La asociación civil Liberum ha presentado este viernes una denuncia ante la Audiencia Nacional sobre el asalto a Ceuta de finales de julio para «permitir que la investigación determine si aquella movilización respondió exclusivamente a una concentración espontánea de personas que pretendían acceder a territorio español o si, por el contrario, existió una actuación previamente concertada, organizada o dirigida por personas que conocían el número de participantes, las rutas que iban a utilizarse, las condiciones de acceso y el riesgo generado para las propias personas movilizadas y para la frontera española».
Liberum basa su denuncia ahora en que «la información difundida durante las semanas posteriores ha añadido elementos que no podían conocerse en toda su dimensión cuando se produjeron los acontecimientos. Diversos medios de comunicación han publicado la posible
existencia de avisos previos, comunicaciones entre organismos, documentos de análisis de riesgo e imágenes que mostrarían actuaciones de personas uniformadas y de paisano dirigiendo o administrando los movimientos hacia determinados puntos de acceso».
Estas informaciones habrían dado lugar además a «explicaciones y comunicaciones públicas de responsables institucionales», pero Liberum «no presenta tales publicaciones como prueba definitiva de su contenido ni afirma disponer de conocimiento directo de los hechos. Las aporta como fuentes públicas concretas de la noticia criminis y solicita que sean contrastadas con sus originales, con los registros oficiales de emisión y recepción, con las comunicaciones operativas y con los restantes elementos que puedan conservar los organismos competentes», afirma la denuncia.
En caso de que la Audiencia abra una investigación se podrá comprobar, «exclusivamente en cuanto resulte relevante para la calificación provisional, si el modo de acceso generó un peligro concreto para la vida o la integridad de las personas y si existieron consecuencias lesivas oficialmente documentadas. Ningún peligro o resultado se atribuye anticipadamente a una persona determinada: cualquier valoración ulterior exigirá individualizar la conducta, la situación creada y la relación causal que pudiera establecerse».
Los denunciantes piden que «deberán identificarse, en primer término, quienes hubieran originado o administrado cuentas, grupos o canales; impulsado convocatorias; señalado fechas, lugares, rutas o puntos de aproximación; o transmitido instrucciones con aptitud para ordenar o favorecer el desplazamiento hacia la frontera».
Otra de las peticiones de diligencias es que «deberá comprobarse igualmente si determinadas personas realizaron sobre el terreno actos conscientes de orientación, monitorización o canalización hacia puntos de paso, o mantuvieron comunicaciones relevantes con quienes administraban la convocatoria. La investigación deberá concretar, para cada persona, el acto realizado, su localización, su conocimiento y la eficacia de su contribución».
Funcionarios en Ceuta
Sobre las responsabilidades de los funcionarios en Ceuta aclaran los denunciantes que «la eventual condición de autoridad, funcionario o agente únicamente será relevante cuando pueda vincularse con una conducta personal, consciente y objetivamente idónea para favorecer la entrada. El cargo, el uniforme, la presencia en el lugar, la mera tolerancia o la insuficiencia del dispositivo no permiten por sí solos inferir participación delictiva. La responsabilidad penal deberá establecerse siempre de forma individual. Ni la pertenencia a una institución ni la presencia en el lugar de los hechos permiten por sí solas atribuir participación delictiva. La denuncia solicita precisamente que se reconstruyan las decisiones, comunicaciones, funciones y aportaciones de cada persona antes de efectuar cualquier imputación nominal».
Liberum interesa, por tanto, «una investigación fundada en conductas personales y elementos objetivos. Solo si la documentación oficial, las comunicaciones o las restantes diligencias revelaran indicios individualizados podría valorarse la responsabilidad de una persona concreta dentro de los límites que resulten de los hechos efectivamente acreditados».
Respecto al resto de denuncias presentadas a principios de agosto, «la presente denuncia incorpora información conocida con posterioridad a los acontecimientos de los días 30 y 31 de julio de 2026, difundida públicamente el 2 de septiembre de 2026 por distintos medios de comunicación. Liberum no presenta esas publicaciones como prueba anticipada de la veracidad de todas las afirmaciones que contienen, sino como fuentes abiertas de noticia criminis que proporcionan datos concretos, identifican documentos susceptibles de existir en archivos oficiales y permiten interesar su comprobación por la autoridad judicial».
No va contra las autoridades españolas
La denuncia no va contra las autoridades españoles «por el eventual conocimiento de alertas, por sus manifestaciones públicas o por la gestión política y operativa de la crisis. La reconstrucción del circuito institucional de información tiene una finalidad documental y probatoria; no constituye por sí sola una acusación por ocultación, omisión deliberada o incumplimiento del deber de perseguir delitos».
Finalmente, «no se afirma en este momento la existencia de una organización criminal estable. La eventual coordinación entre distintas funciones deberá ser investigada, pero su calificación como organización o grupo criminal requerirá acreditar pluralidad de integrantes, estructura, distribución de cometidos, permanencia y finalidad delictiva común».
El objeto inicial de la denuncia, por tanto, queda delimitado «a comprobar si las entradas masivas e irregulares de los días 30 y 31 de julio fueron precedidas o acompañadas por actos deliberados de convocatoria, organización, dirección, guiado o facilitación; identificar a quienes pudieron ejecutarlos; establecer dónde se realizó cada conducta y qué relación existió entre ellas; y determinar si respondieron a
iniciativas espontáneas, a actuaciones coordinadas o a una estructura de mayor alcance».
Ahora es la Audiencia Nacional quien deberá decidir si investiga esta causa por separado o la suma a las diligencias sobre Ceuta ya iniciadas por la juez Tardón.
