La Audiencia Provincial de Castellón condena a seis años de prisión por violación de una menor

La Sección Primera confirma la pena pactada por conformidad y añade 5.000 euros de indemnización por daños morales. Impone además cinco años de libertad vigilada y seis de alejamiento respecto de la menor.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado sentencia condenatoria por la violación de una menor de edad y ha impuesto al autor una pena de seis años de prisión. El fallo, alcanzado tras el acuerdo de conformidad entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, fija además una indemnización de 5.000 euros por daños morales.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón condena a un hombre a seis años de prisión por un delito de agresión sexual con acceso carnal sobre menor.
  • ¿Qué base jurídica aplica? El acuerdo de conformidad entre acusación y defensa; la conducta se encuadra en el tipo de agresión sexual con acceso carnal.
  • ¿Qué impacto tiene? La sentencia impone 5.000 euros por daños morales, cinco años de libertad vigilada y seis de alejamiento y prohibición de comunicación.

La sentencia fue dictada el 27 de agosto de 2026 y recoge el acuerdo alcanzado en la vista oral celebrada el 9 de junio. El encausado admitió los hechos y aceptó la calificación jurídica propuesta, lo que determina una resolución de conformidad sin necesidad de practicar prueba en el plenario.

Los hechos probados sitúan la agresión el 19 de noviembre de 2023. La víctima, que entonces tenía 17 años, se encontraba en compañía de una amiga tras haber pasado la noche de fiesta, según el relato contenido en la nota de prensa del TSJ de la Comunidad Valenciana.

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Antecedentes: agresión sexual sobre menor y conformidad en el plenario

La causa se tramitó ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón. La acusación formal le atribuía un delito de agresión sexual con acceso carnal, modalidad que exige la concurrencia de acceso por vía vaginal, anal o bucal. La nota de prensa difundida por la Oficina de Comunicación del TSJ no detalla la identidad del condenado ni de la perjudicada, en aplicación de las cautelas de protección de datos.

La conformidad alcanzada el dia del juicio evitó que la menor tuviera que comparecer nuevamente ante el tribunal. La sentencia recoge el acuerdo entre la acusación pública, la acusación particular y la defensa; esta conformidad se traduce en la reducción del proceso a una simple confirmación de la calificación y de la pena pactada.

El fallo: seis años de prisión, indemnización y medidas de alejamiento

Audiencia Provincial de Castellón

El fallo impone al acusado seis años de prisión por el delito de agresión sexual con acceso carnal. La sentencia fija además una indemnización de 5.000 euros por daños morales a favor de la víctima, en concepto de responsabilidad civil derivada del delito.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón convierte la conformidad en una condena de seis años de prisión por agresión sexual con acceso carnal sobre una menor.

La resolución añade cinco años de libertad vigilada, de ejecución posterior a la pena privativa de libertad, y seis años de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la perjudicada. Las medidas de protección se imponen con independencia de la pena de prisión y mantienen su vigencia una vez cumplida la condena.

La Doctrina del Tribunal

La sentencia de conformidad no desarrolla un debate probatorio extenso ni una motivación fáctica pormenorizada, pero proyecta la doctrina penal vigente sobre los delitos contra la libertad sexual. La calificación de agresión sexual con acceso carnal remite al artículo 179 del Código Penal, que sanciona la conducta con pena de prisión. La conducta se encuadra en el tipo básico de agresión sexual definido en el artículo 178 del Código Penal, agravado por la existencia de acceso carnal.

La reforma operada por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, unificó los antiguos tipos de abuso y agresión sexual sobre la base del consentimiento libre. La menor tenía 17 años en el momento de los hechos, circunstancia que refuerza la ilicitud de la conducta, aunque la nota de prensa no recoge si se aplicó el subtipo agravado por minoría de edad previsto en el artículo 180 del Código Penal.

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El impacto jurisprudencial de este fallo es limitado, al tratarse de una sentencia de conformidad. La doctrina relevante se mantiene en las resoluciones del Tribunal Supremo que exigen el consentimiento como eje de la tipicidad de los delitos sexuales. Los abogados que intervienen en causas similares en los órganos de instrucción y enjuiciamiento deben considerar que la conformidad permite fijar una pena pactada, pero no elimina la responsabilidad civil ni las medidas de alejamiento.

La nota de prensa no detalla si se ha interpuesto recurso. Con carácter general, contra las sentencias dictadas por una Audiencia Provincial cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Proceso penal por delito de agresión sexual con acceso carnal cometido sobre una menor de 17 años en noviembre de 2023. La sentencia se dicta por conformidad entre Fiscalía, acusación particular y defensa.
  • Datos importantes: Pena de seis años de prisión; indemnización de 5.000 euros por daños morales; cinco años de libertad vigilada; seis años de alejamiento y prohibición de comunicación.
  • Fecha de los juicios: Vista oral celebrada el 9 de junio de 2026; sentencia dictada el 27 de agosto de 2026.
  • Personas acusadas y por qué: Un hombre, cuya identidad no se difunde en la nota de prensa, condenado por agresión sexual con acceso carnal sobre menor.