El juzgado de Lleida rechaza suspender cautelarmente el confinamiento del SegriĆ 

El Juzgado Contencioso Administrativo de Lleida ha rechazado suspender de forma cautelarĆ­sima el confinamiento perimetral de la comarca del SegriĆ  ordenado por la Generalitat, como solicitaba el abogado Jorge CullerĆ© Lavilla en el recurso que presentĆ³ el lunes contra el auto del sĆ”bado del Juzgado de InstrucciĆ³n 4 que ratificaba, a peticiĆ³n de la Generalitat, el cierre durante 15 dĆ­as.

CullerĆ© pidiĆ³ la medida cautelarĆ­sima, a la espera de la resoluciĆ³n del recurso de apelaciĆ³n por parte del Tribunal Superior de Justicia de CataluƱa (TSJC), al considerar que la resoluciĆ³n de la Generalitat es nula de pleno derecho argumentando que Ā«la incidencia acumulada de 149,1 casos por 100.000 habitantes no permite limitar derechos, segĆŗn el Plan de actuaciĆ³n del Procicat de la GeneralitatĀ», segĆŗn el auto de la jueza.

La FiscalĆ­a de Lleida se ha opuesto a la medida cautelar solicitada por el letrado, en un informe presentado este miĆ©rcoles, ha informado el Ministerio PĆŗblico.

En su recurso, CullerĆ© argumenta que el Plan de actuaciĆ³n del Procicat por emergencias asociadas a enfermedades transmisibles sĆ³lo admite la limitaciĆ³n de derechos y actividades cuando se activa la fase 1 de emergencia, que se declara cuando los contagios son superiores a 700 por cada 100.000 habitantes.

El abogado considera que, al no haberse alcanzado este umbral en el SegriĆ , no procede la adopciĆ³n del confinamiento perimetral, y mantiene que Ā«atentaĀ» contra el derecho a la libre circulaciĆ³n consagrado el artĆ­culo 19 de la ConstituciĆ³n.

CullerĆ© apunta que las administraciones no han argumentado la razones de la medida –que a su entender no es ni proporcionada ni progresiva–, y considera que existe un agravio comparativo respecto a otras zonas con situaciones similares y cita como ejemplos el cierre de la comarca de A MariƱa, en Lugo, con efecto de 5 dĆ­as, o Albacete, donde se confinaron edificios concretos.