Un nuevo auto judicial rebaja la pena a un condenado por violación de 9 a 8 años de prisión

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, en Asturias, ha emitido un nuevo auto judicial en el que se rebaja en un año la pena a un condenado por violación tras la reciente entrada en vigor de la nueva ley de libertad sexual, conocida popularmente como la de ‘sólo sí es sí’. La condena inicialmente era de 9 años de prisión y pasa ahora a ser de 8 años.

La Audiencia sostiene que la pena de 9 años de prisión individualizada en la ejecutoria también sería formalmente imponible con el nuevo texto legal, pero la misma, tras la reforma, supondría que mientras antes representaba el máximo de la mitad inferior, «ahora implicaría que tendríamos que rebasar ese límite para deslizarnos en la mitad superior, que va de 8 años a 12 años, con lo que de mantenerla estaríamos quebrantando el criterio de proporcionalidad que inspira el juicio revisorio que nos ocupa».

Por ello procede la revisión rebajando la pena al límite que representa el máximo de la mitad inferior de la nueva pena tipo. Firme esta resolución, contra la que cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en término de cinco días a contar desde su última notificación