La SecciĂłn Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al director general de PolĂtica LingĂĽĂstica y MultilingĂĽismo de la Generalitat Valenciana, RubĂ©n Trenzano, del delito de falsedad documental en ayudas al valenciano concedidas a empresas de Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig.
El Ăłrgano judicial absuelve a Trenzano y ordena notificar la resoluciĂłn a las partes, que disponen ahora de diez dĂas para presentar recurso de apelaciĂłn. El director general se sentĂł a finales del pasado mes de septiembre en el banquillo acusado por el Partido Popular –que ha ejercido la acusaciĂłn popular– de supuesta falsedad documental, por la que pedĂa seis años de prisiĂłn. La FiscalĂa, por su parte, no veĂa delito y reclamĂł el sobreseimiento de las actuaciones, al igual que la defensa.
En la sentencia, datada el 19 de octubre, los magistrados mantienen que, en este caso, «en modo alguno resulta acreditada de forma absolutamente indubitada, la concurrenciaen la conducta del acusado de todos los elementos objetivos y subjetivos que el tipo del delito de falsedad documental o, subsidiariamente, un delito de falsedad en documento oficial cometido por imprudencia grave».
En este sentido, aseguran que de las pruebas practicadas no resulta que el contenido del escrito que se envió a Eva Ortiz «se realizará una mutación de la verdad por alguna de las conductas tipificadas en la norma penal» ni «tampoco concurre el dolo falsario».
La sentencia recuerda los diversos testimonios aportados y concluye que «consta acreditado que se realizó la comprobación administrativa de la concesión de la subvención en cada una de sus fases (solicitud, justificación y pago) y la comprobación material se realizó en el trámite de justificación en el que además de la documentación correspondiente se aportó el disco duro».
«Y que tras el escrito de Doña Eva Ortiz –prosigue– se comprobĂł de nuevo toda el expediente de la subvenciĂłn respecto de las empresas a las que se referĂa la sĂndica del grupo parlamentario popular. Y posteriormente, se aprobĂł un nuevo Plan de Control estableciĂ©ndose el criterio del riesgo para poder comprobar de nuevo a las citadasempresas».
Consecuentemente, apunta, «no se ha acreditado que en el escritode fecha 6 de abril de 2018 se recojan hechos inveraces. Noconcurre, respecto del delito que se imputa al acusado elelemento objeto de cometer la falsedad. Es decir, la alteración o mutación de la verdad en un documento público u oficial». Por todo ello, considera que debed dictarse la absolución.
La causa surgiĂł a raĂz de una denuncia de la ex portavoz adjunta del PPCV, Eva Ortiz, en relaciĂłn a la presunta falsedad en algunas de las manifestaciones contenidas en un documento emitido en abril de 2018 por la DirecciĂłn General dirigida por Trenzano sobre las ayudas al fomento del valenciano.
En concreto, en el escrito de la representante ‘popular’ se denunciaba que el director general habrĂa faltado a la verdad al afirmar que las empresas valencianas nombradas y beneficiarias de una subvenciĂłn en 2015 y 2016 de ayudas al valenciano «presentaron la justificaciĂłn de gastos realizados en el plazo establecido en las respectivas convocatorias».
Aunque inicialmente el juzgado acordĂł el sobreseimiento de la causa al entender que correspondĂa al ámbito contencioso-administrativo y no ver indicios de ilĂcito penal, la Audiencia revocĂł esa decisiĂłn y acordĂł continuar el procedimiento.
Posteriormente, el Juzgado de InstrucciĂłn nĂşmero 9 de València abriĂł juicio oral y Trenzano se sentĂł a finales del pasado mes de septiembre en el banquillo acusado por el Partido Popular –que ha ejercido la acusaciĂłn popular– de un delito de falsedad documental por el que pedĂa seis años de prisiĂłn. La FiscalĂa, por su parte, no veĂa delito y reclamĂł el sobreseimiento de las actuaciones, al igual que la defensa de Trenzano.
«CONFIANZA PLENA»
En su declaraciĂłn, RubĂ©n Trenzano negĂł haber cometido irregularidades en las ayudas concedidas a las empresas vinculadas a Francis Puig, y asegurĂł que no lo conocĂa. TambiĂ©n explicĂł que Ă©l firmaba lo que decĂan sus tĂ©cnicos, con quienes tenĂa «confianza plena», y aseverĂł que se revisaron las subvenciones y no se vio nada ilegal.
Por su parte, el ministerio pĂşblico apreciĂł «mala fe» en la diputada popular Eva Ortiz. «Dar relevancia jurĂdico penal a esto me parece ridĂculo. Si Trenzano tuviera que revisar todas las actuaciones de los tĂ©cnicos no tendrĂa tiempo, tiene que poner a gente de confianza. No es un tĂ©cnico en derecho», expuso el fiscal en sus conclusiones, en las que insistiĂł que no habĂa delito, sino una «persecuciĂłn con fines polĂticos» probablemente «ilĂcitos».
De hecho, el Ministerio Fiscal –y tambiĂ©n la defensa– habĂa solicitado la condena en costas a la acusaciĂłn popular, atribuyĂ©ndole haber actuado con temeridad o mala fe. Sin embargo, la sala estima que no procede.