Interior mantiene el abogado del Estado al ex DAO de la Policía Nacional en la querella de un comisario

Interior ha declinado valorar por qué retiró la asistencia en la causa por la presunta agresión sexual y la mantiene en la querella del comisario. La sentencia del TSJM, firme desde el 2 de diciembre de 2025, ordena restituirlo en su categoría.

El Ministerio del Interior mantiene la representación de la Abogacía del Estado al ex DAO de la Policía Nacional en la querella interpuesta por un comisario principal, según la información publicada por El Mundo. El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska ha declinado hacer valoraciones sobre una decisión que vuelve a poner el foco en los criterios con los que Interior dispensa asistencia jurídica a sus mandos.

José Ángel González ocupó la Dirección Adjunta Operativa (DAO), el órgano del que dependen las unidades operativas centrales del CNP, hasta que una imputación por presunta agresión sexual a una compañera —mientras la agente prestaba servicio— le obligó a dimitir. El ministro del Interior lo había situado en el escalón mas alto de la estructura operativa del cuerpo y lo consideraba una referencia interna de la cúpula policial.

La asistencia jurídica que Interior no ha retirado

Sobre ese trasfondo se construye la querella del comisario principal Tomás González de la Oliva. El mando sostiene que fue apartado de la jefatura de la UDEV, la unidad de delincuencia especializada y violenta del cuerpo, después de defender la actuación de los agentes desplegados en Barcelona durante los disturbios posteriores a la sentencia del procés, en octubre de 2019. La querella se dirige contra el ex DAO y contra el director de la Policía Nacional, Francisco Pardo, por la presunta desaparición de un informe favorable que le permitía recuperar su categoría profesional.

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Según el informe de la Unidad de Asuntos Internos incorporado a la investigación judicial, y del que se hace eco El Mundo, se habría accedido desde la Dirección General de la Policía al sistema informático para borrar ese documento. La magistrada instructora examina posibles delitos de prevaricación, abuso de atribuciones, acoso e infidelidad en la custodia de documentos públicos. Ninguna de esas imputaciones cuenta con resolución judicial firme y todas deben entenderse como presunciones dentro de unas diligencias que siguen abiertas.

La singularidad del caso es que el ex DAO conserva la representación de la Abogacía del Estado —el cuerpo de letrados que defiende al Estado y a sus administraciones ante los tribunales— pese a haber abandonado ya la Dirección Adjunta Operativa. En la causa por la presunta agresión sexual, en cambio, esa asistencia se le retiró de inmediato. Fuentes policiales citadas por el diario atribuyen la diferencia al carácter «mediático» de ese segundo procedimiento. El Ministerio del Interior ha declinado hacer valoraciones.

La sentencia firme del TSJM de 2 de diciembre de 2025 confirma que el sistema judicial corrige las irregularidades internas cuando se produce una vulneración de derechos.

La decisión de mantener al abogado del Estado en la querella del comisario convive, además, con un escenario judicial adverso para la Dirección General. El 9 de abril de 2026, González de la Oliva trasladó al nuevo director adjunto operativo, José Luis Santafé, el contenido de una sentencia que llevaba meses siendo firme y que la Dirección General no había ejecutado.

La sentencia firme que obliga a restituir al comisario

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid concluyó, en una resolución firme desde el 2 de diciembre de 2025, que la Dirección General de la Policía había «vulnerado el derecho a una carrera profesional» del comisario y que se le mantenía «en comisión de servicios de forma ilegal y contra su voluntad». El fallo afirma que la Administración había «cercenado su derecho a la carrera horizontal», califica de «palmaria irregularidad» la situación y condena al organismo a restablecerlo en la categoría de comisario principal, la más alta del escalafón.

En el encuentro de abril, según fuentes presenciales, Santafé se comprometió a asignarle una plaza conforme a su categoría y nivel consolidado. No hubo respuesta posterior: el mando asegura que recurrió hasta en tres ocasiones por escrito al ministro del Interior sin obtener regularización, que acudió al Defensor del Pueblo —que admitió la queja— y que ha solicitado 44 vacantes en cinco años. En su toma de posesión del 12 de marzo de 2026, Santafé había prometido revisar los protocolos internos e investigar «hasta sus últimas consecuencias» cualquier abuso o irregularidad, «sea quien sea».

El contexto institucional

El criterio que determina cuándo la Abogacía del Estado asume la defensa de un mando policial no está desarrollado con la precisión que exige el volumen de procedimientos abiertos, y esa zona gris de criterio es la que alimenta la controversia. La asistencia se activa por la condición de autoridad del encausado y no por la naturaleza del asunto, de manera que su retirada en un expediente y su mantenimiento en otro responden a decisiones de oportunidad institucional que el Ministerio del Interior no ha explicado en este caso. La consecuencia es un desequilibrio perceptible: dos procedimientos, dos tratamientos y una explicación pendiente.

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Conviene separar el expediente de la institución. Los balances anuales de criminalidad que el Ministerio del Interior remite a Europol sitúan a la Policía Nacional entre los cuerpos europeos con mayor actividad operativa contra el crimen organizado, y las actuaciones contra el narcotráfico, la trata de seres humanos y la cibercriminalidad se cuentan por centenares cada ejercicio. El dato verificable de este caso concreto es otro y está en el relato judicial: 44 solicitudes de vacante en cinco años sin respuesta, una sentencia firme desde diciembre de 2025 y una restitución profesional aún pendiente de ejecución material.

Las diligencias por la presunta desaparición del informe siguen en instrucción y no existe, por ahora, comunicación oficial del Ministerio del Interior ni de la Dirección General de la Policía sobre el criterio aplicado a la representación jurídica del ex DAO. La revisión de protocolos comprometida por el DAO actual y la ejecución de la sentencia del TSJM son las dos pruebas concretas que permitirán medir si la corrección interna funciona. La profesionalidad del conjunto de la Policía Nacional no se dirime en un expediente singular, pero sí se mide en la respuesta institucional que se da a cada uno de ellos, y esa respuesta, por ahora, sigue pendiente.