Estado de alarma: ¿Se puede cambiar de Comunidad autónoma?

El gobierno ha decretado un nuevo estado de alarma, que estará vigente hasta el 9 de noviembre, pero con vocación de ser renovada por el Congreso de los Diputados hasta el 9 de mayo. Si bien, el estado de alarma nace para servir de instrumento jurídico a las Comunidades Autónomas para poder imponer las restricciones sin necesidad de esperar las respuestas de los respectivos Tribunales de Justicia, lo cierto es que el decreto marcará la vida de los españoles durante su vigencia.

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Reunión de personas en espacios públicos y privados

El artículo 7 del decreto que regula el estado de alarma también limita la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados. En este sentido, en términos generales limita los grupos de personas a seis personas, salvo que se trate de convivientes. También en este caso, las Comunidades Autónomas tendrán la capacidad de modificar ese numero máximo en función de la situación epidemiológica. Es decir, que las autonomías podrán limitar los grupos a menos de seis personas.