Da igual que no lo uses: la multa que pone la DGT por llevar el móvil

Cada vez la DGT incluye más restricciones y más control sobre el conductor. Nuestro país sigue siendo uno de los que más siniestralidad tiene, a pesar de que hay ido mejorando. Para muchos, es una excusa para recaudar más; para otros, cualquier medida adicional es necesaria y bienvenida. Pero siempre hay medidas que traen más polémicas, como la multa que que te puede caer simplemente por llevar al móvil en el coche. Ahora te contamos todo sobre ello y aprovechamos para hablarte de más novedades y restricciones.

La velocidad es el caballo de batalla principal de la DGT, junto con el cinturón de seguridad, ya que son las principales causas de mortalidad. Afortunadamente lo del cinturón va estando superado y hay muy pocos conductores que se niegan a ponérselo o se olvidan. El móvil parece ser otra de las razones que van subiendo como causas de accidentes y de mortalidad, con lo que la Dirección General de Tráfico está en una auténtica cruzada contra este elemento tan común e imprescindible ya en nuestras vidas, con infracciones cada vez más duras.

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Cuándo entrarán en vigor las nuevas medidas

tabla multas trafico Moncloa

Las modificaciones relativas al Reglamento de Circulación y Vehículos entrarán en vigor el 2 de enero de 2021. No obstante, la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación (velocidades en zonas urbanas) entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.

En cuanto a la obligación de disponer de certificado para la circulación y su identificación, conforme a lo establecido en el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, será de aplicación a los veinticuatro meses de la publicación del manual de características de los vehículos de movilidad personal en el Boletín Oficial del Estado, tal y como se establece en la disposición transitoria única.

Por último, las modificaciones relativas al Reglamento de Conductores entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del Real Decreto en el BOE.

 

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