Rescatados en Cotos tras saltarse la prohibición por el Estado de Alarma

La Guardia Civil, junto a miembros de GERA, Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid y personal del Parque Nacional de Peñalara, localizó este lunes a una pareja que salió el sábado a la montaña. Se encontraban en el paraje llamado Arroyo Cerrado de Cotos, saltándose así la prohibición declarada por el Estado de Alarma con motivo del coronavirus COVID-19.

Las dos personas rescatadas son una pareja formada por un hombre de nacionalidad peruana de 43 años, y una mujer rusa de 32. Ambos fueron hallados, sin la ropa ni calzado adecuado, en un refugio que realizaron con ramas para resguardarse del frío. Cuando los localizaron, aseguraron a los agentes que llevaban en el monte desde el sábado, además de indicar que decidieron irse al mismo «para evadirse de todo lo que estaba ocurriendo con motivo del coronavirus«.

El operativo se inició en torno a las 10:30 horas de la mañana de este lunes, después de que el hombre llamase solicitando ayuda. En su llamada indicó que su compañera no podía andar y que estaba mareada. Ante este aviso, los agentes de la Guardia Civil y el resto de personal inició de forma inmediata el operativo. El rescate tuvo lugar en un momento en el que las inclemencias meteorológicas eran muy adversas,

Una vez localizadas, ambas personas presentaban una ligera hipotermia. Tras facilitarles ropa seca, fueron trasladados a Cercedilla. Allí se subieron a un tren con dirección a Madrid. El dispositivo fue desarrollado por parte de agentes del Servicio de Rescate e Intervención en Montaña (SEREIM) de Madrid.

PROHIBICIÓN POR ESTADO DE ALARMA

A pesar de la prohibición de salir a la calle por el Estado de Alarma decretado en España, desde este domingo se han sucedido los casos en los que los ciudadanos han hecho caso omiso de las advertencias. Esto ha provocado la llegada de las primeras detenciones y multas.

En diferentes puntos de la geografía española han tenido lugar detenciones por incumplir las restricciones, no hacer caso a las autoridades y multas por encontrarse fuera del domicilio sin motivo justificado.

En primer lugar, los agentes de los Cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado han abogado por advertir a los ciudadanos y pedir que regresasen a sus hogares. Sin embargo, esto no ha sido suficiente para que algunas personas hayan decidido incumplir la prohibición vigente. De hecho, muchas de ellas han puesto cientos de excusas para echarse a la calle y no mantenerse en su hogar.

Hay quienes aprovecharon para hacer deporte por la calle, mientras que otros, como en el caso de la pareja rescatada en Cotos, se fueron al monte para estar solos y alejados del contagio. Sin embargo, estas actividades suponen un riesgo que va más allá del contagio por COVID-19.

Una pareja es rescatada en Cotos tras saltarse la prohibición por el Estado de Alarma decretado en España
La pareja fue hallada bajo un refugio que realizaron con ramas, sin ropa ni calzado adecuado.

SATURACIÓN DE HOSPITALES

Además del propio riesgo de contagio o propagación del virus si se encuentra infectado por coronavirus, la prohibición de salir de casa salvo en casos excepcionales está motivada por los riesgos que ello supone.

La gran mayoría de tareas o actividades realizadas, aunque a priori puedan no tener mucho peligro, pueden provocar un accidente, requiriendo así atención médica. Esto puede provocar colapsos en los hospitales, impidiendo que se pueda atender de la forma apropiada a todos los pacientes.

Por este motivo, las autoridades sanitarias advierten de la necesidad de cumplir con el Estado de Alarma decretado. Además de evitar salir del hogar, los médicos insisten en que solo se debe acudir al servicio de urgencias en casos muy concretos, cuando la situación es muy urgente.

El uso racional de los Servicios de Urgencias es fundamental para poder hacer frente al COVID-19, pudiendo atender así a las personas infectadas de la forma adecuada. Por ello, desde Sanidad se insiste a los ciudadanos en que mantengan la cuarentena y tan solo salgan de su hogar para lo estrictamente necesario.

SANCIONES POR INCUMPLIR EL ESTADO DE ALARMA

El Ministerio del Interior contempla hasta seis posibles sanciones para quienes no cumplan con el Estado de Alarma decretado por el Gobierno. Estas sanciones contemplan tanto la prisión como multas de hasta 600.000 euros.

La primera de las sanciones es relativa a la Ley de Seguridad Ciudadana. En ella se contempla la remoción de todo tipo de elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Estos recurrirán a ellos con el fin de delimitar perímetros de seguridad de forma preventiva. Cuando no sea una infracción grave, la sanción leve llevará asociada una multa de 100 a 600 euros.

Por otro lado, la desobediencia o resistencia a la autoridad o los agentes, cuando no sean constitutivas de delito supone una multa de 601 a 30.000 euros. También incluye la negativa a identificarse o proporcionar datos falsos e inexactos. Esta sanción está basada en el artículo 36.6.

Otra de las leyes en las que se basan estas sanciones es la Ley General de Salud Pública. En este sentido, llevar a cabo conductos u omisiones que supongan un riesgo grave a la población, la multa es de 3.001 hasta 60.000 euros. Además, si las acciones conllevan un riesgo o daño muy grave para la salud de la población o el incumplimiento de las instrucciones de las autoridades de forma reiterada, las multas podrían llegar a alcanzar los 600.000 euros.

SANCIONES MÁS GRAVES

Otro de los regímenes de sanciones se encuentra sustentado en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil. En él se contemplan infracciones graves cuya multa es de 30.001 a 600.000 euros 

Esta se aplica en el caso de incumplimiento de órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos en caso de emergencias declaradas. De esta manera, las sanciones por incumplir la prohibición de mantenerse en el hogar en el actual Estado de Alarma en España, podría llevar asociada una sanción de hasta 600.000 euros. Las multas muy graves en emergencias sanitarias conllevan una multa de 1.501 a 30.000 euros.

Más allá de las sanciones económicas, la pena más grande que está contemplada en el actual Estado de Alarma es la pena de prisión. Para ello se debe acudir al artículo 556 de la Ley Orgánica del Código Penal. En él se establece una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de 6 a 18 meses para quienes se resistan o desobedezcan gravemente a la autoridad o los agentes en el ejercicio de sus funciones.