Cómo solicitar el nuevo Cheque Familiar de la Seguridad Social de 200 euros este mes

Miles de familias españolas ya cobran 200 euros al mes gracias al Cheque Familiar, pero muchas otras lo desconocen o no saben cómo pedirlo. Te explicamos exactamente quién tiene derecho, qué documentos necesitas y los pasos concretos para solicitarlo hoy mismo sin errores.

España acumula más de 850.000 familias numerosas que, en muchos casos, no están cobrando un dinero al que tienen derecho. El Cheque Familiar permite recibir hasta 200 euros al mes y 2.400 euros al año como abono anticipado de una deducción del IRPF vinculada a la Seguridad Social, y solicitarlo no exige ni gestor ni cita presencial.

La tramitación se puede completar en menos de diez minutos desde casa. Lo más llamativo es que, al contrario de lo que mucha gente cree, no hace falta esperar a la declaración de la renta: el dinero llega mensualmente en cuanto se aprueba la solicitud.

Qué es el Cheque Familiar y cuánto paga la Seguridad Social

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El Cheque Familiar no es una prestación nueva de la Seguridad Social, sino el nombre coloquial que ha ganado popularidad para referirse al abono anticipado de la deducción del IRPF por Familia Numerosa. Lo gestiona la Agencia Tributaria (AEAT), aunque uno de los requisitos principales es estar dado de alta en la Seguridad Social o cobrar una prestación de ella. La cuantía depende de la categoría: las familias numerosas de categoría general reciben 100 euros al mes (1.200 euros al año), mientras que las de categoría especial —cinco hijos o más— perciben exactamente esos 200 euros mensuales, 2.400 euros al año.

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Adicionalmente, existen otros supuestos que también dan derecho a esta deducción: familias monoparentales con al menos dos hijos, personas con ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo, e incluso hermanos huérfanos de padre y madre que convivan bajo tutela. En todos estos casos, el tope anual es de 1.200 euros, aunque pueden acumularse si se cumplen varios supuestos a la vez.

Cómo solicitar el Cheque Familiar ante la Seguridad Social y la AEAT

El trámite se realiza a través del Modelo 143 de la Agencia Tributaria, el formulario oficial que regula el abono anticipado de las deducciones por Familia Numerosa, discapacidad y otros supuestos familiares. Para acceder, basta con identificarse en la Sede Electrónica de la AEAT mediante Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico. También existe la opción telefónica llamando al 901 200 345, con la declaración de la renta del año anterior a mano.

La solicitud puede presentarse de forma individual o colectiva. La colectiva es la habitual en parejas: ambos progenitores firman juntos y el importe se prorratea si los dos tienen derecho. Una vez aprobada, no hace falta renovarla cada año salvo que cambien las circunstancias. La buena noticia es que se puede pedir en cualquier momento del año: si la condición de Familia Numerosa se reconoció en abril, la solicitud se tramita en abril.

Seguridad Social: Requisitos imprescindibles para cobrar los 200 euros al mes

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Para acceder a este pago, el solicitante debe cumplir dos condiciones básicas al mismo tiempo. La primera, pertenecer a uno de los supuestos reconocidos: Familia Numerosa con título oficial, familia monoparental con dos hijos, o tener a cargo un familiar con discapacidad reconocida del 33 % o más. La segunda condición es estar cotizando a la Seguridad Social —por cuenta ajena o propia—, cobrar la prestación por desempleo contributiva, o percibir una pensión de la Seguridad Social o de Clases Pasivas.

La deducción tiene un límite importante: no puede superar el total de las cuotas abonadas a la Seguridad Social ese año. Esto significa que quien haya cotizado poco puede ver reducido el importe. Además, se deberá presentar una solicitud independiente por cada supuesto que se quiera reclamar. Los documentos habituales son el título de Familia Numerosa o certificado de discapacidad, el DNI de todos los solicitantes y el número IBAN de la cuenta bancaria.

Documentación necesaria

Qué llevar en solicitud individual

El solicitante indica el tipo de deducción que solicita, su régimen de la Seguridad Social o mutualidad, y aporta el código IBAN. En la web de la AEAT, el propio formulario del Modelo 143 guía paso a paso sin margen de error.

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Qué cambia en la solicitud colectiva

Cuando dos personas tienen derecho al mismo supuesto —ambos progenitores en una Familia Numerosa—, conviene hacer la solicitud colectiva. Solo deben figurar los ascendientes como solicitantes, nunca los hijos. El importe se divide entre los declarantes, por lo que cada uno cobrará la parte proporcional que le corresponda mensualmente en su cuenta.

Qué ocurre si no se pide el abono anticipado

No solicitar el Cheque Familiar no significa perder el dinero. Si no se tramita el abono mensual, la deducción se aplica íntegramente al hacer la declaración de la renta del año siguiente, reduciendo la cuota a pagar o aumentando la devolución. El efecto económico es el mismo a largo plazo, aunque el flujo de caja mensual es muy diferente para muchas familias.

  • Cobro mensual: 200 euros en cuenta cada mes, liquidez inmediata.
  • Declaración de renta: devolución única en junio del año siguiente.
  • Compatible: esta deducción es acumulable con la deducción por maternidad.
  • Sin renovación: una vez concedida, los pagos continúan automáticamente.

El horizonte de las ayudas familiares: lo que viene

En febrero de 2026, el Consejo de Ministros aprobó la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, que incluye entre sus cien medidas una prestación universal por crianza de hasta 200 euros al mes por hijo menor de 18 años, sin límite de renta. A diferencia del Cheque Familiar actual, esta futura ayuda no estaría vinculada a la Seguridad Social ni a la condición de Familia Numerosa, sino que llegaría a todas las familias. No obstante, aún no tiene desarrollo reglamentario ni fecha de entrada en vigor publicada en el BOE, por lo que no se puede solicitar todavía.

La recomendación práctica es clara: quien ya cumple los requisitos actuales no debería esperar a esa futura prestación para beneficiarse del Cheque Familiar vigente. Ambas ayudas serían en principio compatibles cuando la universal se apruebe, así que tramitar el Modelo 143 hoy no penalizará el acceso a lo que venga después. Actuar ahora es la decisión más inteligente.