La Hacienda Foral de Bizkaia investiga a un abogado con actividad relevante en los tribunales que no habría tributado, al menos, desde 2021, según la documentación a la que ha tenido acceso elDiario.es.
La identidad del letrado no ha trascendido, pero su participación en 32 procedimientos aparece en la documentación manejada por la inspección. La inspección tributaria foral mantiene abierta la comprobación de ingresos y busca determinar si existió ocultación de rentas.
El punto de partida de la investigación no es casual: cinco años es el plazo máximo para comprobar el fraude fiscal en este ámbito, por lo que todo lo anterior quedaría prescrito. La inspección abarca, al menos, los ejercicios fiscales consecutivos desde 2021. El abogado habría ejercido sin tributar en ese periodo, aunque no se ha hecho pública la cuantía del presunto fraude.
La solicitud de la Hacienda foral al TSJPV
La hacienda vizcaína, dependiente de la Diputación Foral de Bizkaia, solicitó formalmente al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que le entregara la identidad de los clientes del abogado en los 32 casos analizados. Según justificaron los inspectores fiscales, ‘dicho letrado se encuentra inmerso en un procedimiento de comprobación de ingresos y […] se precisan tales datos para efectuar la correspondiente regularización tributaria’.
La petición buscaba acceder a los documentos originales de las resoluciones judiciales, públicas pero anonimizadas, para contactar con los clientes y analizar los pagos que realizaron al letrado. La administración foral argumentó que los datos eran imprescindibles para cerrar la regularización tributaria y entendía que no era preciso obtener consentimiento alguno por parte de esas personas.
El criterio del juez Garrido
El magistrado presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, Luis Garrido, desestimó la petición. El juez recalcó que Bizkaia reclamaba ‘la identidad, con todos sus datos identificativos, de los clientes’, no la del investigado.
El tribunal denegó a la Hacienda foral los datos de los clientes del abogado en 32 procedimientos al considerar que esa información está protegida.
La sala consideró que esos clientes no son obligados tributarios y que, sin serlo, podrían verse obligados a desvelar datos personales por posibles incumplimientos de un tercero. Según el magistrado, se trata de un profesional contratado y la normativa fiscal invocada por la hacienda no deja clara la existencia de una obligación de entregar esa información confidencial. Para el tribunal, permitir ese acceso supondría someter a los clientes a una investigación ajena sin base legal clara.
En concreto, el juez analizó el artículo 93.3 de la Norma Foral General Tributaria de Bizkaia, que obliga a jueces y tribunales a facilitar datos con trascendencia tributaria. Garrido precisó que ‘habría de entenderse que la norma se refiere a datos de obligados tributarios, no de terceros’ y añadió que ‘los clientes del letrado no son obligados tributarios ni deben verse inmersos en una investigación’ ajena.
La sala de gobierno del TSJPV mostró su conformidad con esta tesis y comunicó a la Diputación Foral de Bizkaia que no entregará la información solicitada. La propia sala rechazó la entrega de los documentos originales. Nada más se sabe del caso hasta el momento.
El marco del concierto económico
El caso se inscribe en el sistema del concierto económico, que otorga a Bizkaia, Gipuzkoa y Álava la competencia para gestionar, inspeccionar y recaudar la mayoría de los tributos en sus territorios. En Bizkaia, la Diputación Foral ejerce estas funciones a través de su hacienda foral, que opera con normativa propia.
A diferencia del régimen común, en el que la Agencia Tributaria central asume la inspección, las diputaciones vascas gestionan los procedimientos de comprobación y regularización de los tributos concertados. La Norma Foral General Tributaria de Bizkaia regula los deberes de información con trascendencia tributaria y los límites de acceso a datos de terceros. El concierto también fija la aportación económica al Estado a través del cupo, una singularidad que hace especialmente relevantes los criterios de inspección foral.
La Hacienda Foral de Bizkaia no ha precisado las próximas actuaciones administrativas después de la negativa judicial. El caso queda a la espera de nuevas diligencias, sin que hayan trascendido más datos públicos sobre el abogado investigado.

