‘Spexit’: la sentencia del TJUE sobre Junqueras despierta el antieuropeísmo

  • Los partidarios de la salida de España de la UE inundan la red a raíz de la sentencia del TJUE.
  • El tribunal de Luxemburgo señala que Junqueras debió gozar de inmunidad desde el momento de su elección como europarlamentario.
  • La Fiscalía argumenta su condena en firme para que el Tribunal Supremo solicite a la UE su inhabilitación.
  • La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad del líder de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), Oriol Junqueras, ha despertado sentimientos antieuropeístas entre aquellos que consideran que la UE está menoscabando la soberanía española.

    Tras conocerse este jueves el fallo del tribunal de Luxemburgo que reconocía que Junqueras gozaba de inmunidad como eurodiputado desde el mismo día que se conocieron los resultados de los comicios al Parlamento Europeo, la palabra Spexit, una copia de Brexit para referirse a la salida de España del club comunitario, se convertía en tendencia en la red.

    A pesar de que tradicionalmente España, al contrario de lo que ocurría en el Reino Unido, no ha sido un país con un gran debate social sobre la pertenencia a la UE, los últimos acontecimientos relacionados con los líderes independentistas huidos de la Justicia y las infructuosas euroórdenes han ido sembrando la semilla del antieuropeísmo que ha terminado de germinar con la sentencia del TJUE.

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    Utilizando el hashtag Spexit, algunos internautas escribían “España no es soberana si por encima de nosotros hay una organización supranacional dictando sobre lo nuestro” y otros se mostraban aún más contundentes “Si el TJUE da impunidad a Junqueras y Puigdemont, España debería iniciar hoy mismo los trámites para abandonar la Unión Europea”.

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    Algunos van más allá y han creado la “Plataforma Spexit” en la que abogan por terminar con “las humillaciones” a España a través de sentencias judiciales como la de ayer y argumentan para salir de la UE que “España no puede tolerar ni una falta de respeto más”.

    Para esta organización el resto de estados miembros de la UE “no son socios, son enemigos” y sentencian que “un tribunal extranjero no puede ser competente para decidir lo que pasa en España”.

    Con todo, otras personas en la red social Twitter han empleado ese mismo hashtag para ridiculizar a quienes piden la salida de España del club de los Veintisiete. “Que alguien explique a los de Spexit que al querer salirse de la UE utilizan los mismos argumentos que los catalanes a los que desprecian, por favor”, escribía un usuario, mientras que otro aseguraba que quienes piden esa ruptura forma parte de la “ultraderecha”.

    Por su parte, el portavoz de Vox en el Congreso de los Diputados, Iván Espinosa de los Monteros, calificó la decisión del tribunal de Luxemburgo como “un ataque a la soberanía” y “un ataque que en cierta medida viene determinado por la falta de respeto” que, a su juicio, se ha tenido hacia la nación, las instituciones y la unidad de España.

    LA SENTENCIA DEL TJUE

    La resolución del TJUE, que ha sido aplaudida por todos los sectores independentistas y que, todo apunta, entorpecerá el regreso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el resto de fugados a España, establece que Junqueras y, en general, “la persona que resulta elegida al Parlamento Europeo” adquiere la condición de miembro de dicha institución “por el hecho y desde el momento de la proclamación de los resultados, de modo que goza de las inmunidades reconocidas en el artículo 9 del Protocolo”.

    Entre estas inmunidades se encuentra la de desplazamiento al lugar de reunión del Parlamento Europeo, incluida la primera sesión constitutiva. En el caso del líder de ERC, condenado por sedición y malversación a 13 años de cárcel y otros tantos de inhabilitación desde el pasado 14 de octubre, el Tribunal Supremo no le permitió salir de la prisión preventiva en la que se encontraba el pasado mes de junio, con la fase del juicio oral del procés ya terminada, para ir a la Junta Electoral Central a jurar o prometer su cargo como eurodiputado.

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    Los magistrados basaron su decisión en que, si permitían a Junqueras realizar ese trámite, le tendrían que dejar desplazarse a Bruselas para asistir al pleno de constitución de la Eurocámara lo que hubiera puesto en un “irreversible peligro” los fines del proceso penal abierto contra él.

    En este sentido el fallo del TJUE señala que “la inmunidad de desplazamiento, garantizada a todo miembro del Parlamento Europeo, implica el levantamiento de cualquier medida de prisión provisional que hubiera sido impuesta antes de ser proclamado electo, con el fin de permitir su desplazamiento al Parlamento Europeo y participar en la sesión constitutiva”. Por lo tanto, explica que si el tribunal nacional quería seguir manteniendo esa medida cautelar tendría que haber solicitado al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad.

    Sin embargo, la Fiscalía se apresuró este jueves, apenas unas horas después de conocerse la sentencia del TJUE, a solicitar al Tribunal Supremo la “ejecución inmediata de la pena de inhabilitación” y que comunique “a la mayor brevedad posible” al Parlamento Europeo que Junqueras no se encuentra sujeto a ninguna medida cautelar en la actualidad sino “ejecutoriamente condenado” para que este organismo “surta los efectos oportunos en relación con la pérdida de su condición de Europarlamentario”.

    El Supremo comunicó este jueves que va a estudiar «en profundidad» el contenido íntegro de la sentencia, de 24 páginas, y que ha acordado dar un traslado para alegaciones al Ministerio Fiscal, Abogacía del Estado, acusación popular y a la defensa de Junqueras por término de cinco días con cuyo resultado acordará «lo procedente».

    Paralelamente el juez Pablo Llarena otorgó otros cinco días a las partes para que hagan alegaciones sobre cómo afecta el fallo a Puigdemont y Toni Comín, quienes también fueron votados europarlamentarios pero no cumplieron con el trámite de recoger el acta en España, de donde permanecen huidos desde octubre de 2017.