El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha rebajado la condena al profesor del IES de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños y probadores, pasando de 180 años y 9 meses a 90 años, 4 meses y 15 días de prisión.
La rebaja penológica: de 180 años a 90 años y 4 meses
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN ha estimado parcialmente el recurso de la defensa, aplicando una atenuante analógica simple de trastorno mental (una circunstancia que reduce la pena por una alteración psíquica no prevista expresamente en el Código Penal), que se une a la atenuante de reparación del daño ya apreciada en primera instancia. El fallo original de la Audiencia Provincial, dictado el pasado abril, sumaba las condenas por los numerosos delitos contra la intimidad, posesión y elaboración de pornografía infantil hasta los 180 años y 9 meses. Ahora, con la rebaja de un grado de todas las penas, la suma total queda fijada en 90 años, 4 meses y 15 días, según la sentencia notificada por el Tribunal Superior.
La resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, recalca que el cómputo de cumplimiento efectivo máximo es de 7 años y 6 meses, tal como establece el artículo 76 del Código Penal: el triple de la pena más grave impuesta, que en este caso es de 2 años y 6 meses.
Por qué el tribunal ha apreciado el trastorno mental que la Audiencia descartó
En el juicio de primera instancia, la Audiencia rechazó la atenuante de trastorno mental porque consideró que el acusado había mentido a los psiquiatras que le trataron. Sin embargo, el TSJN entiende que la falta de veracidad o la ocultación de datos a los facultativos no invalida automáticamente los informes periciales. La psiquiatría forense contempla expresamente la posibilidad de que el paciente distorsione su relato, y los expertos están capacitados para detectar inconsistencias y contrastar los signos clínicos objetivos. “La mera afirmación de que el condenado no dijo la verdad a los peritos no constituye, por sí sola, una base suficiente para rechazar las conclusiones periciales”, subraya el tribunal.
Los magistrados han acogido la tesis del médico forense del Instituto Navarro de Medicina Legal, que diagnosticó al procesado un trastorno del control de los impulsos en la esfera sexual, centrado en observar la vida ajena, sobre una personalidad con tendencias obsesivas. Esta alteración le afecta de forma leve-moderada a sus capacidades intelectivas y volitivas. El informe fue corroborado por los psiquiatras que atienden al encausado.
La coincidencia diagnóstica de dos especialistas independientes refuerza, a juicio del tribunal, la existencia de un nexo causal entre la patología descrita y las conductas delictivas.
La Sala ha concluido que el acusado padecía un trastorno del control de los impulsos que disminuía sus capacidades, lo que obliga a la rebaja de la pena en un grado.
Indemnizaciones y límite de estancia en prisión
Cada una de las 42 víctimas recibirá una indemnización de entre 3.000 y 15.000 euros, según la resolución judicial. El acusado ya había consignado antes del juicio 273.000 euros para reparar el daño,, lo que motivó la atenuante de reparación en la sentencia de la Audiencia. Además de la pena de prisión, el profesor mantiene la inhabilitación de 10 años para cualquier actividad relacionada con menores.
Entre las afectadas se encontraba una vecina del acusado, cuya denuncia en octubre de 2023 desencadenó la investigación policial que culminó con la entrada y registro en su domicilio autorizada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Pamplona.
⚖️ Datos del caso
- Órgano judicial: Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), en segunda instancia.
- Fase procesal: Sentencia de segunda instancia, recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.
- Implicados: El profesor del IES de Zizur, condenado (ya no investigado) por 42 delitos contra la intimidad, posesión y elaboración de pornografía infantil.
- Delitos investigados: Delitos continuados contra la intimidad, delitos de posesión de pornografía infantil y delitos de elaboración de pornografía infantil.
- Próximos pasos: Las partes disponen de un plazo para interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? El TSJN ha rebajado la condena al profesor de Zizur de 180 años a 90 años y 4 meses de cárcel, al apreciar una atenuante de trastorno mental.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? El docente, condenado por grabar a 42 mujeres (entre ellas una vecina y alumnas del instituto), y los forenses y psiquiatras que diagnosticaron el trastorno del control de los impulsos.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? La sentencia es recurrible ante el Supremo. Mientras tanto, el límite máximo de cumplimiento efectivo son 7 años y 6 meses, y se mantiene la obligación de indemnizar a las víctimas.

