El último auto del juez Juan Carlos Peinado, del juzgado de Instrucción 41 de Madrid que instruye la causa contra Begoña Gómez, relata «la existencia de indicios en el delito de apropiación indebida». Se refiere el juez al software de Transformación Social Competitiva (TSC) creado por la cátedra para la Universidad Complutense (UCM).
Razona el instructor que «la apropiación indebida se tipifica en el artículo 253 del Código Penal. Dicho precepto sanciona a quien, en perjuicio de otro, se apropie para sí o para un tercero de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, o los distraiga de su destino, cuando los hubiera recibido en depósito, comisión o custodia, o por otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o niegue haberlos recibido (…)».
Y justifica que «los hechos descritos en las actuaciones, pudieran suponer un abuso de facultades de administración, pues se trata del presunto desvío de un proyecto, de un activo tecnológico, susceptible de evaluación económica, siendo si se quiere, un efecto, o bien, de carácter mueble, con contenido cultural, o científico, a los efectos del artículo 254 del Código Penal, y de un conjunto de recursos gestionados en un entorno fiduciario, y consta, además, el perjuicio al patrimonio administrado».
Para el juez, la «investigada, Begoña Gómez Fernández actuó de facto como gestora principal del proyecto de la cátedra y del software, con capacidad de dirección e interlocución sobre recursos universitarios, aportaciones empresariales y desarrollo tecnológico, y pudo exceder ese ámbito desviando el activo hacia sus intereses propios (marcas, dominio y mercantil) en perjuicio de la UCM.
Sobre la «existencia de un activo inmaterial determinado», dice el juez que «consta en las actuaciones la existencia de un software o plataforma digital desarrollado en el seno de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, identificado como uno de los proyectos principales de dicha cátedra. Dicho desarrollo aparece designado como «plataforma digital», «software», «Plataforma de medición de impacto social recurrente» o expresiones similares, y figura entre los objetivos de la cátedra desde su inicio. Consta asimismo que su desarrollo dio lugar a actuaciones de financiación, colaboración empresarial, seguimiento técnico y contratación, lo que permite identificar un activo funcional específico, dotado de entidad propia».
Begoña Gómez «tenía control»
Cree Peinado que Begoña Gómez «tenía control total del software en desarrollo. Prueba de ello es que el co-Director Ruano no está implicado en ninguna fase del desarrollo del producto y sí, en todo momento, Cristina Álvarez».
También explica que «el software se integra en la actividad de la Cátedra TSC, vinculada a la Universidad Complutense de Madrid. Así, resulta de las actuaciones relativas al seguimiento de la cátedra, en las que se alude al desarrollo de la plataforma en su ámbito de actuación».
Otro de los indicios fue la localización del software en el dominio transformatsc.org. «Consta en las actuaciones que la plataforma desarrollada en el seno de la cátedra estaba alojada en el dominio transformatsc.org. Consta igualmente que, en septiembre de 2024, el dominio dejó de estar operativo, siendo la titular del mismo, Begoña Gómez Fernández», escribe el juez instructor.
Peinado incluye en su auto incluso una secuencia temporal de los hechos para poder explicarlos mejor: «El 2 de marzo de 2020 se solicitó el registro de la marca “TSC Transformación Social Competitiva”. El 30 de octubre de 2020 se suscribió el convenio de creación de la cátedra, con referencia al objetivo de crear la plataforma o software. El 27 de enero de 2022 se propuso la creación de una “plataforma de medición del impacto social, recurrente y no profit”.
Además, añade que «entre el 6 de septiembre y el 7 de octubre de 2022, Begoña Gómez y Cristina Álvarez se interesaron por el registro del software ante la OTRI. El 20 de septiembre de 2022, el dominio transformatsc.org fue dado de alta, inicialmente solicitado por la Sra. Blanca de Juan. El 6 de octubre de 2022, la OTRI remitió a Begoña Gómez y Cristina Álvarez el contrato de cesión de derechos sobre el software a favor de la UCM. Tras este suceso, las investigadas rompen la comunicación con la OTRI.
El 10 de octubre de 2022, Begoña Gómez «solicitó el registro a título personal de la marca “Plataforma de medición de Impacto Social y Medioambiental www.TransformaTSC.org”, incluyendo el dominio en la propia solicitud y diseño gráfico. El 13 de julio de 2023, el dominio www.transformatsc.org fue transferido a Begoña Gómez», concluye el instructor.
Pero «el proyecto quedó finalizado en una fase, al menos, Beta, a mediados/finales de 2023. El 21 de noviembre de 2023 se constituyó la sociedad Transforma TSC, S.L., siendo Begoña Gómez su única administradora y socia exclusiva», finaliza el juez.
