinataria de la petición es la fiscal general del Estado, Teresa Peramato.