El Tribunal Superior de Justicia de AndalucĆa (TSJA) ha revocado parcialmente la sentencia de la Audiencia de Sevilla sobre el conocido como triple crimen de Dos Hermanas (Sevilla), que condenaba a 40 aƱos de cĆ”rcel a Ricardo G.H. alias el ‘Pollino’, su padre Ricardo G.G. ‘el Cabo’ y su esposa, Elisa F.M., por tres delitos de detenciĆ³n ilegal en concurso medial con el delito de asesinato y un delito de tenencia ilĆcita de armas; absolviendo por completo a esta Ćŗltima y condenando al ‘Pollino’ y a su padre a prisiĆ³n permanente revisable por el asesinato de la niƱa de seis aƱos.
AsĆ queda de relieve en una sentencia emitida este pasado lunes por el Tribunal Superior de Justicia de AndalucĆa, difundida por dicha instituciĆ³n, despuĆ©s de que el pasado 3 de febrero el Alto tribunal andaluz celebrase la vista correspondiente a los recursos de apelaciĆ³n interpuestos por cada una de las partes contra la sentencia emitida por la Audiencia de Sevilla tras el juicio con jurado popular celebrado en torno al caso el verano de 2020.
La sentencia del tribunal del jurado de la Audiencia de Sevilla, emitida el 1 de septiembre de 2020, condenaba Ricardo G.H. alias el ‘Pollino’, su padre Ricardo G.G. ‘el Cabo’ y su esposa, Elisa F.M., por tres delitos de detenciĆ³n ilegal en concurso medial con el delito de asesinato y un delito de tenencia ilĆcita de armas, tras ser hallados en una vivienda propiedad del primero ubicada en Dos Hermanas los cadĆ”veres del ciudadano turco Yilmaz Giraz, de la pareja de este, Sandra CapitĆ”n, y de la hija de sĆ³lo seis aƱos de ella, llamada LucĆa.
SegĆŗn esta sentencia inicial, Ā«probablemente por razones derivadas del trĆ”fico de drogasĀ», el ‘Pollino’, su esposa y su padre el ‘Cabo’ Ā«decidieron en septiembre de 2017 secuestrar y acabar con la vida de Yilmaz GirazĀ», para lo cual el ‘Pollino’ pidiĆ³ a Manuela M.O. Ā«que localizarĆ” persona o personas que estuvieran dispuestas a secuestrar a YilmazĀ» a cambio de dinero y ella se lo propuso a David RamĆ³n H.P. alias ‘el Tapita’, quien a su vez uniĆ³ al asunto a JosĆ© Antonio M.B. alias el ‘Quino’.
Tras encargarse el ‘Tapita’ y el ‘Quino’ de la reducciĆ³n e inmovilizaciĆ³n de Yilmaz en una vivienda de la calle Cerro Blanco de Dos Hermanas propiedad del ‘Pollino’, segĆŗn la sentencia inicial, este Ćŗltimo, su mujer y su padre acudieron en coche a la vivienda de Sandra CapitĆ”n, pareja de Yilmaz, y allĆ la obligaron a subir al vehĆculo junto a su hija, de solo seis aƱos de edad.
ENTERRADOS EN UNA FOSA
De vuelta a la vivienda, el ‘Pollino’, su mujer o su padre, o sea uno de ellos Ā«en presencia y con el apoyo de los otros dos, disparĆ³ con un revolver a la cabeza de Yilmaz, Sandra y de la pequeƱaĀ», siendo sus cadĆ”veres arrojados a una fosa sĆ©ptica que se encontraba en el cuarto de baƱo, entre la baƱera y el retrete, que tenĆa un metro de diĆ”metro y una profundidad de unos dos metrosĀ». DespuĆ©s, la fosa fue rellenada de hormigĆ³n y sellada con mortero y fermila, segĆŗn la Audiencia.
AsĆ, en la sentencia inicial, que seguĆa al veredicto emitido por el jurado popular encargado de enjuiciar este caso, Joaquina H.J., madre del ‘Pollino’, resultaba absuelta, mientras en el caso del ‘Pollino’, su mujer y su padre, resultaban condenados a 40 aƱos de cĆ”rcel por tres delitos de detenciĆ³n ilegal en concurso medial con el delito de asesinato y por tenencia ilĆcita de armas.
Manuela M.O. era condenada como cĆ³mplice de un delito de detenciĆ³n ilegal a la pena de dos aƱos y once meses de prisiĆ³n; mientras David RamĆ³n H.P. era condenado como autor de un delito de detenciĆ³n ilegal con la agravante de precio y atenuantes de confesiĆ³n muy cualificada y reparaciĆ³n del daƱo, a tres aƱos de prisiĆ³n; y JosĆ© Antonio M.B. a cuatro aƱos de cĆ”rcel por un delito de detenciĆ³n ilegal con la circunstancia agravante de precio y atenuante de confesiĆ³n.
Pues bien, una vez revisados los recursos de apelaciĆ³n de cada una de las partes contra dicha sentencia, el TSJA ha desestimado por completo los recursos del ‘Pollino’, su padre, Manuela M.O. y el ‘Tapita’ contra sus respectivas condenas. Y es que en el caso del ‘Pollino’, por ejemplo, es el titular de la vivienda donde fueron hallados los cadĆ”veres, Ā«la vĆspera de los hechos habĆa ido a la cementera a pedir precio para un suministro de hormigĆ³nĀ» y pesa la Ā«prueba pericial de posicionamiento del telĆ©fono mĆ³vil utilizadoĀ», entre otros aspectos.
ABSUELTA LA MUJER DEL POLLINO
Empero, estima Ćntegramente el recurso de apelaciĆ³n de la mujer del ‘Pollino’, declarando su libre absoluciĆ³n de los tres delitos de asesinato atribuidos, Ā«no tanto por la mayor o menor convicciĆ³n de la sala sobre su participaciĆ³n, como porque no se han alcanzado con la prueba practicada en el juicio los estĆ”ndares mĆnimos que otorgarĆan base razonable a la condenaĀ», segĆŗn el TSJA.
Ā«Incluso si se hubiera podido acreditar que Elisa estuvo presente en el lugar y momento de los hechos en los tĆ©rminos que refirieron los coacusados, aĆŗn quedarĆa huĆ©rfana de prueba una aportaciĆ³n concreta por su parte a la comisiĆ³n del hecho tĆpico, pues Ćŗnicamente resulta de la declaraciĆ³n de David R.H. una dubitativa referencia a si Sandra, al entrar en la casa, tropezĆ³ o fue empujada por ElisaĀ», toda vez que Ā«ninguna otra prueba referida a actos preparatorios o coetĆ”neos de Elisa en el secuestro o en la muerte de las vĆctimas se practicĆ³ en el juicioĀ», indica el TSJA.
En cuanto a la peticiĆ³n de las acusaciones particulares y de la FiscalĆa de prisiĆ³n permanente revisable por el asesinato de la hija de Sandra CapitĆ”n, de sĆ³lo seis aƱos de edad, motivo Ćŗnico en el caso del recurso de apelaciĆ³n del padre de la menor, el TSJA indica que el principio Ā«non bis in idemĀ», o sea la prohibiciĆ³n de que un mismo hecho resulte sancionado mĆ”s de una vez, Ā«no impedĆa la imposiciĆ³n de la pena de prisiĆ³n permanenteĀ», porque los hechos Ā«fueron calificados como asesinato por la concurrencia no sĆ³lo de alevosĆa, sino tambiĆ©n de ensaƱamientoĀ» y para ello Ā«no resultĆ³ determinante la circunstancia de la edadĀ» de LucĆa, como se llamaba la niƱa.
PRISIĆN PERMANENTE REVISABLE
Por eso, el TSJA impone al ‘Pollino’ y su padre Ā«la pena de prisiĆ³n permanente revisable por el delito de asesinatoĀ» de la menor, Ā«requiriĆ©ndose para la progresiĆ³n a tercer grado el cumplimiento de un mĆnimo de 22 aƱos de prisiĆ³n y un mĆnimo de 30 aƱos para la suspensiĆ³n de la ejecuciĆ³n del resto de la condenaĀ».
En cuanto a la impugnaciĆ³n de la atenuante de reparaciĆ³n del daƱo aplicada a David el ‘Tapita’, el TSJA admite la misma porque Ā«el jurado rechazĆ³ por unanimidad que el acusado hubiera realizado esa conducta para minimizar el dolor y el daƱo de la familiaĀ» y a ello se le aƱade que Ā«la utilidad de la declaraciĆ³n de David para el hallazgo de los cadĆ”veres ya ha sido contemplada al apreciar como muy cualificada la atenuante de confesiĆ³nĀ».
Ā«No existe relaciĆ³n entre el delito cometido por David (el secuestro) y esa compensaciĆ³n (suministrar certeza sobre la suerte de sus familiares y permitir su entierro), que sĆ³lo lo es con relaciĆ³n al daƱo consistente en la muerte de las vĆctimas, por el que no se ha condenado ni penal ni civilmente a DavidĀ», resume el TSJA, que eleva asĆ de tres aƱos a tres aƱos y ocho meses la pena impuesta a este acusado.
En materia de responsabilidad civil, el TSJA condena a David el ‘Tapita’, JosĆ© Antonio ‘Quino’ y a Manuela M.O. a indemnizar a la familia de Yilmaz en 15.000 euros, los dos primeros como responsables solidarios entre sĆ y con Ricardo G.H. y Ricardo G. G., y la tercera como responsable subsidiaria, confirmando el resto de la sentencia inicial de la Audiencia de Sevilla.