El auto contra Begoña Gómez: las cartas a Barrabés, las citas en Moncloa y la cátedra en la UCM

El último auto del juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa contra Begoña Gómez en el juzgado de Instrucción 41 de Madrid, es demoledor respecto a la existencia de varios indicios de delitos. El juez instructor lo aclara en un auto del pasado 5 de mayo en respuesta a un recurso de reforma en el que desgrana estos indicios contra Begoña Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés.

Explica el juez que «en las actuaciones consta la relación personal (esposa) de la investigada, Begoña Gómez Fernández con el Presidente del Gobierno, así como, en el grado de indicio verosímil suficiente para la presente fase procesal de la reunión en el complejo Presidencial de la Moncloa, de la investigada Begoña Gómez Fernández con el rector Sr. Goyache, quien declaró que apenas la conocía por los medios y que sabía de ella porque era ‘la mujer del señor presidente del Gobierno'».

Sigue el juez argumentando que «la frase que según D. Juan Carlos Doadrio, Vicerrector de Relaciones Institucionales de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) en ese momento, le transmitió este sobre que ‘hay que crear una cátedra’ para la misma (según ya se ha expuesto en el Auto de este órgano Judicial, de fecha 20/03/2026, pág. 14: ‘me llamó y me dice que tengo que crear una catedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente’)».

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Juan Carlos Doadrío, anterior vicerrector en la Complutense y testigo en el Caso Begoña Gómez. EP
Juan Carlos Doadrío, anterior vicerrector en la Complutense y testigo en el Caso Begoña Gómez. EP

El tercer indicio sería «la ocultación del Rector al Sr. Doadrio, de esta reunión en la Moncloa (según declaraciones del propio testigo, vicerrector de relaciones institucionales de la Universidad Complutense de Madrid, Juan Carlos Doadrio), evidencia una presión, de naturaleza jerárquica». La rapidez con la que fue tramitada la cátedra también sería indiciaria.

Más indicios serían las cartas de apoyo al empresario Barrabés de julio de 2020 «coincidiendo
presuntamente con las reuniones de éste en la Moncloa y la visita del rector al Complejo del Palacio Presidencial de la Moncloa y cuando, además, la investigada Begoña Gómez ya había registrado como marca el nombre de TSC (que luego tendría la Cátedra)».

Añade Peinado que «y cuando consta de la declaración del investigado, Juan Carlos Barrabés Cónsul, que en esta reunión/es trataron de cuestiones académicas, y hubo unas cartas que no fueron firmadas por el Director del Máster, sino por la investigada, como codirectora, sin que conste que hubiera reunión alguna en la UCM ni consentimiento del Director para tal firma, ni se haya explicitado motivo alguno para la firma de la investigada y no del otro responsable».

La TSC de Begoña Gómez

Para el juez también es determinante «la secuencia del registro de la marca TSC, la participación del investigado, Juan Carlos Barrabés, en el diseño académico de la misma la creación de la cátedra, el avance en la creación del software, el registro del dominio de internet a nombre de Blanca de Juan y su posterior transmisión a la investigada Begoña Fernández (y no a la UCM) -creación de la sociedad mercantil (por tanto con ánimo de lucro) con el mismo nombre– y
finalmente la integración del software en la propia web, que fue disponible para el público y hubo quien rellenó el cuestionario que había en la misma para la emisión del correspondiente informe, sin que a pesar de ello fuera registrado en la OTRI».

Respecto a la ayudante de La Moncloa imputada en la causa, Cristina Álvarez, dice el auto que «el uso de la misma en las gestiones del proyecto, incluso mediante la remisión de correos electrónicos desde el correo institucional de la Presidencia del gobierno.

Sobre la participación de «la investigada María Begoña Gómez Fernández, en este delito» dice el juez que: «Los hechos indiciariamente atribuidos a la investigada Begoña Gómez (…) cuanto particular que influye sobre autoridad o funcionario prevaliéndose de relación personal
con el presidente del Gobierno, y de éste con el resto de la administración, facilitándose así el
acceder, gracias a esa posición, a interlocuciones institucionalmente excepcionales y a que la
sola condición de “esposa de” sirviera para influir, y todo ello con el añadido de haber realizado
reuniones en la Moncloa».

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Begoña Gómez y Pedro Sánchez.
Begoña Gómez y Pedro Sánchez, en el foco por la imputación de la esposa.

Añade el juez Peinado que «desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional».

En segundo lugar, la cátedra no sería un hecho aislado, «sino que forma parte de una secuencia que empieza con el registro de marcas, y culmina en el registro privado del dominio transformatsc.org, la constitución de la mercantil Transforma TSC, S.L. (por tanto, con ánimo de lucro); y la puesta a disposición del público del software creado en la Cátedra desde esa web, web que además no reflejaba los datos de información de su titularidad, creando confusión al respecto, y no tenía política de protección de datos. Y así se produjo la apropiación del bien mueble, consistente en el programa informático generado en el seno de la Cátedra (…)».

En tercer lugar explica el juez que «la carta de apoyo a la UTE de Innova Next y The Valley sitúa el eventual beneficio económico, de manera muy concreta, en el entorno empresarial de Juan Carlos Barrabés Cónsul».

El cuarto indicio contra Begoña Gómez sería que «cobró por el ejercicio de sus funciones, según se indica en el informe de la UCO. Esa secuencia permite sostener que la infraestructura, la financiación y la legitimación institucional obtenidas en la fase universitaria tenían potencial de explotación económica ulterior».