Las multas por la pandemia

Cualquier institución dotada de poder tiende al autoritarismo, a sancionar a aquellos que no cumplen con sus instrucciones o mandatos por banales o injustos que estos sean. Y en el caso de España, la Ley de Vagos y Maleantes, la Ley de Orden Publico de franquista de 1959, la ‘ley Corcuera’ de 1992 y la ‘ley Fernandez’, también llamada ‘ley Mordaza’, son ejemplos paradigmáticos de cómo el poder quiere censurar y sancionar a los disidentes.

Y el tema tiene gran actualidad, porque con motivo de la maldita pandemia, el Ministerio del Interior (con fruición) ya nos ha dicho que durante el anterior estado de alarma se pusieron, nada menos, que dos millones de multas por no cumplir el confinamiento que se nos habia impuesto, y se dice no con espíritu instructivo, sino claramente intimidante y de apercibimiento. Y procede recordar que en la tramitación de la ley vigente de 2015 hubo gran debate social personificado por un lado, en numerosas organizaciones civiles contra el proyecto de Ley, y por otro por todos los partidos progresistas; y de entre estos últimos traigo a colación lo dicho por diversos lideres del PSOE que, con razon, tildaron el entonces proyecto de ley de “manifestación de deriva autoritaria, vuelta al Estado policial», que se trataba de “socializar el miedo con atropello de derechos”, que su estrategia primordial e imprescindible seria derogar esa Ley, pues como dijo nuestro añorado Pérez Rubalcaba, la ley trataba de “establecer multas disparatadas para recortar libertades”.

Frente a tales justas criticas, el ministro promotor de la ley, Sr. Fernandez, dijo un frase que reflejaba e| interés de los gobernantes del PP: “Con esta ley no se trata de sancionar más, sino mejor”. Y es que efectivamente las sanciones se refieren nada menos que a 44 conductas ciudadanas (sus artículos 35 a 37). Y vamos a poner un ejemplo: la ‘ley Corcuera’ de 1992, sancionaba las faltas leves con multas de hasta 50.000 ptas. (300 €) y la ‘ley Fernandez’ actualmente vigente, elevó al doble esa cifra.

Por todo ello, el actual presidente del Gobierno, al frente ya entonces del Grupo Parlamentario Socialista, y otros Grupos Parlamentarios, formularon contra la ley recurso ante el Tribunal Constitucional con fecha 21/5/2015, por considerar inconstitucionales diversos artículos de la ‘ley Mordaza’, y entre ellos, los referidos a las sanciones, recurso que hoy día esta todavía pendiente de sentencia. Y, aunque en el Congreso de Diputados, por tercera vez, se ha iniciado una vía para derogarla (junio de 2020), la infame ley sigue, ahí esta, como dice la bella canción de Ana Belén, ahí esta, igual que la Puerta de Alcalá, inconmovible.

Expuesto el panorama que antecede, y cuando todavía no se ha cumplido (0 podido cumplir) el compromiso de derogar esos aspectos de la ley, el ministro del Interior se ve abocado, en caso de que se desoigan los mandatos incluidos en los estados de alarma, a imponer las denostadas sanciones de dicha norma que tan duramente fueron criticadas hace unos pocos años, con lo que si bien -todavía— se tiene legitimidad jurídica para hacerlo, se carece de la legitimidad moral exigible para imponerlas.

Pero en fin, como dijo nuestro querido Don Quijote a su fiel escudero, “cosas veredes, amigo Sancho”, aunque desde aquí, y aunque pueda ser una voz clamante en el desierto, sugiero una solución: que cuando finalice toda esta horrible pandemia que padecemos, las multas impuestas vayan al baúl de los recuerdos, a la basura administrativa.