1La regla de los 30 días: el precio que deben enseñarte antes de tachar
Desde el 28 de mayo de 2022, el artículo 20.1 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista no deja margen a la interpretación: si una tienda anuncia una reducción de precio, debe mostrar con claridad, junto al precio rebajado, el precio anterior, y ese precio anterior es el más bajo que haya tenido ese mismo producto en los 30 días precedentes. No sirve el precio recomendado por el fabricante, ni el de tarifa, ni el que lucía el artículo la semana pasada. La exigencia llega de la Directiva Ómnibus (2019/2161), que España incorporó con el Real Decreto-ley 24/2021, y vale igual en tienda física que en comercio electrónico, también para el Black Friday, aunque la ley no lo mencione por su nombre. Solo hay dos huecos: los artículos puestos a la venta por primera vez y las bajadas aplicadas para evitar el desperdicio alimentario, que no cuentan como referencia.
La regla es también el lugar exacto donde se producen los abusos, porque el comprador no puede reconstruir por su cuenta el histórico de un escaparate. La OCU rastreó casi 2.500 productos de electrónica y electrodomésticos en 61 plataformas durante el Black Friday de 2025 y concluyó que el 89% de los precios tachados no se ajustaba a la norma: en el 77% de los casos no correspondían al precio de venta real de los meses previos y en otro 12% no eran el mínimo de los 30 días anteriores. El Corte Inglés (81% de referencias mal indicadas), Fnac (48%) y Carrefour (47%) aparecen entre las once tiendas denunciadas ante Consumo. El castigo existe: siete comercios online fueron sancionados con 348.000 euros por el Black Friday de 2023, y las infracciones graves pueden llegar a 100.000 euros o a entre cuatro y seis veces el beneficio obtenido, con prohibición de repetir la práctica. Con el Black Friday del 28 de noviembre, la ventana de referencia arranca el 29 de octubre: cualquier precio tachado que no coincida con el mínimo de esas cuatro semanas es, por definición, un descuento inflado.
