7 movimientos con billetes que el banco notifica en silencio a la Agencia Tributaria

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Amortizar un préstamo o hipoteca con billetes por más de 3.000 €

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Amortizar un préstamo o una hipoteca entregando billetes por más de 3.000 € es una operación legal, pero también una de las que más llaman la atención del fisco. La entidad que recibe ese dinero en metálico está obligada a comunicarlo a la Agencia Tributaria en virtud del artículo 38 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (Real Decreto 1065/2007), en línea con la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y su desarrollo reglamentario. En el aviso que el banco remite sin que el cliente llegue a enterarse deben constar el importe, la fecha, el tipo de operación, la identificación del titular y la cuenta afectada; quien informa es la entidad, no el contribuyente, que no presenta declaración alguna. Basta superar el umbral de 3.000 € o utilizar billetes de 500 € a cualquier importe para que salte el radar, e incluso varias entregas fraccionadas que sumen más de esa cifra acaban siendo notificadas para impedir que se esquivé el control.

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Lo que hace singular a este movimiento es el contraste entre lo habitual y lo observado: las amortizaciones de hipoteca se ejecutan casi siempre por transferencia, y quien acude a ventanilla con fajos de billetes para cancelar deuda concentra todas las sospechas. La operación no es ilegal en sí misma, pero al quedar registrada puede provocar un requerimiento para justificar el origen de ese efectivo. Si no se acredita, Hacienda puede tratarlo como ganancia patrimonial no justificada e imputarlo en el IRPF, con multas que la Ley General Tributaria sitúa entre el 50% y el 150% del importe. La limitación a los pagos en metálico no aplica a las operaciones con entidades de crédito, así que amortizar en billetes no constituye infracción, pero la comunicación automática al fisco se dispara igualmente. Por eso los asesores recomiendan documentar la procedencia de los fondos o moverlos por canales trazables antes de cancelar deuda en efectivo.