Los juzgados de violencia de género registran 50.911 denuncias en el primer trimestre de 2026, un 6,36% más

El CGPJ publica los datos del primer trimestre: las sentencias condenatorias alcanzan el 81,78% y las órdenes de protección solicitadas descienden un 2,5%. La tasa de víctimas que denuncian aumenta un 3,75% respecto a 2025.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a través del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, ha publicado este 29 de junio de 2026 los datos estadísticos correspondientes al primer trimestre del año. Los juzgados de violencia de género registraron 50.911 denuncias, lo que supone un incremento del 6,36% respecto al mismo período de 2025. La información completa puede consultarse en la nota de prensa del CGPJ.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? El CGPJ difunde las cifras de actividad de los juzgados de violencia de género: 50.911 denuncias, 45.220 víctimas, 15.474 sentencias dictadas.
  • ¿Qué base jurídica aplica? La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la jurisprudencia consolidada de las Audiencias Provinciales y del Tribunal Supremo.
  • ¿Qué impacto tiene? Evidencia una tendencia al alza en la litigiosidad y un alto índice de condenas (81,78%), lo que consolida la respuesta judicial y orienta la práctica de los operadores jurídicos.

Los juzgados especializados y el Observatorio

El Servicio de Estadística del CGPJ recopila trimestralmente los datos que remiten todos los juzgados de violencia de género —más de un centenar de órganos unipersonales distribuidos por todo el territorio— creados al amparo de la Ley Orgánica 1/2004. El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, integrado por vocales del CGPJ, representantes de los Ministerios de Justicia, Interior, Sanidad, Igualdad, y de la Fiscalía General del Estado, analiza estas cifras para detectar tendencias y proponer mejoras en la tutela judicial.

La serie histórica muestra un crecimiento sostenido del número de denuncias desde la entrada en vigor de la Ley Integral. En el primer trimestre de 2025 se contabilizaron 47.877 denuncias, por lo que el aumento de 2026 es de 3.034 asuntos, equivalente a un promedio diario de casi 566 denuncias.

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Desglose de las principales magnitudes del trimestre

De las 50.911 denuncias registradas, 45.220 fueron presentadas directamente por las víctimas, lo que representa un incremento del 3,75% respecto al año anterior. El resto corresponden a intervenciones policiales, partes de lesiones o actuaciones de oficio. El número de denuncias por persona denunciante indica que, en promedio, cada víctima interpuso aproximadamente 1,13 denuncias durante el trimestre, si bien los datos no permiten una desagregación individualizada.

En el capítulo de medidas cautelares, las solicitudes de órdenes de protección experimentaron un descenso del 2,5%, mientras que las acordadas por los jueces bajaron un 1,8%. Aunque el CGPJ no ha facilitado las cifras absolutas en esta primera difusión, la reducción porcentual sugiere una aplicación más selectiva del artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en sintonía con las últimas valoraciones de riesgo realizadas por los equipos psicosociales.

Los juzgados de violencia de género dictaron un total de 15.474 sentencias en el trimestre, de las cuales 12.652 fueron condenatorias, lo que arroja una tasa de condena del 81,78%. Esta proporción se mantiene estable por encima del 80% desde hace varios trimestres y confirma la consistencia de la prueba practicada en los procesos penales por violencia de género, que mayoritariamente finalizan con sentencia de conformidad o con fallo estimatorio de la acusación.

Los más de 50.000 asuntos ingresados en los juzgados de violencia de género en tres meses consolidan la tendencia al alza y la alta tasa de condena refleja la contundencia del sistema judicial en este ámbito.

La Doctrina del Tribunal

La elevada proporción de sentencias condenatorias —superior al 81%— no es fruto del azar. La jurisprudencia de las Audiencias Provinciales y de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha venido aplicando con rigor los artículos 153, 173 y 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en consonancia con el artículo 1 de la LO 1/2004, que consagra la protección integral como principio rector. La doctrina dominante privilegia la declaración de la víctima como prueba de cargo, siempre que esté dotada de credibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia, conforme al canon fijado en sentencias como la SSTS 345/2025 y 789/2025.

El descenso en las órdenes de protección solicitadas, pese al aumento de denuncias, puede leerse como una consecuencia de la aplicación más estricta de los criterios de necesidad y proporcionalidad que exige el artículo 13 de la Ley Integral tras la evaluación individualizada del riesgo. La doctrina del Tribunal Supremo ha subrayado que la medida cautelar no es automática, sino que debe basarse en un pronóstico razonable de peligro, lo que explicaría la brecha entre el número de solicitudes y las efectivamente acordadas.

Para los abogados que litigan en esta materia, el dato del 81,78% de condenas tiene una doble lectura: por un lado, refuerza la expectativa de éxito de la acusación cuando la prueba se presenta correctamente; por otro, sitúa a las defensas ante la necesidad de articular estrategias que cuestionen la fiabilidad de las pruebas de cargo sin caer en revictimizaciones. La consolidación estadística de esta tendencia es un indicador de la madurez del sistema de justicia especializado, que cumple veintidós años de funcionamiento.

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El incremento interanual del 6,36% en los asuntos ingresados —más de 3.000 denuncias adicionales— tensiona la capacidad de los juzgados de primera instancia e instrucción con competencias en violencia de género y aconseja seguir reforzando las plantillas judiciales y de los equipos técnicos. La tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución exige una respuesta ágil y uniforme, en línea con la doctrina constitucional reiterada en numerosos pronunciamientos del Tribunal Constitucional.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Informe estadístico trimestral del CGPJ sobre la actividad de los juzgados de violencia de género en España durante el primer trimestre de 2026.
  • Datos importantes: 50.911 denuncias (incremento del 6,36%); 45.220 víctimas denunciantes (+3,75%); 15.474 sentencias dictadas; 81,78% de condenas; órdenes de protección solicitadas -2,5% y acordadas -1,8%.
  • Fecha de los juicios: Período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026. Datos publicados por el CGPJ el 29 de junio de 2026.
  • Personas acusadas y por qué: No aplica (estudio estadístico global).