El Ministerio de Justicia ha revocado inesperadamente la opción de teletrabajo, justo cuando un total de 30.000 funcionarios de dicha administración ya habían optado por esta modalidad. Esto ocurre poco después de que Sumar y, por ende, Yolanda Díaz, firmaran un acuerdo de Gobierno con el PSOE de Pedro Sánchez, que prometía jornadas laborales más cortas y una mayor conciliación para todos los trabajadores en España, tanto en el sector público como en el privado.
Desde la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) han anunciado lo que ellos consideran un claro ejemplo de «discriminación del Gobierno» dirigido al colectivo de funcionarios afectados y ha pedido que se reconozca el derecho a teletrabajar, tal y como ocurre en las empresas de carácter privado.
En cuanto al Ministerio de Justicia, ha aclarado que su decisión se basa en el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial del 5 de julio, el cual anuló las medidas organizativas y tecnológicas previamente implementadas por los órganos judiciales para abordar la pandemia. Esta resolución tuvo lugar después de que el Consejo de Ministros declarara el fin de la emergencia sanitaria debido a la COVID-19, lo cual se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 5 de julio de 2023.
30.000 FUNCIONARIOS SE HABÍAN ACOGIDO A LA MODALIDAD DE TELETRABAJO
Los funcionarios afectados por este cambio de rumbo en el Gobierno son los letrados y los Cuerpos Generales (Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial) y Especiales (médicos forenses, facultativos y técnicos del Instituto Nacional de Toxicología). Hasta la fecha 30.000 de los 50.000 funcionarios se habían acogido al teletrabajo durante dos días a la semana.
La CSIF, uno de los sindicatos más representativos dentro de las administraciones públicas, ha comentado de manera oficial su rechazo a esta medida del Ministerio de Justicia debido a que «discrimina al colectivo de empleados públicos respecto al resto de trabajadores que sí tienen reconocido este derecho que favorece la conciliación laboral y familiar, la productividad, además de suponer un ahorro de tiempo en desplazamiento, energía, y reducción de la contaminación, entre otros beneficios», según recoge el medio LibreMercado.
CSIF ASEGURA QUE ESTA MEDIDA DISCRIMINAN AL COLECTIVO DE EMPLEADOS PÚBLICOS
Según el sindicato, la decisión la consideran arbitraria e injusta y va en contra del acuerdo sobre teletrabajo que fue suscrito en 2021 en la Mesa General de las Administraciones Públicas y que aún no se ha implementado por completo. De hecho, CSIF ha presentado una denuncia contra la Función Pública debido a la demora en la implementación de esta medida.
Por otro lado, la CSIF señala que el Plan de Medidas de Ahorro y Eficiencia Energética, aprobado por el Consejo de Ministros en junio de 2022, contenía disposiciones relacionadas con el trabajo a distancia que se asemejaban a las establecidas en el acuerdo mencionado. Además, el plan incluía otras iniciativas, como la regulación de horarios de encendido y apagado de edificios, control de temperatura, mejora del alumbrado exterior y la promoción del uso del transporte público.
CCOO APOYA A LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA Y CARGA CONTRA EL GOBIERNO
Según el sindicato Comisiones Obreras (CCOO), la circular emitida por el Ministerio de Justicia destaca la vital importancia de contar con una regulación pactada para todas las condiciones laborales. Sin esta regulación, los derechos de los trabajadores quedan únicamente como una ilusión, vulnerable a la discrecionalidad de la Administración o de las jefaturas de las oficinas, quienes en ocasiones utilizan esta falta de regulación como una herramienta de presión y chantaje.
Para CCOO, resulta imperativo y de máxima importancia que se establezca una regulación del teletrabajo mediante negociación y acuerdo. «Reiteramos esta demanda ante la ministra de Justicia, Pilar Llop». Todos los empleados de la Administración de Justicia deberían tener la posibilidad de optar por el teletrabajo en igualdad de condiciones, sin ningún tipo de discriminación, y sin que la decisión sobre quiénes pueden teletrabajar recaiga exclusivamente en los Lajs, según indican desde CCOO. Además, esta regulación debe garantizar que los derechos de los empleados que trabajan de forma remota sean idénticos a los de aquellos que trabajan de manera presencial.

En cualquier caso, CCOO insta al Ministerio a actuar con celeridad, dado que hasta el momento no lo ha hecho, y mientras la nueva regulación no esté en vigor, se pide que se revoque la circular en cuestión y que no se elimine el teletrabajo en su ámbito territorial. Además, exigen que se garantice el teletrabajo en igualdad de condiciones para todos los empleados, ya que algunas comunidades autónomas transferidas han anunciado que no la implementarán de manera inminente, e incluso en algunas se han acordado extensiones recientes del teletrabajo hasta mediados de 2024, lo que podría crear desigualdades entre los empleados de la Administración de Justicia en distintas regiones.
LOS JUECES ESPECIFICAN QUÉ GASTOS DEBE PAGAR LA EMPRESA A LOS TELETRABAJADORES
La Audiencia Nacional emitió una sentencia el 3 de octubre relacionada con el material ergonómico en el trabajo a distancia. La sentencia, de la que el magistrado Ramón Gallo fue el ponente, establece que las sillas ergonómicas y otros elementos similares no pueden considerarse como un gasto que la empresa debe asumir para los teletrabajadores. Según la Ley del Trabajo a Distancia, los medios necesarios para trabajar deben ser objeto de negociación individual o colectiva. Sin embargo, si un empleado solicita una silla ergonómica por razones de salud y seguridad en el trabajo, debe demostrar que existe un riesgo para su salud si no se proporciona.
La Ley del Trabajo a Distancia, en sus Artículos 12 y 11, establece que la empresa debe sufragar o compensar el desarrollo del trabajo a distancia y proporcionar al teletrabajador los medios necesarios, como una computadora, teclado, ratón o teléfono móvil, así como los gastos de electricidad e Internet. Sin embargo, la Audiencia Nacional no considera que las compañías deban reembolsar todos los gastos de forma genérica.
En una sentencia anterior, del 4 de junio de 2021, la Audiencia Nacional ya había rechazado el reconocimiento del derecho a una compensación general de los gastos relacionados con el teletrabajo, incluyendo la adaptación de instalaciones y otros materiales de oficina, a menos que se acordara en acuerdos individuales o convenios colectivos.