La Audiencia de Valencia absuelve a Rubén Trenzano de falsedad por las ayudas a empresas de Francis Puig

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al director general de Política Lingüística y Multilingüismo de la Generalitat Valenciana, Rubén Trenzano, del delito de falsedad documental en ayudas al valenciano concedidas a empresas de Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig.

El órgano judicial absuelve a Trenzano y ordena notificar la resolución a las partes, que disponen ahora de diez días para presentar recurso de apelación. El director general se sentó a finales del pasado mes de septiembre en el banquillo acusado por el Partido Popular –que ha ejercido la acusación popular– de supuesta falsedad documental, por la que pedía seis años de prisión. La Fiscalía, por su parte, no veía delito y reclamó el sobreseimiento de las actuaciones, al igual que la defensa.

En la sentencia, datada el 19 de octubre, los magistrados mantienen que, en este caso, «en modo alguno resulta acreditada de forma absolutamente indubitada, la concurrenciaen la conducta del acusado de todos los elementos objetivos y subjetivos que el tipo del delito de falsedad documental o, subsidiariamente, un delito de falsedad en documento oficial cometido por imprudencia grave».

En este sentido, aseguran que de las pruebas practicadas no resulta que el contenido del escrito que se envió a Eva Ortiz «se realizará una mutación de la verdad por alguna de las conductas tipificadas en la norma penal» ni «tampoco concurre el dolo falsario».

La sentencia recuerda los diversos testimonios aportados y concluye que «consta acreditado que se realizó la comprobación administrativa de la concesión de la subvención en cada una de sus fases (solicitud, justificación y pago) y la comprobación material se realizó en el trámite de justificación en el que además de la documentación correspondiente se aportó el disco duro».

«Y que tras el escrito de Doña Eva Ortiz –prosigue– se comprobó de nuevo toda el expediente de la subvención respecto de las empresas a las que se refería la síndica del grupo parlamentario popular. Y posteriormente, se aprobó un nuevo Plan de Control estableciéndose el criterio del riesgo para poder comprobar de nuevo a las citadasempresas».

Consecuentemente, apunta, «no se ha acreditado que en el escritode fecha 6 de abril de 2018 se recojan hechos inveraces. Noconcurre, respecto del delito que se imputa al acusado elelemento objeto de cometer la falsedad. Es decir, la alteración o mutación de la verdad en un documento público u oficial». Por todo ello, considera que debed dictarse la absolución.

La causa surgió a raíz de una denuncia de la ex portavoz adjunta del PPCV, Eva Ortiz, en relación a la presunta falsedad en algunas de las manifestaciones contenidas en un documento emitido en abril de 2018 por la Dirección General dirigida por Trenzano sobre las ayudas al fomento del valenciano.

En concreto, en el escrito de la representante ‘popular’ se denunciaba que el director general habría faltado a la verdad al afirmar que las empresas valencianas nombradas y beneficiarias de una subvención en 2015 y 2016 de ayudas al valenciano «presentaron la justificación de gastos realizados en el plazo establecido en las respectivas convocatorias».

Aunque inicialmente el juzgado acordó el sobreseimiento de la causa al entender que correspondía al ámbito contencioso-administrativo y no ver indicios de ilícito penal, la Audiencia revocó esa decisión y acordó continuar el procedimiento.

Posteriormente, el Juzgado de Instrucción número 9 de València abrió juicio oral y Trenzano se sentó a finales del pasado mes de septiembre en el banquillo acusado por el Partido Popular –que ha ejercido la acusación popular– de un delito de falsedad documental por el que pedía seis años de prisión. La Fiscalía, por su parte, no veía delito y reclamó el sobreseimiento de las actuaciones, al igual que la defensa de Trenzano.

«CONFIANZA PLENA»

En su declaración, Rubén Trenzano negó haber cometido irregularidades en las ayudas concedidas a las empresas vinculadas a Francis Puig, y aseguró que no lo conocía. También explicó que él firmaba lo que decían sus técnicos, con quienes tenía «confianza plena», y aseveró que se revisaron las subvenciones y no se vio nada ilegal.

Por su parte, el ministerio público apreció «mala fe» en la diputada popular Eva Ortiz. «Dar relevancia jurídico penal a esto me parece ridículo. Si Trenzano tuviera que revisar todas las actuaciones de los técnicos no tendría tiempo, tiene que poner a gente de confianza. No es un técnico en derecho», expuso el fiscal en sus conclusiones, en las que insistió que no había delito, sino una «persecución con fines políticos» probablemente «ilícitos».

De hecho, el Ministerio Fiscal –y también la defensa– había solicitado la condena en costas a la acusación popular, atribuyéndole haber actuado con temeridad o mala fe. Sin embargo, la sala estima que no procede.