El Tribunal Superior de Justicia de Canarias anula la tasa turística de Mogán por ‘camuflar’ un impuesto

El TSJC anula la ordenanza de la tasa turística de Mogán por usar conceptos 'vagos y genéricos' que impedían conocer el servicio financiado. La patronal hotelera lo recurrió y ahora el Ayuntamiento estudia si eleva el caso al Supremo.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El TSJC ha anulado la ordenanza que imponía una tasa turística de 0,15 euros por pernoctación en Mogán (Gran Canaria).
  • ¿Quién está detrás? La patronal hotelera FEHT recurrió la tasa al considerar que camuflaba un impuesto sin base legal.
  • ¿Qué impacto tiene? La sentencia, no firme, deja sin efecto la tasa y condena al Ayuntamiento a pagar hasta 3.000 euros en costas. El consistorio puede recurrir al Tribunal Supremo.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la tasa turística de Mogán por “camuflar” un impuesto, al carecer de una definición precisa de los servicios que debía financiar. La sentencia, conocida este lunes 13 de julio, estima el recurso de la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT) y deja sin efecto el cobro de 0,15 euros por persona y noche.

La ordenanza fiscal, aprobada en febrero de 2025 por el gobierno municipal de Onalia Bueno (Juntos por Mogán), pretendía crear una tasa para “mitigar el impacto del turismo sobre el territorio”. La regidora congeló la revisión de tarifas a la espera de un aval judicial que no llegó. El Ayuntamiento recaudó 1,4 millones de euros en su primer año, pero la justicia ha tumbado el instrumento al considerar que la tasa se convirtió en un impuesto genérico.

Una tasa de 0,15 euros con la sostenibilidad como bandera

La llamada Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios y Realización de Actividades Derivadas de la Acción Turística obligaba a los propietarios de inmuebles turísticos a cobrar la tasa a cada huésped. El gobierno local justificó la medida en la necesidad de financiar servicios públicos que el turismo consume, como la limpieza viaria o la protección del patrimonio.

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Sin embargo, la patronal hotelera FEHT y los partidos de la oposición —Nueva Canarias y el PSOE— advirtieron desde el principio de su ilegalidad. La FEHT argumentó que el hecho imponible se basaba en en definiciones “vagas, abstractas y genéricas” y que trasladaba la carga del cobro a los establecimientos, vulnerando el principio de reserva de ley.

Los fallos que el TSJC no pasó por alto

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, con ponencia del magistrado Francisco José Gómez Cáceres, comparte estos argumentos. El juez, que pidió disculpas por haber tardado un mes más de lo previsto —tuvo que reducir un borrador de 350 folios a 39—, subraya que los municipios tienen una capacidad tributaria limitada y que en Mogán se “desnaturalizó” el concepto de tasa para camuflar un impuesto con fin recaudatorio. La sentencia insiste en que los servicios financiados por una tasa deben definirse de manera nítida, algo que no sucede con términos como “economía circular” o “proyectos medioambientales”.

La tasa turística de Mogán se apoyaba en conceptos tan genéricos como “economía circular” o “acciones derivadas del turismo”, y el TSJC no ha tardado en derribarla.

Además, el TSJC critica la memoria económica del Ayuntamiento: incluyó inversiones plurianuales como coste anual y mezcló el número de plazas oficiales con el de pernoctaciones reales, lo que distorsiona el cálculo de equivalencia entre ingresos y gastos. Todo ello llevó al tribunal a anular la ordenanza y a condenar al consistorio al pago de las costas del proceso, hasta un máximo de 3.000 euros.

El Pulso Territorial

Canarias se ha convertido en un laboratorio del debate sobre las tasas turísticas municipales. La decisión del TSJC tumba el primer intento en el archipiélago, que según la alcaldesa Onalia Bueno buscaba “la sostenibilidad”. Sin embargo, la sentencia pone de relieve la dificultad de encajar medidas fiscales locales en un sector tan regulado. La patronal hotelera ha celebrado el fallo, y el Ayuntamiento sopesa ahora elevar el caso al Tribunal Supremo.

Mientras tanto, otras islas como Lanzarote o Fuerteventura observan con atención. Ningún otro municipio canario ha implantado una tasa similar, y la anulación por parte del TSJC puede disuadir futuros experimentos. El pulso entre la regulación fiscal local y el sector turístico no ha hecho más que empezar. El fallo se produce apenas un año después de que la Ley de Turismo de Canarias de 2024 introdujera la posibilidad de tasas municipales, pero el TSJC recuerda que deben ser auténticas tasas y no impuestos encubiertos.

Ficha Autonómica

  • El caso: El Ayuntamiento de Mogán aprobó en 2025 una tasa turística de 0,15 euros por persona y noche para financiar servicios públicos. La patronal FEHT la recurrió por falta de concreción.
  • Datos importantes: La tasa recaudó 1,4 millones de euros en su primer año. El TSJC anula la ordenanza porque el hecho imponible era vago y la memoria económica incorrecta.
  • Resumen: La sentencia no es firme y condena al Ayuntamiento a pagar costas de hasta 3.000 euros. El consistorio puede recurrir al Tribunal Supremo.