El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros con la finalidad de posibilitar a la Dirección General de Industria y de la Pyme, dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, financiar la convocatoria de ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos Estratégicos para la Recuperación y la Transformación Económica (Perte) del Vehículo Eléctrico y Conectado.
El Gobierno acordó el pasado 13 de julio declarar como Perte el desarrollo de un ecosistema para la fabricación del Vehículo Eléctrico y Conectado (Perte-VEC) en dos ámbitos fundamentales. Por una parte, en el que se contemplan medidas transformadoras de la cadena de valor del vehículo eléctrico y que se enfoca a los segmentos que garanticen el eje central del proyecto y, por otra, de medidas facilitadoras que contribuyan tanto a la creación de una nueva movilidad como al desarrollo de este tipo de vehículos.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contempla el componente 12 ‘Política industrial España 2030’, que recoge las reformas normativas, así como grandes programas de inversión en el ámbito industrial, para promover la modernización y la productividad del ecosistema español.
Dentro de este componente, en la Inversión 2 ‘Programa de Impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial’, se agrupan cinco líneas de actuación entre las que destaca los denominados Pertes, formas de colaboración público-privadas con gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad de la economía española.
Estas líneas de actuaciones integrales se dirigen a proyectos de cooperación entre empresas de la cadena de valor sectorial o tecnológica de referencia en cada Perte. Para ello, la Secretaría General de Industria y de la Pyme, ha previsto que las ayudas a todos ellos se otorguen a través de convocatorias de ayudas plurianuales, que comprendan el período 2021-2023.
Estas modificaciones se autorizan según lo establecido en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria y en el artículo 41 del Real Decreto-Ley 36/2020 para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.