Guardia Civil denuncia a vigilantes de El Prat por huelga encubierta

El instituto armado considera que la interrupción del servicio en los filtros sin preaviso ni servicios mínimos no puede ampararse en el derecho de huelga. La propuesta de sanción contra ocho trabajadores de I-SEC abre vía administrativa y sienta precedente para futuros conflicto

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿A quién afecta? A los pasajeros que pasaron por los filtros del Aeroport Josep Tarradellas Barcelona-El Prat durante la jornada de protesta y a los ocho vigilantes de la empresa I-SEC denunciados por la Guardia Civil.
  • ¿Cuándo ocurre? La denuncia se ha conocido esta semana; los hechos se remontan a la protesta laboral protagonizada por la plantilla de seguridad privada en abril.
  • ¿Qué cambia hoy? El expediente abre la vía sancionadora por una huelga encubierta, figura jurídica con consecuencias económicas para los trabajadores y precedente para futuros conflictos en el aeropuerto.

La Guardia Civil ha propuesto sancionar a ocho vigilantes de la empresa I-SEC en el Aeroport de El Prat por dejar sin servicio los filtros de seguridad durante una protesta laboral. El instituto armado entiende que la actuación encaja en lo que el ordenamiento define como huelga encubierta, una figura distinta del derecho de huelga reconocido constitucionalmente.

Qué ha pasado en los filtros del aeropuerto

Según la información avanzada por Crónica Global, los agentes destinados en el aeropuerto elevaron el atestado tras detectar que varios trabajadores abandonaron sus puestos en los arcos de control sin haber comunicado formalmente la convocatoria de huelga. La consecuencia inmediata fue el cierre puntual de varios filtros, con la consiguiente acumulación de pasajeros en la T1 durante la jornada de protesta.

I-SEC es la empresa adjudicataria del servicio de seguridad privada en buena parte de las terminales catalanas y gallegas dependientes de Aena. Sus vigilantes operan los arcos detectores, los escáneres de equipaje y los controles secundarios. Cuando ese servicio se interrumpe, la afectación es directa: ningún pasajero pasa a la zona de embarque.

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La Guardia Civil sostiene en su propuesta que la falta colectiva de servicio, sin preaviso ni servicios mínimos pactados, no puede ampararse en el ejercicio del derecho de huelga. De ahí la calificación.

Por qué importa la figura de la huelga encubierta

La distinción es jurídica, pero tiene efectos prácticos. Una huelga legal exige preaviso, comité, comunicación a la empresa y a la autoridad laboral, y servicios mínimos negociados. Cuando un grupo de trabajadores abandona su puesto sin cumplir esos requisitos, la jurisprudencia habla de huelga encubierta o, en su caso, de incumplimiento contractual. La diferencia no es retórica: la huelga legal protege al trabajador frente al despido y la sanción, mientras que la encubierta no ofrece esa cobertura.

En el caso de los aeropuertos, el listón sube. La actividad está catalogada como servicio esencial para la comunidad, por lo que cualquier protesta laboral exige negociar servicios mínimos con el Ministerio de Transportes y, en última instancia, con la propia Aena. Sin ese paso, los agentes consideran que se vulneraron también las obligaciones específicas del personal de seguridad privada.

Lo observamos como un caso con potencial de marcar línea. Si la sanción prospera, sentará un criterio para futuros conflictos en El Prat, donde los choques laborales en handling, vigilancia y limpieza se han repetido en los últimos años. Si la propuesta decae en vía administrativa o judicial, el efecto será el contrario: incentivo para protestas espontáneas.

Un patrón que se repite en El Prat

El conflicto laboral en el aeropuerto barcelonés no es nuevo. Las plantillas de seguridad privada han protagonizado movilizaciones recurrentes desde 2019, con episodios especialmente sonoros en los veranos de 2021 y 2022, cuando las colas en los filtros se convirtieron en imagen recurrente de los telediarios. La queja de fondo es siempre la misma: salarios, ratios de personal y condiciones de trabajo en una infraestructura que mueve más de 50 millones de pasajeros al año, alrededor de 137.000 viajeros diarios de media.

La diferencia esta vez es el ángulo policial. La Guardia Civil no se limita a constatar el incidente: tramita un atestado con propuesta de sanción nominal contra ocho personas concretas. Eso obliga a I-SEC, al sindicato que respaldase la protesta y a los propios trabajadores a posicionarse en una vía administrativa con consecuencias económicas individualizadas.

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Cuando un filtro de aeropuerto cierra sin servicios mínimos pactados, la protesta deja de ser huelga y empieza a ser, en términos legales, otra cosa.

Conviene no olvidar el marco en el que cae esta denuncia. El Govern y Aena llevan meses cruzando reproches por la gestión del aeropuerto, con la ampliación todavía sin desbloquear y un ruido permanente sobre quién manda en El Prat. La gestión laboral de las contratas no es competencia de la Generalitat,, pero cualquier incidencia en los filtros impacta en la imagen del aeropuerto que el Govern quiere proyectar como hub internacional. La factura reputacional, en cambio, se reparte.

Qué pasa ahora con los ocho vigilantes

El expediente entra ahora en fase administrativa. La propuesta de sanción de la Guardia Civil pasa a la autoridad competente, que decidirá si la asume, la modifica o la archiva. Los trabajadores afectados tendrán plazo para alegar. La sanción económica, si finalmente se confirma, podría sumarse a posibles medidas disciplinarias por parte de la propia I-SEC.

El sindicato deberá decidir si recurre y bajo qué cobertura. Y la empresa, si abre expediente interno paralelo. Cada paso marcará el precedente. El próximo movimiento depende ahora de la autoridad administrativa, no de los filtros.