El TSXG ratifica la condena a Jácome y al Concello de Ourense por acoso laboral a una funcionaria: deberán pagar 48.685 euros

El TSXG desestima los recursos del alcalde y del ayuntamiento y confirma la indemnización de 48.685 euros por daños morales y falta de prevención de riesgos. La sentencia subraya la responsabilidad objetiva del consistorio en la protección de los trabajadores.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado este miércoles que el alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome (Democracia Ourensana), y el Concello de Ourense deberán indemnizar con 48.685 euros a una exjefa de Negociado de Comercio por acoso laboral y falta de prevención de riesgos.

Una condena de 48.685 euros por daños morales y falta de prevención

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El TSXG ha ratificado la sentencia que condena al alcalde y al Concello de Ourense a pagar 48.685 euros a una funcionaria por acoso laboral y omisión de medidas preventivas.
  • ¿Quién está detrás? El fallo afecta directamente al alcalde Gonzalo Pérez Jácome y al ayuntamiento ourensano; la empleada era exjefa del Negociado de Comercio.
  • ¿Qué impacto tiene? La resolución reafirma la responsabilidad objetiva del consistorio en la protección de riesgos laborales y abre la puerta a un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La resolución de la Sala de lo Social desglosa la indemnización en 30.000 euros por daños morales y 18.685 euros por la incapacidad temporal derivada del hostigamiento sufrido por la trabajadora. El tribunal gallego avala así el fallo dictado por el Juzgado de lo Social Número 2 de Ourense, que ya había declarado probada la infracción de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Los codemandados –el alcalde y el ayuntamiento– presentaron sendos recursos en los que alegaban, entre otros motivos, vicios procesales, falta de competencia del orden social, falta de legitimación y errores en la valoración fáctica y jurídica. El TSXG ha desestimado todas esas líneas de defensa y, además, ha impuesto las costas del procedimiento a los recurrentes.

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En su argumentación, la Sala subraya que «la responsabilidad del Ayuntamiento sí es objetiva o de resultado en lo que se refiere a la protección de riesgos de los trabajadores». Añade que «el nexo causal entre el trabajo y la falta de protección de un riesgo es evidente». El tribunal entiende acreditado que la administración local y su máximo responsable incumplieron su deber de garantizar un entorno laboral seguro.

La sentencia rechaza las impugnaciones procedimentales y recuerda que el orden social es competente para conocer de incumplimientos en materia de prevención que afecten a la salud del personal. Solo admite una matización menor sobre la literalidad del informe pericial médico, sin que ello modifique el fondo del asunto.

La resolución del TSXG deja claro que un ayuntamiento no puede eludir su responsabilidad en la protección de los trabajadores, ni siquiera cuando el acoso proviene del máximo responsable político.

El fallo no es firme y cabe recurso ante el Supremo

La sentencia, conocida este miércoles, no es firme: contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El Concello de Ourense y Jácome podrían agotar esa vía, lo que prolongaría varios meses la resolución definitiva del litigio. Mientras tanto, la obligación de indemnizar a la funcionaria queda suspendida hasta que el alto tribunal se pronuncie, si se admite el recurso.

El Laboratorio Gallego

El caso trasciende el ámbito estrictamente judicial. Gonzalo Pérez Jácome es un alcalde que ha construido su carrera política sobre un discurso localista y de confrontación permanente, y que gobierna Ourense con el apoyo externo del PPdeG. La ratificación de una condena por acoso laboral tiene, por tanto, lectura política directa en una ciudad donde la estabilidad del gobierno local depende de equilibrios frágiles.

La oposición municipal –formada por PSdeG y BNG– ya ha anunciado que llevará el asunto al pleno. «Es una vergüenza que el alcalde esté condenado por maltratar a una trabajadora y que siga en el cargo sin consecuencias», señaló este miércoles un portavoz socialista. El BNG, por su parte, ha reclamado la dimisión inmediata de Jácome.

El modelo político de Ourense es un ejemplo de cómo los partidos de ámbito nacional toleran a liderazgos locales impredecibles a cambio de mantener el poder en plazas estratégicas. El PPdeG sostiene a Jácome con la mirada puesta en las próximas elecciones municipales; la sentencia del TSXG añade un elemento de desgaste que puede influir en esa relación.

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Galicia acumula ya varios pronunciamientos judiciales contra alcaldes y concejales por conductas vinculadas al acoso laboral. La justicia empieza a normalizar la exigencia de responsabilidades personales a los cargos públicos cuando no protegen a sus empleados. Lo que ocurre en Ourense es un aviso para toda la comunidad autónoma.

Ficha del Caso

  • El caso: El TSXG confirma la condena al alcalde de Ourense y al ayuntamiento por acoso laboral y falta de prevención de riesgos tras la denuncia de una exjefa de Comercio.
  • Datos importantes: Indemnización total de 48.685 euros (30.000 por daños morales y 18.685 por incapacidad temporal). La sentencia impone costas y no es firme; cabe recurso de casación ante el Supremo.
  • Resumen: El fallo recalca la responsabilidad objetiva de las administraciones en la protección de los trabajadores y sitúa a Jácome, alcalde con apoyo del PPdeG, en una posición política delicada de cara a futuras citas electorales.