El BoletĂn Oficial de la Junta de AndalucĂa (BOJA) publica una correcciĂłn de errores de la orden de la ConsejerĂa de Salud y Familias que detalla las actividades suspendidas en la provincia de Granada por la situaciĂłn crĂtica epidemiolĂłgica derivada del Covid-19 donde se precisa que sĂ podrán abrir los establecimientos de electrodomĂ©sticos y de alquiler de vehĂculos. En contraposiciĂłn se detalla que las bibliotecas y los centros de documentaciĂłn deben estar cerrados.
En el documento, la Junta mantiene las excepciones al cierre general de establecimientos comerciales que ya recogĂa la orden original publicada a Ăşltima hora del domingo y en vigor desde esta medianoche, aunque agrega unas pocos subsectores más: plantas y semillas (inicialmente se recogĂa floristerĂa Ăşnicamente), electrodomĂ©sticos y el alquiler de vehĂculos.
Junto a ello agrega que se suspende «la apertura al pĂşblico de las grandes superficies minoristas colectivas, salvo los establecimientos comerciales excepcionados (…) que se encuentren ubicados en las mismas, para los que se deberán habilitar accesos directos». Esto es, los comercios con actividades consideradas esenciales que estĂ©n dentro de centros comerciales podrán abrir, como puede ser el caso de un supermercado o una farmacia.
En el ámbito cultural, en Granada queda suspendida la apertura al público de museos, cines y teatros, pero el BOJA precisa ahora que el cierre también afecta a auditorios, espacios escénicos, bibliotecas, centros de documentación, monumentos, conjuntos culturales, enclaves arqueológicos y monumentales, museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones. En general la medida se extiende a todos aquellos establecimientos o actividades en general cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo o diversión.
No obstante, se permite la realización de actividades, obras o espectáculos de carácter cultural y su grabación «para su difusión a través de cualquier medio audiovisual o digital, respetando las medidas de higiene y prevención en el ámbito de la cultura». Entre los que sà podrán mantener su actividad se ha incluido a los centros de investigación.
En el ámbito deportivo se precisa que se suspende «la apertura al pĂşblico de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realizaciĂłn de actividad fĂsica a excepciĂłn de aquellas que sea al aire libre y sin contacto». Asimismo, se permite la práctica de la actividad deportiva oficial federada, pero se suspende «temporalmente la celebraciĂłn de entrenamientos, competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categorĂa de edad y los federados, a excepciĂłn de las categorĂas de edad desde los 16 años hasta la categorĂa absoluta».
El nuevo documento mantiene la suspensión de la celebración con carácter presencial de espectáculos públicos, actividades recreativas y culturales, pero agrega que esto se aplicará «con independencia del espacio en el que se desarrollen».