Es oficial: la DGT ya no te puede multar por todo esto 

La DGT renueva con el tiempo las infracciones por las que puede sancionar a los conductores y las conductoras. En esta ocasión, venimos a hablarte sobre algunas multas que ya NO puede ponerte la Dirección General de Tráfico. El avance de la tecnología ha permitido que haya algunas conductas que ya no supongan una multa para los ciudadanos/as. Muy atento/a a los siguientes párrafos porque ya nadie podrá multarte por hacer todo lo que te vamos a contar. 

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Multas que ya no pone la DGT 

La DGT ya no está autorizada para multar a los usuarios que no lleven el carnet de conducir física. Gracias a la aplicación móvil MiDGT, los conductores/as pueden llevar este permiso en su teléfono móvil sin necesidad de llevar el carnet de conducir encima. Tampoco podrán sancionarte por no llevar DNI. La Guardia Civil puede acceder a tu información sin necesidad de que lo lleves encima. Por otro lado, desde 2008, ya no es necesario que tengas en el coche la documentación física vinculada al seguro del coche, ya que los agentes de Tráfico pueden hallar esta información de manera electrónica. Antes era obligatorio tener gafas de repuesto en el coche, pero desde 1997 ya no lo es, a menos que el carnet el conductor especifique lo contrario. En el pasado era obligatorio tener luces de repuesto, algo que ha quedado obsoleto y por lo que ya no te pueden multar. Se retiró esta operatoria por la dificultad y el riesgo que tiene reemplazar una bombilla en un faro moderno.   

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