El TSXG fija un criterio pionero: indemnización por temporalidad de hasta 10.000 euros por cada tres años de abuso

El fallo de la Sala de lo Social del TSXG traslada el criterio de la LISOS a la temporalidad pública y fija una referencia de hasta 10.000 euros por cada trienio de abuso. La resolución afecta a un empleado con 22 años de temporalidad en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el máximo órgano judicial de la comunidad autónoma, ha fijado indemnizaciones de hasta 10.000 euros por cada trienio de abuso de temporalidad en el empleo público.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? La Sala de lo Social del TSXG ha reconocido hasta 10.000 euros por cada trienio de abuso a un empleado de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil con 22 años de temporalidad.
  • ¿Quién está detrás? El TSXG, con un criterio que utiliza la LISOS y el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
  • ¿Qué impacto tiene? Abre una vía de cuantificación objetiva para miles de empleados públicos temporales en Galicia y en el resto de España.

Una indemnización calculada por trienios

El fallo, dictado en julio de 2026, estima el recurso de un trabajador de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil que había encadenado 22 años de contratos temporales. La Sala de lo Social concluye que el abuso de temporalidad debe traducirse en una compensación económica.

El criterio no es una cantidad automática. El tribunal acude a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) como referencia, y considera que cada periodo completo de tres años puede generar una nueva indemnización de hasta 10.000 euros.

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Para fijar ese bloque temporal, la sentencia se apoya en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Además, no excluye que puedan reconocerse cantidades adicionales cuando el afectado acredite otros daños distintos. La cantidad debe graduarse caso por caso.

El recurrente no es un empleado de la Xunta, sino de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, un organismo de cuenca que depende del Estado. Esa circunstancia amplía el foco: el criterio del TSXG no se limita a la administración autonómica gallega, sino que alcanza a cualquier entidad pública con personal temporal.

Alcance para las administraciones y los empleados públicos

El despacho Unive Abogados, que ha analizado la resolución y cuyas valoraciones recoge Europa Press, considera especialmente relevante el posible alcance del criterio. Hasta ahora, uno de los principales obstáculos era determinar qué compensación correspondía a quien llevaba décadas encadenando relaciones temporales.

La decisión se enmarca en la evolución de la jurisprudencia sobre temporalidad en el empleo público. El TSXG parte de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, que exigen una respuesta efectiva frente al abuso. La sentencia no convierte al trabajador en personal fijo; reconoce una reparación económica.

La clave no es el importe exacto: es disponer por primera vez de un parámetro objetivo que crece con el tiempo del abuso.

El Laboratorio Gallego

La sentencia llega después de que el propio TSXG reconociera una indemnización en un caso anterior: una trabajadora de la Xunta de Galicia (el gobierno autonómico gallego) que había encadenado quince años como temporal. Ese precedente importa porque la administración autonómica gallega es uno de los grandes empleadores públicos de la comunidad y su gestión de la temporalidad ha sido objeto de litigios repetidos.

La lectura nacional es evidente. Fuera de Galicia hay miles de empleados interinos en sanidad, educación y administración local que llevan años con contratos temporales encadenados. El criterio del TSXG no inventa un concepto nuevo; simplemente traduce el abuso en trienios. Eso lo convierte en una referencia fácil de observar por otros tribunales superiores de justicia.

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La incógnita está en la aplicación práctica. Habrá que ver si la administración demandada recurre ante el Tribunal Supremo y si la graduación caso por caso introduce diferencias relevantes. De momento, Galicia vuelve a situarse en una posición de vanguardia judicial sobre la temporalidad en el sector público. Esta sentencia no resuelve el problema de fondo de la temporalidad, pero ofrece una vía indemnizatoria que puede orientar futuras negociaciones y reclamaciones.

Ficha del Caso

  • El caso: Un empleado de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil acumuló 22 años de contratación temporal y reclamó una indemnización por abuso. El TSXG estimó su recurso en julio de 2026.
  • Datos importantes: Hasta 10.000 euros por cada trienio de abuso, con base en la LISOS y el artículo 70.1 del EBEP. El importe no es automático y admite cantidades adicionales por otros daños.
  • Resumen: Galicia fija un criterio objetivo y replicable para cuantificar el abuso de temporalidad en el empleo público, con posible eco nacional en otros tribunales.