La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a ocho años y medio de prisión a un hombre por apuñalar a su pareja en el cuello. Los hechos ocurrieron sobre las 9:00 horas del 30 de agosto de 2025 en la habitación de una vivienda compartida, según el relato de hechos probados de la Sección Tercera del tribunal.
Qué dice la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería
El fallo declara al acusado autor de un homicidio en grado de tentativa (el intento de acabar con la vida de otra persona que no llega a consumarse) con la agravante de parentesco (circunstancia que eleva la pena por el vínculo con la víctima). El tribunal sostiene que el ataque fue repentino, se dirigió a una zona de riesgo vital y buscaba acabar con la vida de la mujer.
Además de la pena de prisión, la resolución incluye otros tres pronunciamientos sobre la relación del condenado con la víctima y con su hijo:
- 14 años de alejamiento e incomunicación respecto a la mujer y al menor.
- Retirada de la patria potestad sobre el hijo común.
- Cinco años de libertad vigilada (control judicial posterior a la condena, sin ingreso en prisión).
Cómo ocurrieron los hechos, según el relato del tribunal
La discusión comenzó en la habitación de la vivienda compartida en la que residían. El hijo de ambos, un bebé de corta edad, estaba presente en ese momento. El relato judicial describe una fuerte discusión previa a la agresión.
En un momento dado, el acusado se aproximó a su pareja, la agarró del pelo y le provocó un corte en el cuello con una navaja de afeitar de diez centímetros de hoja. El tribunal recoge que, mientras la sujetaba, le dijo que la iba a matar y aludió a su pasado penitenciario en Marruecos.
El fallo impone al condenado 14 años de alejamiento e incomunicación respecto a la mujer y al hijo de ambos.
Un compañero de piso que vivía con ellos escuchó los gritos y entró en la habitación. Trató de calmar al acusado, que no atendió a sus requerimientos. Fue entonces cuando cogió al bebé en brazos y salió de la vivienda a pedir ayuda a la Guardia Civil.
Los agentes llegaron en cuestión de minutos. Localizaron a la mujer herida junto a la puerta y al acusado en una de las habitaciones, con el arma cerca, y manchas de sangre. La detención se produjo a continuación, tras mostrar resistencia al arresto, según hicieron constar los propios agentes.
Las lesiones consistieron en un corte de unos diez centímetros en la zona cervical, considerada de riesgo vital. El tribunal precisa que la herida no llegó a comprometer la vida de la perjudicada, que recibió asistencia médica.
El ataque fue repentino, según el tribunal.
Las medidas de protección y el estado del proceso
La sentencia de la Sección Tercera es de primera instancia y no es firme. Contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo, conforme al régimen general de recursos del Consejo General del Poder Judicial.
La sentencia no es firme.
Las medidas de alejamiento e incomunicación se mantienen vigentes mientras la resolución no adquiera firmeza. El teléfono 016 atiende las 24 horas las consultas relacionadas con la violencia machista y no deja rastro en la factura telefónica.

