Estado de alarma: ¿Se puede cambiar de Comunidad autónoma?

El gobierno ha decretado un nuevo estado de alarma, que estará vigente hasta el 9 de noviembre, pero con vocación de ser renovada por el Congreso de los Diputados hasta el 9 de mayo. Si bien, el estado de alarma nace para servir de instrumento jurídico a las Comunidades Autónomas para poder imponer las restricciones sin necesidad de esperar las respuestas de los respectivos Tribunales de Justicia, lo cierto es que el decreto marcará la vida de los españoles durante su vigencia.

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Limitación de entrada y salida de las Comunidades Autónomas

Esta es quizás la medida que más polémica levanta de todo el decreto de estado de alarma. En el artículo 6, se establece la limitación de la entrada y la salida en las comunidades autónomas. Es decir, se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma salvo para aquellos desplazamientos justificados debidamente por motivos sanitarios, laborales, educativos, etc. Pero, además, las Comunidades Autónomas podrán adicionalmente, limitar la entrada y salida de personas en ámbito territoriales de carácter geográficamente inferiores a la comunidad autónoma, con las mismas excepciones.