La sobrecualificaciĆ³n, la precariedad que se le escapĆ³ a Yolanda Diaz

La Reforma de la Ley Laboral ha sido el mayor logro de Ministra de Trabajo y EconomĆ­a Social, ahora en funciones, Yolanda Diaz. Su misiĆ³n de conseguir un cambio estructural en el Ć”mbito laboral se materializĆ³ cuando, por primera vez, una ministra de esta administraciĆ³n conseguĆ­a llegar a un acuerdo entre sindicatos y patronal para llevar a cabo un cambio sustancial en los mĆ©todos de contrataciĆ³n de la legislaciĆ³n aprobada en este Ć”mbito el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012. Sin embargo, una de las cuestiones que se incluyeron en la Reforma fue la posibilidad de que ese contrato indefinido se enmarcara en una cualificaciĆ³n inferior a la que tiene el trabajador.

SegĆŗn los datos de 2021 del Sistema Estatal de Indicadores de la EducaciĆ³n, la poblaciĆ³n espaƱola alcanzĆ³ su rĆ©cord educativo y el 39,7% de los ciudadanos estaban en posesiĆ³n de algĆŗn tipo de tĆ­tulo de educaciĆ³n superior. Con una perspectiva nacional, este dato podrĆ­a considerarse un Ā«logroĀ» para el nivel formativo de los espaƱoles. Sin embargo, cuando se amplĆ­a la mirada hacia Europa, EspaƱa vuelve a estar por debajo de la media. De hecho, en este caso, muy por debajo, ya que en los paĆ­ses de la UniĆ³n Europea en 2020, el 79 % de la poblaciĆ³n entre 25 y 64 aƱos posee nivel de formaciĆ³n de segunda etapa de EducaciĆ³n Secundaria o superior, lo que significa que Ā«EspaƱa se encuentra 16,1 puntos por debajo de dicha mediaĀ».

A pesar de estar en esta posiciĆ³n en la escala europea, segĆŗn los datos de Eurostat interpretados por Datamania, en EspaƱa el 35% de los empleados tiene estudios mĆ”s altos de los que requiere su contrato, el dato de sobre cualificaciĆ³n mĆ”s alto de toda la UniĆ³n Europea. Siendo EspaƱa uno de los paĆ­ses europeos donde menos poblaciĆ³n tiene estudios superiores, somos igualmente el Estado donde menos se reflejan esos estudios en las condiciones laborales. Una realidad que se representa no solo en los jĆ³venes con grados universitarios que trabajan en call centers o en la hostelerĆ­a, sino tambiĆ©n, como afirma Julen Bollain Ā«que los universitarios curran con contratos en categorĆ­as profesionales por debajo de la realĀ».

datamania Moncloa

La calidad laboral, mƔs allƔ del tipo de contrato

El aumento de la poblaciĆ³n activa en EspaƱa ha llegado a datos rĆ©cord este verano de 2023, dando los mejores resultados desde antes de 2008. AdemĆ”s, la contrataciĆ³n mediante indefinidos ha aumentado y los contratos temporales han decaĆ­do. A estos datos, el Gobierno en funciones le suma la subida del Salario MĆ­nimo Interprofesional para argumentar sus logros en materia laboral. Sin embargo, hay otros Ć”mbitos que no han conseguido controlar ni sobre los que existen disposiciones y que afectan directamente a la calidad laboral del trabajador, como es el caso de la sobre cualificaciĆ³n.

Este fenĆ³meno se da como consecuencia de no tener un mercado laboral adaptado al mundo formativo nacional, lo que supone no solo un problema para quien tiene un contrato con una categorĆ­a inferior, sino que esa sobrecualificaciĆ³n tambiĆ©n es una barrera de acceso al mundo laboral. AsĆ­, este hecho se suma a las cuestiones que se le escapan al Ministerio de Trabajo y sobre la que cuenta con pocas capacidades de control, ya que ni las inspecciones de trabajo pueden intervenir ante un caso en el que el trabajador tenga formaciĆ³n universitaria, pero ejerza un puesto que no estĆ© relacionado con dicha formaciĆ³n; o que cuya categorĆ­a laboral sea diferente al diploma de la Universidad.

El Tribunal Supremo, posicionado en la sobrecualificaciĆ³n

El Tribunal Supremo (TS) se posicionĆ³ ante este fenĆ³meno cuando un ujier del Congreso de los Diputados, arquitecto de formaciĆ³n, que no consiguiĆ³ la plaza de encargado de mantenimiento en la CĆ”mara Baja, presentĆ³ un recurso antes la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS. Este tribunal ha establecido que la Ā«sobrecualificaciĆ³n acadĆ©micaĀ» no siempre puede suponer una ventaja a la hora de conseguir un puesto de trabajo, explicando que solo debe ser un factor determinante cuando es un requisito indispensable para el empleo al que se aspira, advirtiendo de que en caso contrario se podrĆ­a incurrir en un Ā«trato discriminatorioĀ».

Este posicionamiento del TS supone que existen diferentes tipos de sobrecualificaciĆ³n, aquella en la que una persona tiene un trabajo que no estĆ” relacionado con sus estudios o la sobrecualificacion que afecta a un trabajador cuando su categorĆ­a profesional es inferior a su nivel formativo y que ambos estĆ©n directamente relacionados. MĆ”s allĆ” de esto, ninguna de ambas cuestiones estĆ”n registradas como variables en la Reforma Laboral, lo que supone que este fenĆ³meno laboral no pueda ser enfrentado desde herramientas legales actuales.