Vox asume una multa de 45.000 euros con su «odiosa» lona electoral

El partido de Santiago Abascal le está cogiendo el gusto a crear polémica con propagandas en dimensiones desorbitadas. Su nueva iniciativa ha sido desplegada en la fachada de un edificio del centro de Madrid, con el eslogan «decide lo que importa» y con una mano tirando a la basura los símbolos del feminismo, de la ‘okupación’, del comunismo, la bandera del nacionalismo catalán, la del colectivo LGTBIQ+ y la Agenda 2030. Todas estas imágenes de diferentes colectivos son catalogadas por Vox como «la porquería progre» sin dar importancia al Código Penal y al posible delito de odio al que pueden incurrir con este tipo de publicidad electoral.

En este sentido, no es la primera vez que el partido de Vox decide crear una propaganda que es denunciada por algún colectivo en menos de 24 horas. En este caso, el mismo día en el que la lona fue colgada, organizaciones LGTBIQ+ denunciaron al partido de Abascal y aseguraron que con este cartel «tiran a la basura a tres millones de personas». la presidenta de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+), Uge Sangil, y el colectivo LGTBI de Madrid (COGAM) han declarado no van «a permitir que el partido de la ultraderecha siga amenazando al colectivo LGTBI».

Sin embargo, Vox no solo está «tirando a la basura» a estos colectivos, sino que también está «defenestrando» el artículo 510 del Código Penal, en concreto el punto 1.a. Así lo confirma el bufete de abogados Olympe, quienes aseguran que esta lona es un «caso de delito de odio», apoyándose en este apartado del CP. Este asegura una «pena de prisión de uno a cuatro años y una multa de seis a doce meses» para quienes «públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo», en este caso por cuestiones incluidas este artículo como son la ideología, la orientación o identidad sexual o razones de género.

Vox «decide que no le importa» la fiscalía y la legislación autonómica

Este acción por parte del partido de Santiago Abascal no es improvisada y forma parte del inicio de su campaña electoral frente a los comicios generales del 23 de julio. Vox ha decidido no tener en cuenta su historial con su cartelería y ha vuelto a enfrentarse a la normativa que regula este tipo de actitudes. Ya se enfrentó en los juzgados con el cartel de los «menas» a la fiscalía, donde la Audiencia de Madrid terminó dando la razón a la formación ultraderechista. Sin embargo, en este caso Vox ha ido un paso más allá y ha sido más explicito que en otras ocasiones, dejando claro cuales son los colectivos que quiere «tirar a la basura».

Así, los abogados de Olympe también han apelado a la circular 7/2019 de la Fiscalía General del Estado que se crea para «interpretar los delitos odio tipificados en el artículo del 510 del Código Penal». Aseguran que «la libertad de expresión tiene sus límites» como así lo recoge esta circular, en la que se deja claro que al igual que es un derecho de los sistemas democráticos, esto no significa que sea «un derecho absoluto» y por tanto tiene un «carácter limitado» al entrar en conflicto «con otros derechos o intereses constitucionales».

La Comunidad de Ayuso puede tomar medidas contra la polémica lona

Al igual que el resto de cartelería que ha colgado Vox, esta lona ha protagonizado la polémica y ha hecho que el propio ministerio del Interior califique de «muy grave» su colocación. Teniendo en cuenta que cualquier persona puede poner una denuncia ante la fiscalía provincial, creando este tipo de propaganda electoral, el partido de Abascal asume que se puede enfrentar a una multa de hasta 45.000 euros en base a las sanciones «muy graves» que establecen las leyes LGTBIQ y/o de igualdad que rigen en la autonomía en la que gobierna Isabel Díaz Ayuso.

Sin embargo, Vox sabe que la acusación de este supuesto delito no supone que se decrete una sentencia firme sobre él porque, como asegura Olympe Abogados, la legislación «es interpretable» y «es el juez o la jueza que debe decidir si el artículo 510 del Código Penal es aplicable a la cuestión concreta». Por eso, Vox sigue poniendo a prueba los límites de la legislación y de su interpretación y dejando claro que le compensa estar en «boca de todos» frente a la posibilidad de ser sancionado y acusado por cometer un delito de odio.