jueves, 16 mayo 2024

Da igual que no lo uses: la multa que pone la DGT por llevar el móvil

Cada vez la DGT incluye más restricciones y más control sobre el conductor. Nuestro país sigue siendo uno de los que más siniestralidad tiene, a pesar de que hay ido mejorando. Para muchos, es una excusa para recaudar más; para otros, cualquier medida adicional es necesaria y bienvenida. Pero siempre hay medidas que traen más polémicas, como la multa que que te puede caer simplemente por llevar al móvil en el coche. Ahora te contamos todo sobre ello y aprovechamos para hablarte de más novedades y restricciones.

La velocidad es el caballo de batalla principal de la DGT, junto con el cinturón de seguridad, ya que son las principales causas de mortalidad. Afortunadamente lo del cinturón va estando superado y hay muy pocos conductores que se niegan a ponérselo o se olvidan. El móvil parece ser otra de las razones que van subiendo como causas de accidentes y de mortalidad, con lo que la Dirección General de Tráfico está en una auténtica cruzada contra este elemento tan común e imprescindible ya en nuestras vidas, con infracciones cada vez más duras.

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Otras medidas aprobadas

medidas DGT
  • – La DGT tipificará como infracción grave “llevar en el vehículo” mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos. En la actualidad solo está sancionado el uso de dichos dispositivos durante la conducción, pero la experiencia ha demostrado que, ante un control vial, los conductores los desactivan para impedir que los agentes de Tráfico puedan acreditar su utilización, por lo que una vez aprobada la reforma se sancionará su mera tenencia.
  • – La reforma suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos, para minimizar el riesgo de colisión frontal en adelantamientos.
  • – Introduce la posibilidad de recuperar 2 puntos del carné por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico. Una orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben cumplir.