El titular de la Plaza Seis de la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, Antonio Piña, ha inadmitido la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por delitos de blanqueo de capitales, tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal en relación con su vinculación con Nicolás Maduro y el régimen de Venezuela.
En un auto, el magistrado razona que los hechos esgrimidos en la querella proceden de fuentes abiertas, especialmente de informaciones periodísticas, y apunta que no han aportado indicios racionales de criminalidad que permitan abrir un procedimiento penal.
El instructor, tras analizar la querella y cada uno de los delitos que atribuye a Rodríguez Zapatero, señala que no se puede confundir la creencia personal o popular con la existencia de hechos que tengan la entidad suficiente para la apertura de una causa penal. Añade que en el texto de la querella “no se ha aportado hecho alguno que pueda relacionar al querellado con el delito de tráfico de sustancias estupefacientes, o pertenencia a organización criminal y lo mismo cabe decir con la imputación de un delito de blanqueo de capitales”.
Por ello, concluye que procede inadmitir la querella al carecer de relevancia típica los hechos denunciados.
La Audiencia Nacional acordaba la incoación de diligencias previas tras admitir a trámite una querella presentada contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por presunta colaboración con el régimen de Maduro. La resolución, fechada el 8 de enero de 2026, corresponde al Juzgado Central de Instrucción número 6, cuyo titular es el magistrado Antonio Piña.
Según el auto judicial, la querella fue repartida al citado juzgado el pasado 5 de enero, interpuesta por la Asociación Hazte Oír, que atribuye al exjefe del Ejecutivo una presunta participación en delitos de tráfico de drogas, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal. El magistrado señalaba que, a la vista de las actuaciones, los hechos «presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal».
SIN IMPUTADOS
El juez Piña subrayaba que, en ese momento, no estaban determinadas ni la naturaleza concreta ni las circunstancias de los hechos denunciados. Por ello, y conforme al artículo 774 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, acordó la apertura de diligencias previas con el objetivo de practicar las actuaciones esenciales que permitan esclarecer los hechos y determinar el procedimiento aplicable.
La resolución insistía en que se trata de una fase inicial del proceso, sin que exista todavía imputación formal ni apertura de investigación en sentido estricto contra el expresidente. El propio auto remarca el carácter preliminar de las diligencias y la necesidad de recabar más información antes de adoptar decisiones de mayor alcance.
La querella sostiene que José Luis Rodríguez Zapatero habría «intervenido en hechos susceptibles de encaje» en los siguientes delitos previstos en el Código Penal español: tráfico de drogas (arts. 368 y ss. CP), blanqueo de capitales (art. 301 CP) y pertenencia a organización criminal (art. 570 bis CP).
Hazte Oír pudo preparar esta querella tras acceder al indictment (escrito de acusación) presentado por la fiscalía estadounidense y tras intensos días de trabajo jurídico, analizando vías legales en Estados Unidos, con el fin de trasladar a España los elementos relevantes para la investigación y persecución de posibles responsabilidades.
«Lo ocurrido en Estados Unidos no puede quedarse allí. Si existen indicios de una organización criminal dedicada al narcotráfico y al blanqueo, y de quienes habrían facilitado su operativa y su impunidad internacional, España debe investigar hasta el final», señalan desde Hazte Oír. La organización recuerda que el mismo día en que se conoció la operación contra Maduro anunció públicamente la preparación de una batería de acciones judiciales contra Zapatero por su papel en el sostenimiento político e internacional del régimen venezolano, y subraya que esta querella es la primera de esas iniciativas.
Hazte Oír sostiene que la actuación del querellado no se limitó a un papel político o diplomático, sino que habría contribuido de forma decisiva a apuntalar y facilitar la operativa internacional del régimen de Nicolás Maduro. A juicio de la organización, esa colaboración con la estructura criminal habría servido para reforzar su capacidad de actuación, su cobertura exterior y su continuidad, elementos que ahora deben ser investigados en sede judicial para depurar, en su caso, las responsabilidades penales.
